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PÆg. 314524 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de marzo de 2006 Consecuentemente, regularícese el contrato de Locación de Servicios entre el GOREMAD y la UNI. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil seis. JOSE DE LA ROSA DEL MAESTRO RIOS Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios 04440 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN Aprueban Lineamientos de Política a Nivel Regional de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de San Martín ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2006-GRSM/CR Moyobamba, 15 de febrero de 2006 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional delCapítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización -Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización -Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales -LeyNº 27867 modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, aprobado medianteOrdenanza Regional Nº 002-2003-GRSMCR de fecha 31 de marzo de 2003, y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley de Bases de la Descentralización -Ley Nº 27783, establece que la presente Ley Orgánica desarrolla el Capítulo de laConstitución Política sobre Descentralización, que regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada,correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regulan la descentralizaciónadministrativa, económica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, de conformidad en lo dispuesto por el artículo 2º del Título I de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, dispone que los Gobiernos Regionales emanande la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia,constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal; Que, la Cuarta Disposición Transitoria del artículo 8º de la Ley Nº 27902 - Ley que modifica la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, establece los Planes Anuales de Transferencia deCompetencias Sectoriales, en lo que se refiere a los Gobiernos Regionales, contendrán cronogramas detallados de la transferencia hacia los GobiernosRegionales; Que, el artículo 2º de la Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales -Ley Nº 28273, establece que el Sistema deAcreditación comprende la capacitación, asistencia técnica y el conjunto de criterios, instrumentos,procedimientos y normas necesarias para determinar la capacidad de gestión de los Gobiernos Regionales y Locales, para recibir y ejercer las funciones materiade transferencia; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 038-2004- PCM, aprueba el Plan Anual de Transferencia deCompetencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2004; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 038-2004- PCM, establece que el Consejo Nacional de Descentralización, en su condición de organismo que dirige y conduce el proceso de las descentralización,así como responsable de normar y monitorear las acciones y transferencias señaladas en cada una de las etapas de dicho proceso; Que, el inciso i) del numeral 21.1 del artículo 21º del Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, dispone que los requisitos generales que los Gobiernos Regionales yLocales deben cumplir para poder certificar su acreditación entre otros, son los Lineamientos de Políticas Sectoriales Regionales aprobados por losrespectivos Consejos Regionales, Cuadro de Asignación de Personal, Presupuesto Analítico de Personal, Reglamento y Manuales de Organización y Funciones,desarrollados de acuerdo a las funciones solicitadas y aprobados conforme a Ley; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada en el Complejo Recreacional "Laguna Venecia"- Tarapoto, el día 7 de febrero del 2006, aprobó por unanimidad lasiguiente Ordenanza Regional: POR TANTO: Artículo Primero.- Aprobar los Lineamientos de Política a nivel Regional de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de San Martín, cuyos anexos forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Abg. Ronald Vásquez Velásquez, Secretario del Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario encargadode las Publicaciones, disponiendo su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional. Regístrese, publíquese y archívase. JULIO CÁRDENAS SÁNCHEZ Presidente Regional 04431 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 118 Fe de Erratas de la Resolución de Concejo Nº 118, publicada en la edición del 3 de marzo de 2006. En el Artículo TerceroDICE: PASAJES VIATICOS NUMERO TOTAL DE T ARIFA DE US$ POR DIA DE DIAS VIATICOS AEROPUERTO US$ US$ US$ Dr. Luis Castañeda Lossio 1,000.00 220.00 4 880.00 ————- Dr. Hugo Guerra Arteaga 2,200.00 220.00 2 880.00 28.24