Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (08/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320620El Peruano jueves 8 de junio de 2006 Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil ANEXO Nº 1 PROGRAMA DE REHABILITACIÓN - REGIÓN AREQUIPA RELACIÓN DE PROYECTOS APROBADOS POR INDECI INSTITUCIÓN GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA MONTO APROBADO PARA LA REGIÓN (Nuevos Soles S/.) 1.005.628.20 SESIÓN ACTIVIDAD Ubicación Características Elegibilidad Nº Nombre del Proyecto Provincia Distrito Localidad Meta Plazo Monto Sector Código Referencia Observaciones Física días (Nuevos Soles S/.) 1 Acciones de sanidad del ganado Arequipa San Juan de 30 221.758 producto de la actividad Tar ucani volcánica del Ubinas 2 Acciones de alimentación del Arequipa San Juan de 90 783.870 ganado producto de la Tar ucani actividad volcánica del Ubinas 1.005.628 100802006, Ley Nº 28382 - Ley que amplía el monto de la Línea de Crédito otorgada por el Banco de la Nación al INDECI, Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y en uso de las atribucionesconferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por Decretos SupremosNºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presenteResolución, la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Arequipa, con cargo a los recursos provenientes del crédito extraordinario,permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nación a favor del INDECI, hasta por un monto de UN MILLÓN CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO Y00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1’005 628.00) para la ejecución de las Actividades señaladas en el Anexo 01 que forma parte de la presente Resolución.Artículo Segundo.- La Oficina de Administración del INDECI, dará cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales la coordinación correspondiente para la suscripción del respectivo Convenio entre el INDECI y el Gobierno Regional de Arequipa para el control, seguimientoy monitoreo de ejecución de metas físicas, conforme a la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, publique la misma en el Diario Oficial El Peruano y remita copia autenticada por Fedatario al Gobierno Regionalde Arequipa, a la Subjefatura, a las Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto y Administración y a las Direcciones Nacionales de Operaciones y ProyectosEspeciales, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 265-2006-INDECI 30 de mayo del 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creó la Comisión Multisectorial de Prevención yAtención de Desastres (CMPAD) generados por fenómenos de origen natural o tecnológico, encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidasde prevención de daños, atención y rehabilitación en las zonas del país que se encuentren en peligro inminente o afectados por desastres de gran magnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplió hasta S/. 50’000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Línea de CréditoExtraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nación al INDECI al amparo del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de UrgenciaNº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Línea de Crédito se destinarán para realizar acciones que permitan reducir los efectos dañinos de un peligroinminente de origen natural o antrópico, brindar una respuesta oportuna a la población, ejecutar acciones de rehabilitación de la infraestructura pública para recuperarlos niveles que los servicios básicos tenían antes de la ocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones de recuperación de la capacidad productiva de las zonasafectadas por desastres; Que, la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2005, autoriza alPoder Ejecutivo para que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de ProgramaciónMultianual del Sector Público (DGPM), incorpore, cuando sea necesario, previo informe favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, los recursos en la Fuentede Financiamiento “Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno” provenientes de la Línea de Crédito referida en el considerando precedente, a favor del Instituto Nacionalde Defensa Civil - INDECI; Que, la Décima Disposición Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006, establece la prórroga de la vigencia de la referida Octava Disposición Final; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para la incorporación de los recursos a que se refiere la Ley Nº 28382, Ley que amplía el monto dela línea de crédito otorgada por el Banco de la Nación al INDECI”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 510-2005- EF/10, señala que los recursos provenientes de lamencionada línea de crédito podrán financiar gastos temporales de emergencia que no sean destinados a proyectos y que tengan por finalidad realizar acciones quepermitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente de origen natural o antrópico y brindar una respuesta oportuna a la población y cuenten con el Informe deEvaluación de Daños correspondiente, aprobado por el INDECI, para lo cual el INDECI debe cumplir con presentar un Informe Técnico a la Dirección General sustentando lanecesidad de financiar estos gastos con recursos provenientes de la línea de crédito. Se señala a su vez que recibido el Informe Técnico favorable del INDECI, la DGPMpropone la incorporación de los recursos;