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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (16/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321602El Peruano viernes 16 de junio de 2006 3. La Comisión de Apoyo - Integrada por las Instituciones Públicas y Privadas que trabajan la Cadena de Lácteos. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico la reglamentación e implementación del Consejo Regional de Lácteos Ayacucho, en un plazo no mayor de 60 días hábiles depublicada la presente Ordenanza Regional que será aprobado mediante Decreto Regional. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.OMAR QUESADA MARTÍNEZ Presidente 10564 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73 /G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G79/G61/G63/G75/G63/G68/G6F/G20/G2D/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA REGIONAL Nº 015-06-GRA/CR Ayacucho, 8 de mayo del 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Aya- cucho en Sesión Ordinaria de fecha 24 de abril del 2006, trató el tema relacionado a la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Sededel Gobierno Regional de Ayacucho - 2006; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es misión delGobierno Regional organizar y conducir la gestión públi- ca regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticasnacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o de- rogar las normas que regulen o reglamenten los asuntosy materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, los literales a) y b) del artículo 4º de la Ley Nº 27902, Ley que modifica el artículo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, esta- blecen la concordancia de políticas y funciones del Go-bierno Regional y políticas sectoriales, asimismo señala las funciones del Gobierno Regional se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico, establecido por laConstitución Política del Perú, la Ley de Bases de Descen- tralización y demás leyes de la República; asimismo, seña- la que es función normativa y reguladora del GobiernoRegional la elaboración y aprobación de normas de alcan- ce regional y regulando los servicios de su competencia; Que, el inciso 38.1) del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General señala que la aprobación y difusión del Texto Único de Procedimien- tos Administrativos, se realiza por la norma de máximonivel de las autoridades regionales; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ysu modificatoria Ley Nº 27902, y la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; el Consejo Re- gional con el voto unánime de sus miembros aprobó lasiguiente Ordenanza Regional:Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Sede del GobiernoRegional de Ayacucho - 2006, que consta de cincuenta y tres (53) procedimientos administrativos, cuyo Anexo forma parte integrante de la presente OrdenanzaRegional. Artículo Segundo.- DÉJESE SIN EFECTO toda disposición que se oponga a la presente OrdenanzaRegional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional Ayacucho, la publicaciónde la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla.OMAR QUESADA MARTÍNEZ Presidente 10565 /G53/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G6C/G6F/G72/GED/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G45/G78/G61/G6D/G65/G6E/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G61/G20/G74/G6F/G64/G6F/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 026-06-GRA/CR Ayacucho, 28 de abril del 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO:El Consejo Regional de Ayacucho en Sesión Ordina- ria de fecha 24 de abril del 2006, trató el tema relaciona-do a la Ejecución de un Examen Especial por la Contra- loría General de la República; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es misión del Go- bierno Regional organizar y conducir la gestión públicaregional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollointegral y sostenible de la región; Que, el inciso 2) del artículo 8º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece comoprincipio rector de las políticas y gestión regional la trans- parencia de los planes, presupuestos, objetivos, metas y resultados del Gobierno Regional que serán difundi-dos a la población; Que, el literal f) del artículo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que escompetencia constitucional del Gobierno Regional, dic- tar normas inherentes a la gestión regional; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o de- rogar las normas que regulen o reglamenten los asuntosy materias de competencia y funciones del Gobierno Re- gional; asimismo el literal k) del mismo cuerpo legal, seña- la que es atribución del Consejo Regional, fiscalizar lagestión y conducta pública de los funcionarios del Gobier- no Regional, y dentro de ello, llevar a cabo investigacio- nes sobre cualquier asunto de interés público regional; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órga-no sobre asuntos internos del Consejo Regional de inte- rés público, ciudadano o institucional o declara la volun- tad de practicar un determinado acto o sujetarse a unaconducta o norma institucional; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y