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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (07/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 7 de junio de 2006 320435REPUBLICADELPERU FLOTA DE RESERVA : Un (1) ómnibus de placa de rodaje Nº VG-1250 (1996) Artículo Tercero.- Otorgar a favor de EXPRESO WARI S.A.C., la concesión interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Cusco-Puerto Maldonado y viceversa, por el período de diez(10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo a los siguientes términos : RUT A : CUSCO – PUERTO MALDONADO y viceversa ORIGEN : CUSCODESTINO : PUERTO MALDONADO ITINERARIO : URCOS – OCONGATE – MARCAPATA – QUINCE MIL – MASUCO ESCALA COMERCIAL : URCOS – OCONGATE – MARCAPATA – QUINCE MIL – MASUCO FRECUENCIAS : Una (1) diaria en cada extremo de ruta FLOTA VEHICULAR : Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA : Dos (2) ómnibus de placa de rodaje Nº VG-1142 (1995) y UO-8211 (1995) FLOTA DE RESERVA : Un (1) ómnibus de placa de rodaje Nº UI-8738 (1990) HORARIOS : Salidas de Cusco, a las 1600 horas. Salidas de Puerto Maldonado, a las 1600 horas. Artículo Cuarto.- La Dirección de Registros y Autorizaciones deberá inscribir la presente autorización en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Artículo Quinto.- EXPRESO WARI S.A.C., deberá presentar la documentación pertinente que subsane las observaciones señaladas en el quinto, sexto y séptimoconsiderando de la presente resolución, así como los Certificados de Constatación de Características expedidos por una de las entidades certificadoras autorizadas por laDirección General de Circulación Terrestre para los ómnibus de placas de rodaje Nºs. UI-8738, UO-8211 y VG-1142 previa a la emisión de los respectivos certificados dehabilitación vehicular. Artículo Sexto.- La presente Resolución deberá ser publicada por EXPRESO WARI S.A.C., en el Diario OficialEl Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidió la orden de publicación. Artículo Sétimo.- EXPRESO WARI S.A.C., iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de lapresente Resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se declarará la caducidad de la concesión interprovincial. Artículo Octavo.- Encargar la ejecución de la presente Resolución a la Dirección de Registros y Autorizaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICK P . ALLEMANT F . Director General Dirección General de Circulación Terrestre 07583 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G22/G45/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79 /G52/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G6C/G20/G43/G75/G6D/G70/G6C/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G44/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G64/G65/G20 /G44/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G2C/G20 /G52/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20 /G79/G41/G75/G73/G74/G65/G72/G69/G64/G61/G64/G22 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 171-2006-CG Lima, 31 de mayo de 2006VISTO, la Hoja Informativa Nº 060-2006-CG/SE de la Gerencia de Sector Económico, mediante la cual se pone a consideración el Proyecto de Directiva “Elaboración y Remisión de los Informes de Evaluación del Cumplimiento de lasDisposiciones de Disciplina, Racionalidad y Austeridad”; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que los Órganos del Sistema ejercen su función de control gubernamental conarreglo a lo establecido en la citada Ley y las disposiciones que emite la Contraloría General para normar sus actividades, obligaciones y responsabilidades; Que, el artículo 9º numeral 9.3 de la Ley Nº 28652 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, establece que la Contraloría General de laRepública tiene la responsabilidad de verificar los resultados que hayan obtenido las Entidades por la aplicación de las disposiciones en materia de disciplina,racionalidad y austeridad, de publicar semestralmente la referida información en su página web y de remitir los resultados al Congreso de la República; Que, mediante el documento del visto, la Gerencia de Sector Económico ha puesto en consideración el Proyecto de Directiva “Elaboración y Remisión de losInformes de Evaluación del Cumplimiento de las Disposiciones de Disciplina, Racionalidad y Austeridad”; que contiene los lineamientos para la evaluación delcumplimiento de las disposiciones de disciplina, racionalidad y austeridad y permite uniformizar criterios para la elaboración y presentación de los informes, demodo tal que se garantice el cumplimiento oportuno de las obligaciones asignadas a este Organismo Superior de Control por las normas presupuestales vigentes; De conformidad a lo previsto en los artículos 16º, 21º y 32º literal l) de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría Generalde la República; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la Directiva Nº 03-2006- CG/SE, “Elaboración y Remisión de los Informes de Evaluación del Cumplimiento de las Disposiciones de Disciplina, Racionalidad y Austeridad”. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República DIRECTIVA Nº 03-2006-CG/SE DIRECTIVA: “ELABORACIÓN Y REMISIÓN DE LOS INFORMES DE EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DE DISCIPLINA, RACIONALIDAD Y AUSTERIDAD” ÍNDICE I. OBJETIVO II. ALCANCE III.RESPONSABILIDAD IV. BASE LEGAL V. VIGENCIA VI. DISPOSICIONES GENERALESVII.DISPOSICIONES ESPECÍFICAS VIII.DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS IX. INFRACCIONES Y SANCIONESX. DISPOSICIONES FINALES FORMATOS GUÍA