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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2006 (02/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 77

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G35/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 2 de marzo de 2006 VISTO: El Memorando Nº 65-2006/ADF/PROINVERSIÓN de la Oficina de Administración y Finanzas en el cual sesolicita la incorporación de mayores ingresos para laconstitución del Fideicomiso del Programa Social La Granja; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 010-2006-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2006, del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, porla suma de SESENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOSCUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS Y 00/100NUEVOS SOLES (S/. 63 547 600.00), a favor del Pliego Agencia de Promoción de la Inversión Privada, integrantes del Gobierno Central; Que, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 010-2006-EF, mediante Resolución del Director Ejecutivo Nº 012-2006, se aprobó la desagregación de los recursos habilitados señaladosen el considerando precedente; Que, en Sesión Nº 324 del 7 de febrero de 2006, se aprobó el acuerdo Nº 324-04-2006-Minería del Comité de PROINVERSIÓN en Activos, Proyectos y Empresasdel Estado, con relación al Contrato de Transferencia delProyecto La Granja, el mismo que establece en su punto1 destinar UN MILLÓN Q UINIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 1 500 000.00) al Fideicomiso del Programa Social de La Granja, aprobado por el Consejo Directivo de Proinversion en sesión del16 de enero de 2006; Que por Resolución Ministerial Nº 490-2004-EF/10 se ha designado a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN para que en representacióndel Estado Peruano participe como fideicomitente en losfideicomisos constituidos bajo el marco de la LeyNº 28401, cuyo reglamento aprobado con DecretoSupremo Nº 141-2004-EF establece que los recursos que se destinen para la constitución de los fideicomisos se incorporan en el presupuesto de PROINVERSIÓN enla fuente de financiamiento 13 - Donaciones yTransferencias y que el registro de la transferencia serealice en el Grupo Genérico de Gasto 7. Gastos deCapital; Que, según el inciso a) del numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley Nº 28411 - Ley General del SistemaNacional de Presupuesto, dispone que la incorporaciónde mayores fondos públicos provenientes de la Fuentes de Financiamiento distintas a Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito que serealicen durante el Año Fiscal, son aprobadas medianteResolución del Titular; Que, en consecuencia es necesario incorporar en la Fuente de Financiamiento 13 - Donaciones yTransferencias del Pliego 055 Agencia de Promociónde la Inversión Privada para el Año Fiscal 2006, lasuma de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL Y 00/100DOLARES AMERICANOS (US$ 1 500 000.00), equivalentes a CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOSSOLES (S/. 4 960 500,00), a fin que se constituya elFideicomiso referido en el tercer considerando; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 141-2004-EF; inciso a) del numeral42.1 del artículo 42º de la Ley Nº 28411 - Ley General delSistema Nacional de Presupuesto; Ley Nº 28652 LeyNº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2006; artículo 20º de la Directiva Nº 001- 2006-EF/76.01 para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal2006 aprobada con Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01; y, Estando a lo informado por la Oficina de Administración y Finanzas de la Agencia de Promociónde la Inversión Privada;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 055 Agenciade Promoción de la Inversión Privada para el Año Fiscal 2006, hasta por la suma de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 960 500,00), de acuerdo al siguiente detalle: (EN NUEVOS SOLES) INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 13 : Donaciones y Transferencias 3.0.0 : Tr ansferencias 3.1.0 : Tr ansferencias 3.1.4 : Otros 3.1.4.99 : Otros 4 960 500,00 TOTAL INGRESOS: 4 960 500,00 EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRALPLIEGO 055 : Agencia de Promoción de la Inversión Privada UNIDAD EJECUTORA 001 : Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN FUNCIÓN 03 : Administración y Planeamiento PROGRAMA 006 : Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA 0005 : Supervisión y Coordinación Superior PROYECTO 2.00396 : Ges tión Administrativa 6. GASTOS DE CAPITAL 7. Otros Gastos de Capital 4 960 500,00 TOTAL EGRESOS 4 960 500,00 Artículo 2º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, solicitará a la Dirección Nacional de Presupuesto Públicos las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 3º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, instruye a la(s) Unidad(es) Ejecutora(s) para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el artículo 23º numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Regístrese y comuníquese.RENE CORNEJO DIAZ Director Ejecutivo 03766 SUNARP /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G62/G72/G69/G6E/G64/G61/G72 /G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G65/G73 /G64/G65/G20/G54/G72/G75/G6A/G69/G6C/G6C/G6F/G2C/G20/G43/G68/G65/G70/GE9/G6E/G2C/G20/G53/G61/G6E/G20/G50/G65/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G6C/G6F/G63/G2C /G4F/G74/G75/G7A/G63/G6F/G20/G79/G20/G53/GE1/G6E/G63/G68/G65/G7A/G20/G43/G61/G72/G72/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G56/G20/G2D/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G54/G72/G75/G6A/G69/G6C/G6C/G6F RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 022-2006-SUNARP/GG Lima, 27 de febrero de 2006 VISTO el Oficio Nº 127-2006-Z.R.NºV/JEF, de fecha 10 de febrero de 2006, remitido por el Jefe de la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada con fecha