Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (09/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 9 de junio de 2006 320831REPUBLICADELPERU Los informes remitidos por la Contraloría General de la República tendrán el carácter de investigaciónpreliminar. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR Presidente EDMUNDO PELAEZ BARDALES Vicepresidente EDWIN VEGAS GALLO Consejero ANIBAL TORRES VASQUEZ Consejero EFRAIN ANAYA CARDENAS Consejero MAXIMILIANO CÁRDENAS DÍAZ Consejero CARLOS MANSILLA GARDELLA Consejero JORGE MATIENZO LUJAN Secretario General 10115 J N E /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G45/G78/G74/G72/G61/G6E/G6A/G65/G72/G6F/G73/G20/G52/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN Nº 1155-2006-JNE Lima, 8 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de marzodel presente año, se ha convocado a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la República, para eldomingo 19 de noviembre del 2006; Que, según el artículo 194º de la Constitución Política, las Municipalidades Provinciales y Distritales son losórganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la estructura orgánica del gobierno local laconforman el Concejo Municipal como órgano normativoy fiscalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo, conlas funciones y atribuciones que les señala la ley; Que, los alcaldes y regidores son elegidos por sufragio directo, por un período de cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos; su mandato es revocable, conforme a ley, eirrenunciable, con excepción de los casos previstos enla Constitución; Que, los extranjeros mayores de 18 años, residentes por más de dos años continuos previos a la elección, están facultados para elegir y ser elegidos, excepto en las municipalidades de frontera, siempre y cuando esténdebidamente inscritos en el registro correspondiente;según lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley deElecciones Municipales Nº 26864; Que, a fin de garantizar los derechos políticos al sufragio activo y pasivo concedidos a los extranjeros residentes en el Perú respecto de las EleccionesMunicipales de Alcaldes y Regidores de los ConcejosProvinciales y Distritales de toda la Repúblicaconvocadas para el 19 noviembre del presente año,resulta necesario establecer mecanismos de organización y control para el registro y expedición de documentos especiales de acreditación electoral a favorde los extranjeros que deseen participar en las próximas elecciones municipales; Que, el Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Inscripción de Extranjeros Residentes en el Perú paralas Elecciones Municipales del año 2006; cuyo texto formaparte de la presente Resolución y que consta de 10(diez) artículos. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, de la OficinaNacional de Procesos Electorales y de los JuradosElectorales Especiales, la presente resolución, para losfines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.MENDOZA RAMÍREZ PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENASVELA MARQUILLOVELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ, Secretario General (e) REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN DE EXTRANJEROS RESIDENTES EN EL PERÚ PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES Artículo 1º.- De la naturaleza y finalidad: El presente Reglamento tiene por finalidad la organización del registro de extranjeros residentes en elPerú, el cual se denominará en adelante Registro Electoralde Extranjeros Residentes en el Perú, a fin de precisar y garantizar el ejercicio de sus derechos de participación política en las Elecciones Municipales de Alcaldes yRegidores de los Concejos Provinciales y Distritales detoda la República. Artículo 2º.- De los extranjeros: Se consideran extranjeros para efectos del presente Reglamento, aquellas personas residentes en el territoriode la República, nacidas dentro o fuera de él, que no sonperuanos por nacimiento, por naturalización o por opción,conforme con lo dispuesto por la Constitución Política,los Tratados Internacionales suscritos por el Estado y la Ley de Nacionalidad Nº 26574. Artículo 3º.- De la organización del Registro Electoral de Extranjeros. En el Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú pueden inscribirse de manera voluntaria y personal los extranjeros que residan en territorio peruano por lo menos dos años consecutivos. El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, tiene a su cargo la organización y custodia del RegistroElectoral de Extranjeros Residentes en el Perú, el cuales abierto cada vez que se convoque oficialmente a proceso de elecciones municipales, rigiendo únicamente durante el período electoral de las eleccionesconvocadas. La participación de extranjeros enposteriores procesos de elecciones municipales requierenecesariamente de una nueva inscripción en el Registro. El Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú contiene en su base de datos la siguiente información: 1. Código o número de identificación. 2. Fecha de inscripción y de caducidad de la inscripción. 3. Nombres y apellidos.4. Sexo.5. Lugar y fecha de nacimiento..6. Nacionalidad.