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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (15/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 15

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G35/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 15 de febrero de 2006 Nº 28562 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, prohibiéndose los viajes al exteriorde funcionarios y servidores del Estado, con excepciónde aquellos que realicen los altos funcionarios yautoridades del Estado referidos en la Ley Nº 28212,incluyendo a los Titulares de Pliego; Que, el referido artículo exceptuó de dicho supuesto a aquellos viajes destinados al desarrollo de funcionesen el marco de las negociaciones orientadas a lasuscripción de Tratados de Libre Comercio, promocióny/o negociación económica comercial de importanciapara el Perú y, los que resulten indispensables para el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el ejercicio fiscal 2006; Que, asimismo, el artículo 16º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006 establece que antes del 15 de febrero de2006 y, mediante Resolución del Titular del Sector deberáaprobarse y publicarse el Plan Anual de Viajes, el mismo que deberá pormenorizar la relación de viajes el exterior de funcionarios y servidores públicos, considerando queel gasto presupuestado con cargo a recursos públicospor concepto de viajes al exterior de servidores yfuncionarios públicos, deberá ser reducido en un veintepor ciento (20%) con relación al ejercicio fiscal 2005, bajo responsabilidad; Que, mediante documento del visto, la Oficina General de Administración informa que los gastos por viajes alexterior de los funcionarios y/o servidores públicos delMinisterio de la Producción realizados durante el añofiscal 2005, con cargo a los recursos públicos, ascendieron a la suma de S/. 235,071 (doscientos treinta y cinco mil setenta y un nuevos soles y 00/100), por loque en aplicación del artículo 16º del Decreto de UrgenciaNº 002-2006, el gasto a efectuarse en el año fiscal 2006por este concepto, no deberá exceder de S/. 188,057(ciento ochenta y ocho mil cincuenta y siete nuevos soles 00/100); Que, la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estratégico, mediante Informe Nº 038-2006-PRODUCE/OGDPE-Op, señala que existe disponibilidadpresupuestal para efectuar el gasto por el monto quecorrespondería al año 2006, es decir S/. 188,057 (mil ochocientos ochenta y ocho nuevos soles 57/100); Que, mediante Oficios Nº PCD-100-50-2006- PRODUCE/IMP, Nº 088-2006-PRODUCE/CEP-PAITA-CD, Nº 131-2006-FONDEPES/GG y Oficio Nº 203-2006-PRODUCE/SG se verifica que el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, el Centro de Entrenamiento Pesquerode Paita - CEP PAITA, el Fondo Nacional de DesarrolloPesquero - FONDEPES y, el Instituto TecnológicoPesquero del Perú - ITP durante el año fiscal 2005 noefectuaron ningún gasto por concepto de viajes al exterior de sus funcionarios y/o servidores públicos con cargo a recursos públicos, por lo que en concordancia con elartículo 16º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, en elaño fiscal 2006 tampoco realizarán viajes al exterior concargo a fondos públicos; Que, el Ministerio de la Producción programó para el año fiscal 2006, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores que tenían carácter deindispensables para el cumplimiento de los objetivos ymetas trazados, los mismos que en aplicación delartículo 16º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006deberán ser priorizados, sin perjuicio de adoptar las medidas que resulten necesarias a fin de procurar que las actividades del Sector programadas con antelacióny cuya ejecución resulte de interés nacional puedanser viabilizadas; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15º y 16º del Decreto de Urgencia 002-2006 y, en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado porDecreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y sumodificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Viajes del Ministerio de la Producción, correspondiente al ejerciciofiscal 2006, el mismo que en Anexo 1, forma parteintegrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- La Oficina General de Tecnología de la Información y Estadística queda encargada de la publicación de la presente Resolución Ministerial y delanexo Nº 1 en la página web del Ministerio de laProducción, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientesa la fecha de aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID LEMOR BEZDIN Ministro de la Producción ANEXO Resolución Ministerial Nº 047-2006-PRODUCE RELACIÓN DE VIAJES PROGRAMADOS PARA EL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN 2006 Nº DESTINO MOTIVO FECHA MONTO P ASAJE ESTADIA VIATICOS MONTO PROBABLE TOTAL US$ (*) US$ US$ TOTAL S/. 1 Galicia- España Capacitación en el marco del convenio de colaboración Enero 10,803.49 3,363.93 90 DIAS 7,439.57 37,812.22 con la Xunta de Galicia ** 2 Tel Aviv, Israel Visita Oficial para continuar y concretrar los contactos de Enero 5,714.75 3,866.51 6 DÍAS 1,848.24 19,380.07 inversión, cooperación y negocios 3 Puerto Montt, Chile Feria Acquasur Marzo 1,261.76 831.51 4 DÍAS 430.25 4,416.16 4 Washington Suscripción de Acuerdo TLC con EEUU Marzo 3,916.45 2,786.20 4 DIAS 1,130.25 13,707.58 5 México, D.F. 3ª Ronda de Negociaciones - Acuerdo de Complementación Marzo 2,349.85 1,439.60 3 DIAS 910.25 8,224.48 Económica (ACE) con México 6 China Declaración China: economía de mercado Abril 7,680.25 5,830.00 6 DIAS 1,850.25 26,880.88 7 Washington Suscripción de Acuerdo TLC con EEUU Abril 3,916.45 2,786.20 4 DIAS 1,130.25 13,707.58 8 Washington Suscripción de Acuerdo TLC con EEUU Abril 3,916.45 2,786.20 4 DIAS 1,130.25 13,707.58 9 México, D.F. 5ª Ronda de Negociaciones - Acuerdo de Complementación Mayo 2,349.85 1,439.60 3 DIAS 910.25 8,224.48 Económica (ACE) con México 10 Singapur 3ª Ronda de Negociaciones - TLC con Singapur ** Mayo 10,809.91 8,349.41 4 DIAS 2,460.50 37,834.69 TOT AL 52,719.21 33,479.16 19,240.06 183,895.69 * Los costos son referenciales y están sujetos a cambios en las tarifas aéreas y confirmación de días de permanencia en el luga r de destino. ** Incluye viaje de dos personas 02784 RELACIONES EXTERIORES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65 /G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0180-2006-RE Lima, 13 de febrero de 2006VISTOS: El Memorándum Nº 004-06/DOPE, de 30 de enero de 2006, y el Memorándum Nº 023-06-0API, de 6 de febrerode 2006; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 27870, Ley de Creación del Instituto Antártico