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NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 22 de junio de 2006 322173REPUBLICADELPERU I. NATURALEZA JURÍDICA DEL COMISO DE BIENES El comiso, de acuerdo a la doctrina más especializada en la materia, supone la privación coactiva de algunos bienes de propiedad privada en razón de la seguridad, salubridad pública o protección al consumidor. En esesentido, se manifiesta Roberto Dromi, especialista en derecho administrativo, al señalar que el comiso: “ Es la privación coactiva de los bienes privados por razones de interés público. (...) El decomiso [entiéndase comiso] , como instituto de derecho público, no tiene por finalidad esencial afectar la cosa decomisada a uso público. (...) En ese sentido el comiso es la pérdida definitiva de un bien, sin indemnización, por razones de seguridad, moralidad o salubridad públicas. No implica indemnización, porque en estos casos la propiedad privada no se toma para uso público, y además tal derecho no se halla en Estado legal. El decomiso traduce una limitación a la propiedad privada en interés público que se hace efectiva como medida de policía de la propiedad, con forma jurídica de sanción judicial (penal) o administrativa (policial o contravencional), principal o accesoria, o como medida administrativa de prevención (destrucción de edificios, muros, etc.), por violación de disposiciones reglamentarias, o por razones de seguridad ”1. A diferencia de otras figuras jurídicas restrictivas del derecho de propiedad, tales como la expropiación, laconfiscación, requisitoria, servidumbres a favor del Estado, los bienes producto del comiso no se destinan necesariamente al uso público, motivo por el cual, lalimitación al derecho de propiedad no da lugar a una indemnización o resarcimiento por parte del Estado. Sobre el particular, Benjamín Villegas ha señalado que, adiferencia de la expropiación, la requisitoria y el uso temporal de inmuebles, en el comiso, las limitaciones al libre ejercicio de la propiedad privada tienen por objeto lareglamentación de su uso o disposición por motivos de seguridad o salubridad pública; es decir, por razones de policía propiamente dicha 2. En ese sentido, de acuerdo a Freund, la continuación de un negocio establecido puede ser prohibida sin indemnización, si el interés de la salud, de la seguridad ola moral hace deseable su supresión, aunque los bienes materia del negocio no sea nociva per se , la disposición de los bienes en tales condiciones puede ser prohibida3. De acuerdo a lo expuesto, el comiso implica la pérdida definitiva de una cosa mueble, no por la utilidad pública que el Estado pueda darle a dichos bienes, como ocurriríaen el caso de la expropiación, sino para mantener el orden jurídico - social, inicialmente perturbado por aquellas conductas prohibidas en razón de la seguridad,salubridad pública y/o protección al consumidor. Con relación a la tenencia, almacenamiento o posesión de bienes que por su naturaleza constituyan un peligropara la seguridad pública, Marienhoff, ha señalado que: “ Nadie tiene el derecho de poseer cosas nocivas o peligrosas para los demás, o que afecten la moralidad, pues su derecho de propiedad no se extiende a eso. (...) En tales supuestos, la garantía constitucional a la propiedad no ejerce su imperio, pues las cosas que se encuentran en esas condiciones no se reputan en Estado legal según la feliz expresión de Freund: están al margen y fuera de la protección del derecho ”4. En virtud de todo lo expuesto, no queda más que afirmar, que el comiso de hidrocarburos y los implementos para su comercialización no constituye, per se , violación al derecho a la propiedad privada consagrado en nuestra Constitución. Elsustento de tal afirmación se encuentra en la ilegalidad de las actividades desarrolladas por los particulares que ponen en riesgo la seguridad pública, por lo que, en tal situación el comisode los referidos bienes no constituye ninguna afectación al derecho de propiedad, toda vez que la ley no protege la tenencia de bienes obtenidos con fines ilícitos. II. PRINCIPALES CAUSAS DE LA FALTA DE SEGURIDAD PÚBLICA El OSINERG, en ejercicio de las facultades de fiscalización y sanción señaladas anteriormente, havenido realizando denodados esfuerzos a fin de erradicar las prácticas violatorias de las normas que regulan las actividades de hidrocarburos, en particular aquellas que ponen en riesgo la seguridad pública. Sin embargo, dichosesfuerzos han resultado insuficientes en cuanto a represión de la comercialización informal de hidrocarburos se trata. Las dificultades más frecuentesque ha enfrentando el OSINERG a fin de erradicar las conductas antijurídicas, pueden resumirse, básicamente en: (i) Dificultades para identificar plenamente al sujetoresponsable de la comisión de la infracción y, de otro lado, (ii) Reincidencia en la comisión de las conductas sancionables. La falta de plena identificación del sujeto se traduce en la imposibilidad de iniciar un procedimiento sancionador, lo que a su vez, supone que las conductasconstitutivas de infracción queden virtualmente impunes. Sin embargo, el aspecto más alarmante de la falta de identificación del sujeto infractor no se centra en laimpunidad del mismo, sino en la imposibilidad material de evitar, vía sanción, el inminente peligro que representa para las zonas adyacentes en donde se desarrolla laconducta ilícita. Ello, además de burlar el objetivo de las sanciones - el efecto punitivo y disuasivo del mismo-, pone en graveriesgo la vida o la salud de las personas que viven en las zonas aledañas a los establecimientos en donde se ejecuta la conducta sancionable, situación que, pese alos esfuerzos desplegados por este Organismo Supervisor, no ha podido ser controlada mediante los procedimientos que viene aplicando actualmente, conlas consecuencias adversas que se señalaran. Del mismo modo, OSINERG ha detectado que el problema en la falta de identificación del infractor sepresenta con mayor frecuencia en la comercialización informal de hidrocarburos. Sin embargo, aún en los supuestos que se ha logrado identificar plenamente alresponsable, este Organismo Supervisor ha verificado la existencia de una serie de dificultades relacionadas con la ejecución coactiva de las multas impuestas en elrespectivo procedimiento sancionador. En la práctica, ello ha traído como consecuencia que las sanciones impuestas carezcan del efecto disuasivo indispensablepara evitar que la conducta antijurídica se repita, de manera que los infractores terminan asumiendo las sanciones como parte de sus costos por lacomercialización informal de hidrocarburos o comercialización de productos adulterados. Nuevamente, al igual que en la falta de identificación, el aspecto más inquietante de la reincidencia en la comisión de la infracción o la imposibilidad material de ejecutar la sanción, es la falta de seguridad pública queno ha podido ser controlada mediante los mecanismos de represión actualmente utilizados por el OSINERG. En atención a lo expuesto, resulta evidente la necesidad de elaborar un nuevo instrumento jurídico que permita al OSINERG velar por el efectivo cumplimiento de sus objetivos, particularmente, la seguridad pública. III. EL COMISO DE BIENES COMO LA MEDIDA IDÓNEA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOSOBJETIVOS DE OSINERG Teniendo en consideración lo expuesto en el acápite anterior, resulta evidente que este Organismo Supervisor requiere con suma urgencia la emisión de un instrumento legal que le permita cumplir efectivamente con su funciónsancionadora por el incumplimiento de las normas técnicas y legales en los subsectores de electricidad e hidrocarburos. Luego de evaluar una serie de posibilidades, y considerando las dificultades que se presentan durante la etapa de fiscalización o instrucción del procedimiento 1DROMI, Roberto. Derecho Administrativo. Buenos Aires, 1996. Ediciones Ciudad Argentina, página 619. 2VILLEGAS BASAVILBASO, Benjamín. Derecho Administrativo. Buenos Aires, 1949-1954. Editora Argentina. Volumen VI, página 520. 3Citado por VILLEGAS BASAVILBASO, Benjamín. Op. Cit. página 521. 4Citado por OSSA ARBELÁEZ, Jaime. En: Derecho Administrativo Sancionador. Colombia, 2000. Legis Editores S.A. página 574.