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NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 16 de junio de 2006 321609REPUBLICADELPERU en los Artículos 152º, 153º, 167º, 174º y 175º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público Nº 276, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM; con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Desarrollo Económico; Gerencia General Regional; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2003-CR/RL y su modificatoria aprobada mediante Ordenanza Regional Nº 020-CR/GRL, de fecha 14 de diciembre del 2003; SE RESUELVE:Artículo 1º.- INSTAURAR PROCESO ADMINIS- TRATIVO DISCIPLINARIO, a los siguientes ex Funcionarios del ex CTAR Loreto y Funcionarios y ex Funcionarios del Gobierno Regional de Loreto: FIDEL AUGUSTO TORRES RAMIREZ - ex Presidente Ejecutivo, SANTOS INECIO RUBIÑOS RAGAS - ex Secretario Técnico, VICTOR RAUL GONZALES PORTAL - ex Secretario Técnico - ex Gerente Regional de Operaciones - ex Subgerente Regional de Operaciones, RONALD LUIS VALENCIA VALERIO - ex Gerente Regional de Asesoría Jurídica, JAVIER PORTOCARRERO MACEDO - ex Gerente Regional de Asesoría Jurídica, GUILLERMO NORONHA SALAZAR - ex Director Regional de Asesoría Jurídica, LUIS ALBERTO CARDENAS FERNANDEZ - ex Gerente Regional de Administración, MARIO E. VIZCARRA VILLAVICENCIO - ex Gerente Regional de Administración, GUILLERMO M. LOPEZ-HURTADO QUIROZ - ex Gerente Regional de Administración, JOSE LUIS ALEGRIA MENDEZ - ex Gerente Regional de Administración - ex Gerente Regional de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional, MANUEL GARCIA GUERRERO - ex Gerente Regional de Administración, JAIME JUAN SOLIS ROMERO - ex Gerente Regional de Administración, IBAN TORERO BRAMON - ex Gerente Regional de Administración, MIGUEL SEGOVIA VALER - ex Gerente Regional de Operaciones, CARLOS CASANOVA ASALDE - ex Gerente Regional de Operaciones, JAVIER CUADRAO LOZANO - ex Gerente Regional de Operaciones, JHONNY RODRIGUEZ ASTOCAZA - ex Subgerente Regional de Operaciones, PERCY OMAR FLORES RAZURI - ex Gerente Regional de Operaciones - ex Gerente Regional de Infraestructura, JUAN ROGELIO MARCOS FLORES - ex Subgerente Regional de Operaciones, RODOLFO LORENZO ALEGRIA RAMIREZ - ex Gerente Regional de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional, ABAD ALEJANDRO MIRANDA SANCHEZ - ex Gerente Regional de Promoción de Inversiones, EDINSON CARDENAS MENDOZA - Gerente Regional de Promoción de Inversiones, JOSE EDUARDO MOZZO RUIZ - ex Director de la Oficina Ejecutiva de Contabilidad, RUBEN MAFALDO RODRIGUEZ - ex Subgerente de Planificación Estratégica y Cooperación Técnica Internacional, PEDRO TORRES ROMAINA - ex Subgerente de Planificación Estratégica y Cooperación Técnica Internacional, FULVIO GOMEZ LLERENA - ex Jefe de la Oficina Ejecutiva de Logística y Control Patrimonial Interno, VICTOR BUSTAMANTE MENDOZA - ex Subgerente de Logística y RICHARD CASIS AGUILAR - ex Miembro del Comité Especial Permanente; en aplicación de lo establecido en el artículo 167º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; al haber incurrido en presunta NEGLIGENCIA E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- CONCEDER a los ex Funcionarios del ex CTAR Loreto y Funcionarios y ex Funcionarios del Gobierno Regional de Loreto, comprendidos en el artículo precedente, el plazo de CINCO (5) DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente de la fecha de su notificación personal de la presente resolución o publicación en el Diario Oficial El Peruano, a fin de que puedan ejercer el derecho de defensa que les asiste, adjuntando las pruebas que crean conveniente al pliego de descargo correspondiente. Artículo 3º.- NOTIFÍQUESE a los ex Funcionarios del ex CTAR Loreto y Funcionarios y ex Funcionariosdel Gobierno Regional de Loreto procesados, por medio de la Oficina de Administración Documentaría delGobierno Regional de Loreto, para el ejercicio de su defensa en el modo y forma que establece la Ley. Artículo 4º.- REMITIR, todo lo actuado a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Loreto, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 10563 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G79/G20/G43/G72/G6F/G6E/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61 /G64/G65/G6C/G20 /G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G37 ORDENANZA Nº 112-MDCH Chaclacayo, 7 de junio del 2006 El CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE CHACLACAYO VISTO: El informe Nº 001-2006/ETPP/MDCH, de fecha 30 de mayo del 2006, presentado por el coordinador del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo para el ejercicio 2007. CONSIDERANDO: Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del capítulo XIV del Título IV,sobre Descentralización, establece que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamenta la participación vecinal la ejecución anual bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su Título Preliminar Artículo I, establece que los Gobiernos Locales, son entidades básicas de laOrganización Territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos que institucionalizan y gestionan con autonomía los interesespropios de las correspondientes colectividades. Del mismo modo, su artículo IV señala que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuadaprestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Que, el artículo 53º del cuerpo de leyes acotado, preceptúa que las municipalidades se rigen por Presupuesto Participativos Anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de lamateria y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertado de su jurisdicción. Que la Ley Nº 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobados con Decreto Supremo Nº 171-2003-EF , definen y establecen pautas para la participación ciudadana en el proceso de tomade decisiones relativo a la asignación de los recursos públicos en los procesos de elaboración del Plan de Desarrollo Concertado y del Presupuesto Participativo. Que mediante Resolución Directoral Nº 011-2006 EF/ 76.01, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó el Instructivo Nº 001-2006-EF/76.01, “Instructivo para elProceso del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2007”, documento que establece lineamientos para que los Gobiernos Locales desarrollen articuladamente los