Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2006 (17/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 17 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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de Comisiones tanto de revision de expedientes de las universidades que se encuentran bajo la jurisdiccion del CONAFU, asi como las comisiones calificadoras de las filiales sin autorizacion de funcionamiento; Que, por Acuerdo del Pleno Nº 245-2005-CONAFU de fecha 19 de agosto del 2005, acuerda por UNANIMIDAD que la metodologia de trabajo en la Evaluacion de Proyectos de Filiales Universitarias, se inicia con los proyectos que se encuentran comprendidos en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Resolucion Nº 128-2005-CONAFU, de fecha 19 de MORDAZA del 2005, y ademas se tendra en cuenta todas las recomendaciones y propuestas efectuadas por los senores consejeros para la conformacion de las Comisiones Evaluadoras. Asimismo, se debe tener en cuenta el informe Nº 2072005-CEAA-CONAFU del 6 de agosto del 2005 respecto a la conformacion de las Comisiones Calificadoras; Que, por acuerdo del Pleno Nº 272-2005-CONAFU de fecha 12 de setiembre del 2005, acordo por UNANIMIDAD primero: En cumplimiento a la Ley Nº 28564 y a lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Resolucion Nº 128-2005-CONAFU, el CONAFU inicia la evaluacion de los Proyectos de Filiales Universitarias de las Universidades que han realizado el pago correspondiente y que estos hayan sido transferidos al CONAFU; Que, la Comision Calificadora designada mediante Resolucion Nº 170-2005-CONAFU de fecha 13 de setiembre del 2005; presenta su Informe s/n de fecha 17 de noviembre del 2005 haciendo de conocimiento las observaciones y conclusiones efectuadas a la Filial de Chiclayo de la Universidad de San MORDAZA de Porres; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Resolucion Nº 128-2005-CONAFU de fecha 19 de MORDAZA del 2005 Reglamento de la Ley Nº 28564 en su articulo 6º incisos 1), 2), 3), 4) y 5) se establecen los procedimientos normativos para la Ratificacion y Autorizacion de Funcionamiento de Filiales Universitarias, tramitados ante la Asamblea Nacional de Rectores (ANR), con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 28564; Que, mediante Resolucion Nº 098-2005-CONAFU del 29 de MORDAZA del 2004 - Estatuto del CONAFU, en su articulo 4º dispone: Son fines del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) inciso a) Promover una educacion universitaria de calidad, en concordancia con los fines de la Universidad, establecidos en la ley Universitaria vigente y, b) Desarrollar en el MORDAZA una cultura de evaluacion institucional orientada a la acreditacion universitaria y, en su ar ticulo 11º dispone: Son atribuciones del Pleno del CONAFU; inciso s) Constituir y designar comisiones especiales para el desempeno de encargos especificos y; en el inciso t) Asumir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos especificos corresponda al Pleno del CONAFU; Que con Informe Nº 360-2005-CEAA-CONAFU, de fecha 24 de noviembre del 2005, el Consejero de Evaluacion y Asuntos Academicos, hace llegar los nombres de los docentes universitarios que conformaran las distintas comisiones verificadoras de los informes finales presentados por las comisiones calificadoras de proyectos de filiales universitarias: Universidad MORDAZA MORDAZA, Filial - Lima; Universidad Alas Peruanas, Filial Arequipa; Universidad de San MORDAZA de Porres, Filial Chiclayo y Universidad Privada del Norte, Filial - Lima; Que, mediante Acuerdo de Pleno Nº 340-2005CONAFU del 25 de noviembre del 2005, se ACORDO conformar las comisiones verificadoras de las Filiales Universitarias en concordancia con lo senalado en el Art. 6º inciso 4) de la Resolucion Nº 128-2005-CONAFU, de fecha 19 de MORDAZA del 2005 y con arreglo, a la Ley Nº 28564 la cual en su Disposicion Transitoria Unica, senala entre otras, a las siguientes Universidades y proyectos de Filiales Universitarias pasibles de evaluacion: Universidad MORDAZA MORDAZA, Filial - Lima; Universidad Alas Peruanas, Filial - Arequipa; Universidad de San MORDAZA de Porres, Filial - Chiclayo y Universidad Privada del Norte, Filial - Lima; Que, la Comision Verificadora designada mediante Resolucion Nº 213-2005-CONAFU de fecha 28 de noviembre del 2005; presenta su Informe s/n de fecha

28 de noviembre del 2005; emitiendo sus conclusiones que la Universidad de San MORDAZA de Porres Filial Chiclayo ha alcanzado un puntaje del 82,47% en los diferentes parametros considerados por el CONAFU; Que, la respectiva Comision Verificadora ha entregado su Informe con opinion favorable de autorizacion de la Filial Universitaria de Chiclayo de la Universidad de San Mar tin de Porres sometida a evaluacion, ello al haber obtenido puntaje aprobatorio en la aplicacion de las tablas de evaluacion aprobadas por el CONAFU por lo que, corresponde expedirse la resolucion de su proposito; Que, mediante Acuerdo de Pleno Nº 346-2005CONAFU-P de fecha 6 de diciembre del 2005, se acordo AUTORIZAR a la Universidad de San MORDAZA de Porres el Funcionamiento de su Filial Universitaria en la MORDAZA de Chiclayo con las siguientes carreras profesionales: Administracion, Administracion de Recursos Humanos, Administracion de Negocios Internacionales, Arquitectura, Ciencias de la Comunicacion, Contabilidad y Finanzas, Derecho y Ciencia Politica, Economia, Educacion, Enfermeria, Ingenieria Civil, Ingenieria de Computacion y Sistemas, Ingenieria Electronica, Medicina, Obstetricia, Odontologia, Psicologia, Turismo y Hoteleria; Estando a lo expuesto, la Ley Nº 26439, la Ley Nº 28564, el Acta Nº 4 de fecha 21 de MORDAZA del 2005, la Resolucion Nº 128-2005-CONAFU de fecha 19 de MORDAZA del 2005, el Informe Nº 207-2005-CEAA-CONAFU, de fecha 16 de agosto del 2005, Acuerdo del Pleno Nº 2452005-CONAFU de fecha 19 de agosto del 2005, Acuerdo del Pleno Nº 272-2005-CONAFU de fecha 12 de setiembre del 2005, la Resolucion Nº 170-2005-CONAFU de fecha 13 de setiembre del 2005, el Informe s/n de fecha 17 de noviembre del 2005, Resolucion Nº 0982005-CONAFU del 29 de MORDAZA del 2004 - Estatuto del CONAFU, el Informe Nº 360-2005-CEAA-CONAFU, de fecha 28 de noviembre del 2005, Acuerdo de Pleno Nº 340-2005-CONAFU del 25 de noviembre del 2005, la Resolucion Nº 213-2005-CONAFU de fecha 28 de noviembre del 2005, Informe Tecnico Nº 001-2005-CV/ CONAFU de fecha 5 de diciembre del 2005, el Acuerdo de Pleno Nº 346-2005-CONAFU-P de fecha 6 de diciembre del 2005 y, en uso de las facultades conferidas por el inciso c), del Art. 20º y el articulo 39º Inc. d), del Estatuto - CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Universidad de San MORDAZA de Porres el Funcionamiento de su Filial Universitaria en la MORDAZA de Chiclayo con las siguientes carreras profesionales: Administracion, Administracion de Recursos Humanos, Administracion de Negocios Internacionales, Arquitectura, Ciencias de la Comunicacion, Contabilidad y Finanzas, Derecho y Ciencia Politica, Economia, Educacion, Enfermeria, Ingenieria Civil, Ingenieria de Computacion y Sistemas, Ingenieria Electronica, Medicina, Obstetricia, Odontologia, Psicologia, Turismo y Hoteleria. Articulo Segundo.- DISPONER, que la Filial Universitaria en la MORDAZA de Chiclayo de la Universidad de San MORDAZA de Porres, funcionara con sus autoridades designadas de acuerdo a Ley, MORDAZA uso pleno de la autonomia universitaria que le otorga la Constitucion Politica del Estado, la Ley Universitaria Nº 23733, el Decreto Legislativo Nº 882 y demas disposiciones complementarias y conexas; y conforme a los terminos, condiciones y requisitos que aparecen en el proyecto de la Filial presentada ante el CONAFU. Articulo Tercero.- Notifiquese, a la Asamblea Nacional de Rectores, para los fines de Ley. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente WUILDER MORDAZA MORDAZA Secretario General 02879

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