Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2006 (07/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano viernes 7 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

323111

AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 11890

PODER EJECUTIVO PCM
Renuevan plazo para que la Comision Especial Multisectorial de Evaluacion de Riesgo para la Encefalopatia Espongiforme Bovina presente informe a la Ministra de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 252-2006-PCM MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2006

LEY Nº 28776
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 149-2006PCM se conformo una Comision Especial Multisectorial de Evaluacion de Riesgo para la Encefalopatia Espongiforme Bovina, adscrita al Ministerio de Salud, con la finalidad de presentar un Informe a la Ministra de Salud respecto a la implementacion del Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 019-2006-AG, Que, el Articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 149-2006-PCM establecio un plazo de treinta (30) dias calendario contados a partir del 12 de MORDAZA de 2006, para que la Comision Multisectorial presente su Informe a la Ministra de Salud; Que, por la naturaleza cientifica y especializada de las funciones encomendadas a la citada Comision Multisectorial, resulta necesario prorrogar con eficacia anticipada el plazo que tiene dicha Comision para cumplir sus funciones y presentar el Informe a la Ministra de Salud; De conformidad con lo dispuesto por Decreto Ley Nº 21292, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 0192006-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Renovar el plazo establecido en el Articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 149-2006-PCM, hasta el 17 de MORDAZA de 2006. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Presidente del Consejo de Ministros 11877

LEY QUE CONSTITUYE COMISION ESPECIAL DE ESTUDIO DEL ANTEPROYECTO DE LA LEY DE REFORMA DEL CODIGO CIVIL
Articulo unico.- Objeto de la Ley Constituyese una Comision encargada de estudiar y presentar un informe en relacion al Anteproyecto de la Ley de Reforma del Codigo Civil, elaborado por la Comision creada mediante Ley Nº 26394 y modificada por la Ley Nº 26673. La referida Comision queda conformada por dos (2) representantes del Poder Legislativo, el Presidente de la Comision de Justicia y Derechos Humanos, quien la presidira; y el Presidente de la Comision de Constitucion y Reglamento como integrante; y tres (3) representantes del Poder Ejecutivo, que se nombraran por resolucion suprema. La Comision realiza su estudio y presenta sus conclusiones a la Comision de Constitucion y Reglamento y a la Comision de Justicia y Derechos Humanos. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintidos dias del mes de junio de dos mil seis. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 11891

AGRICULTURA
Modifican el Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA aprobado por D.S. Nº 014-2001-AG
DECRETO SUPREMO Nº 038-2006-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.4 del articulo 3º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA - Ley Nº 27308, establece que el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), es el organo encargado de la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA a nivel nacional; Que, el articulo 142º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, establece que las asociaciones vegetales comprenden especies de MORDAZA que se concentran en alveos o cauces naturales y/o artificiales, riberas, MORDAZA y fajas marginales; asi como especies arbustivas y plantas medicinales que se

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