Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2006 (07/07/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

323118

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 7 de MORDAZA de 2006

Legal Nº 490-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/ SDAR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que la Resolucion Directoral Nº 0101-2002-MITINCI/VMT/DNT contiene un acto firme, de acuerdo con lo establecido en el articulo 212º, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, razon por la que no procede la tramitacion del Recurso de Apelacion formulado por la empresa mediante Expediente Nº 008501-2006-MINCETUR de fecha 16.05.2006. Articulo 2º.- De acuerdo con lo establecido en el articulo 45.2, literal a) de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, la explotacion de maquinas tragamonedas no autorizada por la Direccion Nacional de Turismo constituye infraccion administrativa sancionable con el comiso de maquinas tragamonedas y clausura de la sala de juego. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia siguiente de su notificacion. Registrese y notifiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 11751

Que, de acuerdo con lo establecido en el primer parrafo del articulo 18º del Decreto Supremo Nº 0092002-MINCETUR, solo podran ser materia de Autorizacion y Registro las memorias de solo lectura que contengan los programas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, el Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 104-2006-MINCETUR/VMT/DNT/ DJCMT/SDAR-YGP y Legal Nº 528-2006-MINCETUR/ VMT/DNT/DJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Gaming and Technology Peru, dieciseis (16) memorias de solo lectura fabricadas por la empresa International Game Technology (EE.UU), segun el siguiente detalle:
Nº 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 16 Registro A0006881 A0006882 A0006883 A0006884 A0006885 A0006886 A0006887 A0006888 A0006889 A0006890 A0006891 A0006892 A0006893 A0006894 A0006895 A0006896 Codigo de la Memoria GK000719 GK000720 GK000721 GK000722 GK000724 GK000739 GK000744 GK000767 GK000771 GK000774 GK000801 GK000816 GK000825 GK000943 GK001078 GK001088

Autorizan y registran memorias de solo lectura a solicitud de Gaming and Technology Peru S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 538-2006-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 22 de junio de 2006 Visto, el Expediente Nº 000864-2006-MINCETUR, de fecha 18.5.2006, presentado por la empresa Gaming and Technology Peru S.A., en el que solicita autorizacion y registro de dieciseis (16) memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion de los Certificados de Cumplimiento Nºs. MO-122-IGT-05-40, MO-122-IGT-0536, MO-49-IGT-05-33, MO-122-IGT-05-41, MO-99-IGT05-03, MO-99-IGT-05-02, MO-99-IGT-05-05, MO-99IGT-05-01, MO-99-IGT-05-04, MO-122-IGT-05-31, MO122-IGT-05-33, MO-122-IGT-05-32, MO-122-IGT-05-35, MO-122-IGT-05-34, MO-122-IGT-05-30 y MO-122-IGT05-39, expedidos por el Laboratorio de Certificacion Gaming Laboratories International, Inc (GLI), asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, registrando los programas principales y de personalidad un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%;

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 11752

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006
DECRETO SUPREMO Nº 102-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28652 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, mediante la Ley Nº 28382 se amplia hasta CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) el monto de la Linea de Credito Extraordinaria Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nacion al Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 09296; Que, el numeral 3.3 del articulo 3º de la Ley senalada en el considerando anterior, establece que las incorporaciones presupuestales de recursos de la citada linea de Credito seran aprobadas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.