Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2006 (17/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de febrero de 2006

Nacional de Elecciones del Peru, a la Republica del MORDAZA, del 17 al 22 de febrero del ano en curso, a fin de que participe en las Elecciones Internas para Presidente y Miembros de la Junta de Gobierno, Presidente de Seccionales y Convencionales de la Asociacion Nacional Republicana como invitado especial de la Mision Oficial de Observacion; Que, de conformidad con la Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, Ley Nº 28652, la Ley que regulan la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley N° 27619, y sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, el Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de las facultades que le otorga el Articulo 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones del MORDAZA Nacional de Elecciones, aprobado por la Resolucion Nº 134-2005-JNE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro Titular del MORDAZA Nacional de Elecciones del Peru, a la Republica del MORDAZA, del 17 al 22 de febrero del ano en curso, a fin de que participe en las Elecciones Internas para Presidente y Miembros de la Junta de Gobierno, Presidente de Seccionales y Convencionales de la Asociacion Nacional Republicana (Partido Colorado) como parte de la Mision Oficial de Observacion, a realizarse el 19 de febrero de 2006. Articulo Segundo.- Dentro de los 15 dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro Titular del MORDAZA Nacional de Elecciones, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje. Articulo Tercero.- El MORDAZA Nacional de Elecciones sufragara los gastos senalados a continuacion, correspondientes al viaje mencionado en el primer articulo: Pasaje ida y vuelta Viaticos de ley por 5 dias Impuesto de Aeropuerto S/. S/. S/. 6,448.75 3,350.00 135.54

respeto y cumplimiento de la voluntad popular manifestada en los procesos electorales, ejerce sus funciones a traves de sus organos jerarquicos y no existe ni puede instituirse jurisdiccion electoral alguna independiente a este organismo constitucionalmente autonomo; Que, el literal l) del Articulo 5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486 establece como funcion del MORDAZA Nacional de Elecciones dictar las resoluciones y la reglamentacion necesarias para su funcionamiento; Que, el Titulo XIII, Capitulo 1, de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859 permite la participacion de observadores en los procesos electorales; Que, el literal d) articulo 25º del Reglamento de Organizacion y Funciones del MORDAZA Nacional de Elecciones aprobado mediante Resolucion Nº 134-2005JNE establece como funcion de la Secretaria General mantener el registro de observadores electorales; Que, los articulos 9º y 11º del Reglamento para la preservacion de las garantias, independencia y funcionamiento de los Jurados Electorales Especiales en los procesos electorales aprobado mediante Resolucion Nº 316-2005-JNE establece los principios y la coordinacion que deben tener los observadores electorales u organismos ajenos a la Administracion Electoral durante el MORDAZA electoral; Que, por los fundamentos expuestos, y en uso de sus facultades constitucionales y legales el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE: Articulo Unico.- APROBAR el "Reglamento de Observadores Electorales", que consta de dieciocho (18) articulos y dos disposiciones finales y transitorias, el mismo que forma parte de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) REGLAMENTO DE OBSERVADORES ELECTORALES Titulo I Naturaleza y Principios de la Observacion Electoral Articulo 1º.- La observacion electoral es un procedimiento a traves del cual los observadores, personas o instituciones, se encargan de buscar y recopilar informacion relativa al MORDAZA electoral y sus resultados para luego emitir sus apreciaciones respecto de la manera en que fue llevado a cabo, contribuyendo con ello a reforzar la transparencia del MORDAZA electoral. Articulo 2º.- La observacion electoral se fundamenta en los principios de: a) Cooperacion con los organismos electorales. b) Imparcialidad en su comportamiento y en la emision de sus juicios sobre el MORDAZA electoral. c) No injerencia en el cumplimento de las funciones de los organismos que conforman el sistema electoral, de conformidad con la Constitucion, la ley, y las disposiciones emanadas por el MORDAZA Nacional de Elecciones, en concordancia con los articulos 9º y 11º de la Resolucion Nº 316-2005-JNE. Los informes u otros documentos que se emitieran como producto de la observacion electoral no producen efectos juridicos sobre el MORDAZA electoral y sus resultados. Ninguna institucion u organizacion que actue

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA Nacional de Elecciones 02952

Aprueban Reglamento de Observadores Electorales
RESOLUCION Nº 106-2006-JNE MORDAZA, 9 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, el articulo 176º de la Constitucion Politica senala que el sistema electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresion autentica, libre y espontanea de los ciudadanos; y que los escrutinios MORDAZA reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votacion directa; Que, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 178º, numeral 3) de la Constitucion Politica, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral; Que, segun el articulo 2º de la Ley Nº 26486 es fin supremo del MORDAZA Nacional de Elecciones velar por el

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