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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320622El Peruano jueves 8 de junio de 2006 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 266-2006-INDECI 30 de mayo del 2006CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creó la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres (CMPAD) generados por fenómenos de origennatural o tecnológico, encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas de prevención de daños, atención y rehabilitación en las zonas del país que seencuentren en peligro inminente o afectados por desastres de gran magnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplió hasta S/. 50’000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Línea de Crédito Extraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por elBanco de la Nación al INDECI al amparo del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Líneade Crédito se destinarán para realizar acciones que permitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente de origen natural o antrópico, brindar unarespuesta oportuna a la población, ejecutar acciones de rehabilitación de la infraestructura pública para recuperar los niveles que los servicios básicos tenían antes de laocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones de recuperación de la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, autoriza alPoder Ejecutivo para que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de ProgramaciónMultianual del Sector Público (DGPM), incorpore, cuando sea necesario, previo informe favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, los recursos en la Fuentede Financiamiento “Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno” provenientes de la Línea de Crédito referida en el considerando precedente, a favor delInstituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, la Décima Disposición Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006, establece la prórroga de la vigencia de la referida Octava Disposición Final; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para la incorporación de los recursos a que se refiere la Ley Nº 28382, Ley que amplía elmonto de la línea de crédito otorgada por el Banco de la Nación al INDECI”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 510-2005-EF/10, señala que los recursosprovenientes de la mencionada línea de crédito podrán financiar gastos temporales de emergencia que no sean destinados a proyectos y que tengan por finalidad realizaracciones que permitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente de origen natural o antrópico y brindar una respuesta oportuna a la población y cuenten con elInforme de Evaluación de Daños correspondiente, aprobado por el INDECI, para lo cual el INDECI debe cumplir con presentar un Informe Técnico a la DirecciónGeneral sustentando la necesidad de financiar estos gastos con recursos provenientes de la línea de crédito. Se señala a su vez que recibido el Informe Técnicofavorable del INDECI, la DGPM propone la incorporación de los recursos; Que, el volcán Ubinas, ubicado en el departamento de Moquegua, muestra, desde el 27.MAR.2006, un incremento en la emisión de fumarolas y la presencia de cenizas que ha afectado los cultivos y pobladoscercanos, habiendo sido necesaria la evacuación de la población aledaña y de su ganado por encontrarse ante un peligro inminente; Que, con fecha 23.ABR.2006, mediante Decreto Supremo Nº 020-2006-PCM del 21.ABR.2006, se declaró el Estado de Emergencia en la provincia de GeneralSánchez Cerro del departamento de Moquegua y el distrito de San Juan de Tarucani de la provincia y departamento de Arequipa por el peligro inminente generado por elincremento de la actividad volcánica del Ubinas; Que, mediante Oficio Nº 341-2006-GRA/PR-GGR- GRPPAT-SGPI del 8.MAY .2006, la Gerencia dePlaneamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Arequipa remitió la Ficha Técnica denominada “Acciones de salud ante las enfermedades de la población de San Juan de Tarucaniproducto de la actividad volcánica del Ubinas” reformulada; Que, conforme a las coordinaciones efectuadas entre representantes del INDECI, del Ministerio de Economía y Finanzas y del Ministerio de Salud, la Oficina General de Defensa Nacional del mencionado Ministerio medianteOficio Nº 638-2006-DG-OGDN/MINSA del 11.MAY.2006, sustentó la modificación del monto de la referida Ficha Técnica por un monto ascendente a SESENTA Y DOSMIL TRESCIENTOS QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 62 315,00); Que, mediante Oficio Nº 2871-2006-INDECI/4.0 del 23.MAY.2006, se remitió a la DGPM el Informe Técnico Nº 016-2006-INDECI/DNO/11.0, emitido por la Dirección Nacional de Operaciones del INDECI, señalando que esnecesario desarrollar la actividad de “Acciones de salud ante las enfermedades de la población de San Juan de Tarucani producto de la actividad volcánica del Ubinas”,presentada por el Gobierno Regional de Arequipa por lo que procede solicitar su financiamiento al Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2006-EF se incorporó vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Pliego 006INDECI, la suma de UN MILLÓN CIENTO SESENTA MIL CIENTO VEINTIOCHO Y 00/100 NEVOS SOLES (S/. 1’ 160 128.00), correspondiente a la Fuente deFinanciamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno, provenientes del crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de laNación a favor del INDECI, con cargo a los recursos de la mencionada Línea de Crédito; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución delTitular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Arequipa, con cargo a los recursos provenientes del crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por elBanco de la Nación a favor del INDECI, hasta por el monto de SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 62 315,00), para la ejecución de la actividad señalada en el Anexo 01 adjunto; Con las visaciones de la Subjefatura, las Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto yAdministración y Direcciones Nacionales de Operaciones y Proyectos Especiales; De conformidad con la Ley Nº 28562 - Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2006, Ley Nº 28653 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Ley Nº 28382 - Ley que amplía el monto de la Línea deCrédito otorgada por el Banco de la Nación al INDECI, Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y en uso de las atribuciones conferidas enel Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por Decretos Supremos Nºs. 005-2003-PCMy 095-2005-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presenteResolución, la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Arequipa, con cargo a los recursos provenientes del crédito extraordinario,permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nación a favor del INDECI, hasta por un monto de SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS QUINCE Y00/100 NUEVOS SOLES (S/. 62 315,00) para la ejecución de la Actividad señalada en el Anexo 01 que forma parte de la presente Resolución.