Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2006 (09/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano viernes 9 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

320831

Los informes remitidos por la Contraloria General de la Republica tendran el caracter de investigacion preliminar. Registrese, comuniquese y publiquese.

de los extranjeros que deseen participar en las proximas elecciones municipales; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente MORDAZA VEGAS GALLO Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero MORDAZA MORDAZA GARDELLA Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 10115

Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento de Inscripcion de Extranjeros Residentes en el Peru para las Elecciones Municipales del ano 2006; cuyo texto forma parte de la presente Resolucion y que consta de 10 (diez) articulos. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y de los Jurados Electorales Especiales, la presente resolucion, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e)

JNE
Aprueban Reglamento de Inscripcion de Extranjeros Residentes en el Peru para las Elecciones Municipales del ano 2006
RESOLUCION Nº 1155-2006-JNE MORDAZA, 8 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de marzo del presente ano, se ha convocado a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la Republica, para el MORDAZA 19 de noviembre del 2006; Que, segun el articulo 194º de la Constitucion Politica, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, la estructura organica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como organo normativo y fiscalizador y la Alcaldia como organo ejecutivo, con las funciones y atribuciones que les senala la ley; Que, los alcaldes y regidores son elegidos por sufragio directo, por un periodo de cuatro (4) anos, pudiendo ser reelegidos; su mandato es revocable, conforme a ley, e irrenunciable, con excepcion de los casos previstos en la Constitucion; Que, los extranjeros mayores de 18 anos, residentes por mas de dos anos continuos previos a la eleccion, estan facultados para elegir y ser elegidos, excepto en las municipalidades de frontera, siempre y cuando esten debidamente inscritos en el registro correspondiente; segun lo dispuesto por el articulo 7º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; Que, a fin de garantizar los derechos politicos al sufragio activo y pasivo concedidos a los extranjeros residentes en el Peru respecto de las Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la Republica convocadas para el 19 noviembre del presente ano, resulta necesario establecer mecanismos de organizacion y control para el registro y expedicion de documentos especiales de acreditacion electoral a favor

REGLAMENTO DE INSCRIPCION DE EXTRANJEROS RESIDENTES EN EL PERU PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES Articulo 1º.- De la naturaleza y finalidad: El presente Reglamento tiene por finalidad la organizacion del registro de extranjeros residentes en el Peru, el cual se denominara en adelante Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Peru, a fin de precisar y garantizar el ejercicio de sus derechos de participacion politica en las Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la Republica. Articulo 2º.- De los extranjeros: Se consideran extranjeros para efectos del presente Reglamento, aquellas personas residentes en el territorio de la Republica, nacidas dentro o fuera de el, que no son peruanos por nacimiento, por naturalizacion o por opcion, conforme con lo dispuesto por la Constitucion Politica, los Tratados Internacionales suscritos por el Estado y la Ley de Nacionalidad Nº 26574. Articulo 3º.- De la organizacion del Registro Electoral de Extranjeros. En el Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Peru pueden inscribirse de manera voluntaria y personal los extranjeros que residan en territorio peruano por lo menos dos anos consecutivos. El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, tiene a su cargo la organizacion y custodia del Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Peru, el cual es abierto cada vez que se convoque oficialmente a MORDAZA de elecciones municipales, rigiendo unicamente durante el periodo electoral de las elecciones convocadas. La participacion de extranjeros en posteriores procesos de elecciones municipales requiere necesariamente de una nueva inscripcion en el Registro. El Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Peru contiene en su base de datos la siguiente informacion: 1. Codigo o numero de identificacion. 2. Fecha de inscripcion y de caducidad de la inscripcion. 3. Nombres y apellidos. 4. Sexo. 5. Lugar y fecha de nacimiento.. 6. Nacionalidad.

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