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PÆg. 314526 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de marzo de 2006 Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia de ServiciosSociales y Gerencia de Seguridad Ciudadana. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 04432 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Aprueban Ordenanza que reglamenta las Juntas Vecinales del distrito de Los Olivos ORDENANZA Nº 235-CDLO Los Olivos, 24 de febrero de 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 001-2006-MDLO/CPPC de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 197º de la Constitución Política del Perú, contempla que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo Local. Asimismo brindan servicios de seguridadciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional del Perú, conforme a Ley; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo 116º contempla en materia de Juntas Vecinales que los Concejos Municipales, a propuesta del Alcalde, de los Regidores o a petición delos vecinos constituyen Juntas Vecinales, mediante Convocatoria Pública a Elecciones, precisando la norma que corresponde al Concejo Municipal aprobar elReglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales, donde se determinan y precisan las normas generales a que deberán someterse. Que, la norma acotada en su Artículo 109º establece que el delegado vecinal comunal es elegido, en forma directa, por los vecinos del área urbana o rural a la querepresentan, acotando el artículo 110º que la constitución y delimitación de las Juntas Vecinales Comunales, el número de sus delegados, así como la forma de suelección serán establecidos mediante Ordenanza de la respectiva municipalidad distrital; Que, es loable los alcances proporcionados por dirigentes y pobladores para que se concrete la presente Ordenanza regulando las Juntas Vecinales en nuestro distrito; Que, conforme a las normas acotadas y acorde con el espíritu participacionista de este gobierno municipal se hace necesario regular las Juntas Vecinales del distritoasí como su conformación, derechos y atribuciones; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de laLey Nº 27972 - Ley Orgánica de las Municipalidades, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta y por unanimidad, el Concejo Distrital de Los Olivos aprobó losiguiente: ORDENANZA Nº 235-CDLO QUE REGLAMENTA LAS JUNTAS VECINALES DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que reglamenta las Juntas Vecinales del distrito de Los Olivos, la misma que consta de 11 Capítulos, 46 Artículos, 5 Disposiciones Transitorias y 1 Disposición Final. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Despacho de ALCALDÍA para que mediante Decreto dicte lasdisposiciones complementarias necesarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento en la presente a la GERENCIA MUNICIPAL y a la OFICINA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, así como la difusióna la SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL. Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde ORDENANZA QUE REGLAMENTA LAS JUNTAS VECINALES DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- OBJETIVOS La presente ordenanza tiene como objeto establecer las normas que regulen la organización, funciones yelección de las juntas vecinales del distrito de los Olivos, tal como lo dispone el Art. 116º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y al amparo de lo dispuestoen el Artículo 197º de la Constitución Política del Perú. Artículo 2º.- FINALIDAD Propiciar la participación organizada de la población, en la gestión municipal en el marco del plan de desarrollo distrital. Asimismo, establecer, uniformizar la participacióny gestión vecinal en la localidad, promover la ejecución de acciones coordinadas para la defensa civil, seguridad ciudadana y prestación de servicios locales. Artículo 3º.- BASE LEGAL - Constitución Política del Perú, del 30 de diciembre de 1993 - Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, del 27 de mayo de 2003 Artículo 4º.- DEFINICIONESa)Juntas Vecinales.- Son organizaciones sociales constituidas a lo largo de los diferentes zonas del ámbitodistrital e integradas por vecinos y vecinas elegidos con el propósito de liderar la participación de los residentes de su zona buscando la mejora de los servicios públicoslocales, el cumplimiento de las normas municipales, la supervisión en la ejecución de las obras municipales y otras funciones que se indiquen en la presente ordenanza,coadyuvando a la eficiencia de la gestión municipal y al fortalecimiento del desarrollo local de manera conjunta y organizada con la municipalidad. Las Juntas Vecinalespor la naturaleza misma de sus funciones de participación organizada de la población olivense, no son organizaciones políticas, en consecuencia están exentasde cualquier participación partidaria. b)Junta De Delegados Vecinales del distrito.- Es el órgano de coordinación integrado por las 12 (doce)Delegados Vecinales Zonales representado por los presidentes de las Juntas Vecinales correspondientes a las 12 zonas en los cuales ha sido divididogeográficamente el distrito. c)Delegado Vecinal Zonal.- Es el presidente de la Junta Vecinal Zonal elegido en forma directa entre losdelegados Sub Zonales de cada uno de los 12 Zonas conjuntamente con los demás cargos de la junta directiva Vecinal Zonal. Tiene como función representar a su Zonaante la Junta de Delegados Vecinales del distrito y de velar por el cumplimiento de los acuerdos que se adopten en ella. d)Delegado Vecinal Sub Zonal. - Es aquella persona elegida en forma directa por los vecinos pertenecientes a cada una de las Sub Zonas deldistrito. Sólo se elegirá un Delegado Vecinal por cada Sub Zona y tiene como función representar a su comunidad ante la Junta Vecinal Zonal por el períodode un (1) año. La cantidad de Sub Zonas por cada uno de las 12 (doce) Zonas distritales está determinada en el anexo Nº 1.