Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2006 (14/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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LICA DEL P E

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323650

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 14 de MORDAZA de 2006

Visto el Expediente Nº 05-550421-001, que contiene el OFICIO Nº 2582-2006-DGSP/MINSA de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26454, declaro de orden publico e interes nacional la obtencion, donacion, conservacion, transfusion y suministro de sangre humana y, asimismo, creo el Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de Sangre (PRONAHEBAS); Que, el PRONAHEBAS es el organo tecnico de la Direccion General de Salud de las Personas, responsable de establecer las normas y procedimientos que aseguren el aprovisionamiento de sangre y hemocomponentes de calidad, seguros y oportunos en los Centros de Hemoterapia y Bancos de Sangre a nivel nacional; Que, con el proposito de viabilizar la aplicacion de la "Iniciativa Regional para la Seguridad Sanguinea de MORDAZA Latina", de la que el Peru es suscriptor y, el "Plan de Accion 2006 - 2010" propuesto por la Organizacion Mundial de la Salud/Organizacion Panamericana de la Salud (OMS/OPS), es necesario implementar la Red Nacional y las Redes Regionales de los Servicios Transfusionales; Que, para tal efecto, deben aprobarse previamente los "Lineamientos de Politica del PRONAHEBAS", los cuales coadyuvaran a alcanzar las metas propuestas; Estando a lo informado por la Direccion General de Salud de las Personas y, con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; Con la visacion del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Documento Tecnico: "Lineamientos de Politica del PRONAHEBAS", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Direccion General de Salud de las Personas, a traves del Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de Sangre (PRONAHEBAS), se encargara de la difusion y evaluacion del cumplimiento del mencionado Documento Tecnico. Articulo 3º.- Las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional y demas establecimientos de salud, a traves de los Coordinadores del PRONAHEBAS, son responsables de la implementacion, supervision, ejecucion y evaluacion del citado Documento Tecnico, asi como de disponer las acciones necesarias para su incorporacion en los planes, programas y proyectos anuales en el ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4º.- Los establecimientos de salud del Seguro Social de Salud (EsSalud), Sanidad de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru y Sector Privado, aplicaran el referido Documento Tecnico. Articulo 5º.- La Oficina General de Comunicaciones publicara dicho Documento Tecnico en el MORDAZA de internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 12221

VISTOS: El Informe Nº 043-2006-DVMPEMPE/ATU/ PP, del 22 de junio de 2006, del Area de Planificacion y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano"; el Oficio Nº 3552006-MTPE/3/14.120, de fecha 26 de junio de 2006, del Director Nacional del Programa "A Trabajar Urbano", el Informe Nº 143-2006-MTPE/4/9.220, de la Oficina de Presupuesto; y el Oficio N° 760-2006-MTPE/4/9.2, de la Oficina de Planificacion y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 130-2001, se creo el Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano" como Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, cuyo objetivo es la generacion de empleo temporal para la poblacion desempleada de las areas urbanas, favoreciendo a aquellos con menores niveles de ingresos economicos, con niveles de pobrezas y extrema pobreza; Que, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 130-2001, los objetivos del Programa A Trabajar MORDAZA se lograran a traves del financiamiento de proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra, los cuales deberan ser previamente evaluados y seleccionados de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, segun lo mencionado precedentemente, el Programa A Trabajar MORDAZA efectua transferencias financieras a diversos organismos ejecutores que tienen proyectos de obras y servicios intensivos de mano de obra aprobados; Que, el Articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2006, establece en su literal c) del numeral 75.4, que las Transferencias Financieras entre pliegos presupuestarios (entre los que se encuentra el Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano"), se aprueban por Resolucion del Titular del pliego, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, se consigna en el Informe Nº 043-2006DVMPEMPE-ATU/PP, que se requiere atender compromisos por S/. 2'673,758.75, segun el siguiente detalle: (i) en el MORDAZA de la X Convocatoria a concurso de proyectos: a la fecha se han suscrito 804 convenios, de los cuales 163 convenios corresponden a entidades pertenecientes al sector publico, a los cuales el Programa debe transferir S/. 1'872,340.85 para el pago de los materiales, herramientas y otros gastos distintos al de la mano de obra no calificada, (ii) en el MORDAZA de la VIII y IX Convocatoria se requiere transferir S/. 68,974.31 para atender el aporte del Programa para 8 convenios suscritos y (iii) denominada Proyectos Especiales se requiere aprobar la transferencia de S/. 77,394.30 correspondiente al financiamiento de 4 de obras de emergencias, orientadas a la prevencion y/o reconstruccion de archivos publicos en Tumbes, asi como tambien a traves de la Intervencion Contraciclica Especial - ICE, se requiere transferir recursos financieros a 14 proyectos, por un monto de S/. 655,049.29 recursos orientados al pago de la compensacion economica a los participantes; Que, en merito a lo expuesto, resulta necesario efectuar una transferencia financiera a los organismos ejecutores pertenecientes al sector publico, por concepto de aporte del Programa para el financiamiento de los Convenios suscritos en el MORDAZA de la VIII, IX y X Convocatoria a Concurso de Proyectos, Proyectos Especiales e Intervencion Contraciclica Especial - ICE; Que, las transferencias financieras indicadas en el considerando anterior cuentan con la respectiva disponibilidad presupuestal, conforme se senala en el Informe Nº 043-2006-DVMPEMPE-ATU/PP; Con las visaciones del Director Nacional del Programa "A Trabajar Urbano", del Director General de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, y del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposicion

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban transferencia financiera del Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano" a diversos organismos ejecutores del sector publico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 249-2006-TR MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2006

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