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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2006 (07/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323114El Peruano viernes 7 de julio de 2006 Artículo 3º.- Encargar al INRENA la aplicación de los mecanismos necesarios para la aplicación de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, a los seis días del mes de julio del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 11894 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G49/G45/G41 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 022-2006-AG Lima, 6 de julio de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 071-2005- AG, de fecha 22 de noviembre de 2005, se designó a losintegrantes del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria - INIEA, nombrándose como Presidente al Viceministro delMinisterio de Agricultura, Ing. Julio Escudero Meza; Que, por Resolución Suprema Nº 004-2006-AG, de fecha 18 de enero de 2006, se aceptó la renuncia delIng. Julio Escudero Meza al cargo de Viceministro de Agricultura, designándose en su reemplazo al economista Juan Carlos Zevallos Ugarte; Que, mediante Resolución Suprema Nº 012-2006- AG del 28 de abril de 2006 se ha aceptado la renuncia del Ing. Juan Carlos Zevallos Ugarte al cargo deViceministro de Agricultura designándose al Ing. Julio Escudero Meza; Que, según el artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del INIEA aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2005-AG el Consejo Directivo del INIEA está integrado por el Viceministro de Agriculturaquien la presidirá y tendrá voto dirimente; Que, en consecuencia, teniendo en consideración que el Ing. Julio Escudero Meza renunció al cargo deViceministro de Agricultura por un tiempo determinado en el cual el Consejo Directivo no efectuó acuerdos, es pertinente aprobar nuevamente su designación; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, Reglamento de Organizacióny Funciones; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar con efectividad al 1 de mayo de 2006 al Ing. Julio Escudero Meza comoPresidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria - INIEA. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 11897 /G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G50/G72/G65/G6D/G69/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G52/G65/G66/G6F/G72/G65/G73/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 023-2006-AG Lima, 6 de julio de 2006CONSIDERANDO: Que, el Estado promueve con carácter prioritario la forestación y reforestación con fines de producción,protección y servicios ambientales, en tierras de capacidad de uso mayor forestal sin cubierta vegetal o con escasa cobertura arbórea, en todo el territorionacional; Que, es de interés público y prioridad nacional la reforestación en todo el territorio de la República; Que, el Plan Nacional de Reforestación aprobado por Resolución Suprema Nº 002-2006-AG, contempla como uno de sus objetivos estratégicos el fortalecimiento ymodernización de las capacidades en materia de reforestación; Que, el Estado reconoce e incentiva a aquellas personas naturales y/o jurídicas que, en forma destacada, realizan actividades de forestación y/o reforestación, así como a las que promueven su desarrollo en el país; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura; la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y su Reglamentoaprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Instituir el “Premio Nacional de Reforestación”, como reconocimiento del Estado, a aquellas personas naturales y/o jurídicas que realicen, en forma destacada, actividades de forestación y/oreforestación, así como a las que promueven su desarrollo en el país. Artículo 2º.- El “Premio Nacional de Reforestación” tendrá cuatro categorías: - Mejor empresario reforestador; - Mejor Comunidad Campesina y/o Nativa reforestadora; - Mejor promotor en reforestación; y,- Mejor ingeniero forestal especializado en reforestación. Artículo 3º.- Constitúyase la Comisión Calificadora del “Premio Nacional de Reforestación” y estará integrada por las siguientes personas: - El Viceministro de Agricultura, quien la preside; - El Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA); - El Gerente General del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos(PRONAMACHCS); y, - El Director Ejecutivo del Fondo de Promoción de Desarrollo Forestal (FONDEBOSQUE). Artículo 4º.- El Premio será otorgado por el Ministro de Agricultura a propuesta de la Comisión Calificadora,el mes de julio de cada año, y será formalizado por Resolución Ministerial. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 11898 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G69/G67/G69/G74/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F /G79/G20/G6D/G65/G6D/G6F/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G73/G63/G72/G69/G70/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G65/G64/G69/G6F /G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G54/G69/G6E/G67/G75/G69/GF1/G61/G2C /G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G63/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2006-AG Lima, 6 de julio de 2006