Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2006 (20/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano jueves 20 de MORDAZA de 2006

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EP

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LICA DEL P E

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U

NORMAS LEGALES

324335

SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Universal de Desarrollos Electronicos S.A, los modelos de las memorias de solo lectura fabricados por la empresa Universal de Desarrollos Electronicos S.A. UNIDESA (Espana), segun el siguiente detalle:
Nº 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 16 17 Registro A0006897 A0006898 A0006899 A0006900 A0006901 A0006902 A0006903 A0006904 A0006905 A0006906 A0006907 A0006908 A0006909 A0006910 A0006911 A0006912 A0006913 Codigo de la Memoria 4227-99-00B-r01g05s0-1.22 (P7) 4246-99-00B-r01g04s0-1.22 (P7) SW_RUL_SAT_R_P2K_GEN_V41300_IMP (U1) SW_RUL_SAT_R_P2K_GEN_V41300_PAR (U2) 4237-99-00B-r01g03s0-1.14 (P7) 4236-99-00B-r01g03s0-1.14 (P7) 4202-99-00B-r01g00s0-1.13 (P7) 4232-99-00B-r01g02s0-1.24 (P7) 4181-99-00A-R01G00S0-1.00 (P7) SW_RNC_SAT_R_P2K_GEN_V010000_IMP (U1) SW_RNC_SAT_R_P2K_GEN_V010000_PAR (U2) SW_RNC_HOST_PR_R_P2K_GEN_V010000_IMP (U1) SW_RNC_HOST_PR_R_P2K_GEN_V010000_PAR (U2) SW_WR_SAT_R_P2K_GEN_V32100_IMP (U1) SW_WR_SAT_R_P2K_GEN_V32100_PAR (U2) SW_WR_HOST_R_P2K_GEN_V31100_IMP (U1) SW_WR_HOST_R_P2K_GEN_V31100_PAR (U2)

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 00142-1

Otorgan autorizacion a empresas para explotar maquinas tragamonedas en locales ubicados en los distritos de San MORDAZA y Lince, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 555-2006-MINCETUR/VMT/DNT
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2006 Visto, el Expediente Nº 000302-2006-MINCETUR, de fecha 16.02.2006, en el que la empresa MORDAZA CORPORACION S.A.C., solicita autorizacion expresa para la explotacion de juegos de maquinas tragamonedas en la sala de juego del Hotel Cinco (5) Estrellas: "Los Delfines", ubicada en el Jr. Los Eucaliptos Nº 555, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas en el MORDAZA, estableciendose en el articulo 24º del citado cuerpo legal que corresponde a la Direccion Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorizacion, fiscalizacion, supervision, evaluacion y sancion vinculadas a las explotaciones MORDAZA referidas; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 13º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº27796, para la explotacion de juegos de maquinas tragamonedas se requiere de autorizacion expresa emitida por la Direccion Nacional de Turismo; Que, mediante Expediente Nº 000302-2006-MINCETUR, la empresa MORDAZA Corporacion S.A.C., solicita autorizacion expresa para la explotacion de juegos de maquinas tragamonedas en la sala de juego del Hotel Cinco (5) Estrellas: "Los Delfines", ubicada en el Jr. Los Eucaliptos Nº 555, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, respecto la sala de juego MORDAZA referida, debe tenerse presente que se encuentra en tramite un procedimiento sobre renovacion de autorizacion para la explotacion de maquinas tragamonedas, presentado por la empresa Royal Entertainment S.A.C., mediante Expediente 000111-2005-MINCETUR, de fecha 31.01.2005;

Que, no obstante, para efecto de la admision a tramite de la presente solicitud, la empresa MORDAZA Corporacion S.A.C., presenta MORDAZA del contrato de cesion de posicion contractual, de fecha 08.03.2006, celebrado con la empresa Royal Entertainment S.A.C. con la intervencion de la empresa Corporacion El Golf S.A., propietaria del inmueble donde se encuentra instalada la sala de juegos segun consta en la Partida Nº01097172 de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, y titular del Hotel Cinco (5) Estrellas: "Los Delfines", el mismo que tiene por objeto ceder la posicion contractual que tiene la empresa Royal Entertainment S.A.C. (asociante), en el contrato de asociacion en participacion celebrado con la empresa Corporacion el Golf S.A. (asociado), con fecha 19.02.1997, modificado en diversas oportunidades y consolidado mediante contrato de fecha 06.07.2000, elevado a Escritura Publica de fecha 24.10.2003, otorgado ante Notario Publico, Dr. MORDAZA MORDAZA Bernos, y que tiene por objeto la explotacion de maquinas tragamonedas y juegos de casino en las instalaciones de la sala de juegos MORDAZA indicada; Que, asimismo, mediante adenda de fecha 08.03.2006, se modifican los terminos de la clausula vigesima MORDAZA del mencionado contrato de asociacion en participacion, en el sentido de convenir que la empresa Royal Entertainment S.A.C. puede ceder por unica vez su posicion contractual unicamente a favor y beneficio de las empresas Royal Gaming S.A.C. y/o MORDAZA Corporacion S.A.C., y/o MORDAZA Casino S.A.C.; Que, de acuerdo con la clausula sexta del contrato de cesion de posicion contractual MORDAZA mencionado, dicho contrato entrara en vigencia al dia siguiente en que la empresa solicitante (cesionaria) obtenga la autorizacion para la explotacion de juegos de casinos y/o maquinas tragamonedas, acuerdo que se condice con lo establecido en el literal e) del articulo 32º de la Ley Nº 21753, modificada por la Ley Nº 27796 concordado con el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR, en los que se establece la prohibicion de dar en concesion la autorizacion concedida o transferir bajo cualquier modalidad en forma total o parcial la autorizacion expresa otorgada por la Direccion Nacional de Turismo; Que, en atencion a la mencionada relacion contractual, se procedio a evaluar la solicitud de autorizacion presentada por la empresa MORDAZA Corporacion S.A.C., habiendose verificado que la solicitante ha cumplido con presentar la documentacion y/o informacion requerida para obtener la autorizacion para explotar maquinas tragamonedas en la sala de juego Hotel Cinco (5) Estrellas: "Los Delfines", ubicada en el Jr. Los Eucaliptos Nº 555, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, el articulo 14º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796 y el articulo 7º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establecen los requisitos que los solicitantes deben cumplir para acceder a la mencionada autorizacion; Que, en observancia de lo establecido en el articulo 6º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº27796, la solicitante presenta MORDAZA del Certificado, de fecha 27.08.2002, expedido por la Direccion de Desarrollo Turistico en el que se acredita que el establecimiento donde se pretende explotar juegos de maquinas tragamonedas ha sido calificado como Hotel Cinco (5) Estrellas; asimismo, presenta MORDAZA de la Licencia Municipal de Funcionamiento Nº 003858, de fecha 29.05.2003, por el giro principal de hotel otorgada por la Municipalidad de San Isidro; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 5º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº27796, los establecimientos destinados a la explotacion de maquinas tragamonedas no pueden encontrarse a menos de ciento cincuenta (150) metros, medidos de MORDAZA a MORDAZA en linea recta de MORDAZA, centros de educacion inicial, primaria, secundaria y superior, cuarteles, comisarias y centros hospitalarios; Que, segun consta en el Informe Tecnico Nº 305-2006MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT/SDFCS-FBB, de fecha 28.06.2006, al MORDAZA de lo establecido en el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y la Directiva Nº 002-2003-MINCETUR/VMT/DNT, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº210-2003-MINCETUR/VMT/DNT, de fecha 18.03.2003, se determino que la sala de juegos del solicitante se encuentra a menos de ciento cincuenta (150) metros medidos de MORDAZA a MORDAZA en linea recta del Nido MORDAZA Harriman y de la Universidad de Piura; Que, el establecimiento donde se encuentra instalada la sala de juegos viene funcionando legitimamente con dicho giro empresarial desde la entrada en vigencia de la autorizacion concedida por la Comision Nacional de Casinos de Juegos mediante Resolucion Nº 060-98-ST/CNCJ, de fecha

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