Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2006 (20/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 20 de MORDAZA de 2006

de Salud, hospitales e institutos especializados, bajo responsabilidad dispondran la no adquisicion de los mismos. Articulo 9º.- Las adquisiciones realizadas en forma excepcional, deberan ser las minimas necesarias, para la atencion de casos hasta un semestre para las Direcciones de Salud, Hospitales e Institutos Especializados; y para el caso de las Intervenciones Sanitarias definidas por la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud deberan ser las minimas necesarias hasta un ano. Articulo 10º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 611-2004/MINSA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 00165-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan al Ministerio de Agricultura a formalizar reincorporacion de ex trabajadores que se hayan acogido al beneficio de la reincorporacion o reubicacion laboral dispuesto por la Ley Nº 27803
RESOLUCION SUPREMA Nº 011-2006-TR
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27803 se dispuso que los ex trabajadores cuyos ceses hayan sido declarados irregulares, podran optar excluyentemente entre otros, por el beneficio de la Reincorporacion o Reubicacion Laboral; Que, el articulo 1º de Ley Nº 28299 que modifica el articulo 11º de la Ley Nº 27803, senala que las plazas presupuestadas vacantes que se hubiesen generado a partir de 2002 deberan ser destinadas para la ejecucion de dicho beneficio; Que, efectuada la ejecucion del beneficio de reincorporacion o reubicacion laboral por parte del Ministerio de Agricultura, existe un total de 66 ex trabajadores cesados irregularmente que se acogieron al citado beneficio y sus casos se encuentran pendientes de ser atendidos; Que, el Ministerio de Agricultura, dentro del MORDAZA de la Ley Nº 27803 y su modificatoria la Ley Nº 28299, simultaneamente a la ejecucion del beneficio de reincorporacion o reubicacion laboral, realizo gestiones ante los distintos estamentos del Estado para la generacion de plazas vacantes que permitiera reincorporar a la totalidad de los ex trabajadores cesados irregularmente que se acogieron al beneficio de la reincorporacion o reubicacion laboral y cuyos nombres fueron otorgados oportunamente por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, como consecuencia de dichas gestiones, el Ministerio de Agricultura mediante Resolucion Suprema Nº 013-2006AG aprobo el MORDAZA Cuadro de Asignacion de Personal CAP, que MORDAZA con la opinion favorable de la Presidencia del Consejo de Ministros contenido en el Oficio Nº 1275-2006PCM/SG, que incluyo los cargos de los ex trabajadores cesados irregularmente que se acogieron al beneficio de reincorporacion o reubicacion laboral y no pudieron acceder inicialmente a una plaza vacante presupuestada; Que, posteriormente, el Ministerio de Agricultura emitio la Resolucion Ministerial Nº 491-2006-AG, que modifico el Presupuesto Analitico de Personal - PAP correspondiente al ejercicio presupuestal del 2006, el cual incluyo las plazas vacantes presupuestadas para la reincorporacion de la totalidad de ex trabajadores cesados irregularmente, acogidos al beneficio de reincorporacion o reubicacion laboral dispuesto por la Ley Nº 27803 y demas normas complementarias; Que, el Decreto Supremo Nº 014-2002-TR, en su Tercera y Cuarta Disposiciones Finales, senala que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo esta facultado para emitir las normas

correspondientes y realizar las acciones que se requieran, a fin de implementar el programa de acceso a los beneficios de la Ley Nº 27803, ademas de establecerse la obligacion de las entidades publicas de coadyuvar para la ejecucion del referido programa; Que, la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, en el articulo 8º, literal b.4 ha establecido una excepcion a las disposiciones de austeridad presupuestal, el caso de reincorporacion o reubicacion a que se refiere la Ley Nº 27803, cuando cumpla con los requisitos que esta Ley establece; Que, estando a lo expuesto en los considerandos precedentes, es necesario autorizar al Ministerio de Agricultura a fin de que formalice la reincorporacion de los ex trabajadores cesados irregularmente que se han acogido al beneficio senalado en el parrafo anterior, en las plazas vacantes presupuestadas que para dicho efecto, se han generado en el Presupuesto Analitico de Personal - PAP modificado del 2006 correspondiente a la citada entidad; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Agricultura a formalizar la reincorporacion de los ex trabajadores que se hayan acogido al beneficio de la reincorporacion o reubicacion laboral dispuesto por la Ley Nº 27803 y cuyos nombres han sido publicados por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, mediante la Resolucion Ministerial correspondiente, cuyo procedimiento se encuentra en tramite. Articulo 2º.- Excluir, de la etapa de Reubicacion General dispuesta por la Resolucion Ministerial Nº 107-2006-TR, las plazas vacantes presupuestadas que fueron oportunamente informadas por el Ministerio de Agricultura. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo y el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ALMERI MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura 00223-7

Aprueban el "Plan Operativo Informatico 2006" del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 256-2006-TR
MORDAZA, 18 de MORDAZA de 206 VISTOS: El Oficio Nº 0902-2006-PCM/OGA-RD, de fecha 1 de junio de 2006, de la Direccion General de Administracion de la Presidencia del Consejo de Ministros; el Oficio Nº 0622006-MTPE/4/10.320, de fecha 27 de junio de 2006, de la Direccion de de Informatica; el Oficio Nº 321-2006-MTPE/4/ 10.3, de fecha 28 de junio de 2006, de la Oficina de Estadistica e Informatica; y el Memorandum Nº 1438-2006MTPE/4, de fecha 12 de MORDAZA de 2006, de la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, actua como ente rector del Sistema Nacional de Informatica y dirige y supervisa la Politica Nacional de Informatica y Gobierno Electronico, conforme lo establece su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 221-2006-PCM, de fecha 30 de MORDAZA de 2006, se aprueba la "Formulacion y Evaluacion del Plan Operativo Informatico de las entidades de la Administracion Publica para el Ano 2006" y su respectiva guia de informacion; Que, el articulo 2º de la citada Resolucion Ministerial, establece que las entidades publicas de la Administracion

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