TEXTO PAGINA: 9
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G35/G31/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 21 de marzo de 2006 De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793, en el Decreto Supremo Nº 009-2005-MIMDES, en elReglamento de Organización y Funciones del Ministerio dela Mujer y Desarrollo Social - MIMDES aprobado por DecretoSupremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar, como Representantes Titular y Alterno del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -MIMDES, ante la Comisión Multisectorial encargada delseguimiento del Plan Nacional de Igualdad deOportunidades para Mujeres y Varones 2006 - 2010,constituida por Resolución Ministerial Nº 022-2006-PCM, alos funcionarios que se detallan a continuación: - El(la) Viceministro(a) de la Mujer, como Representante Titular; y, - El(la) Director(a) General de la Dirección General de la Mujer, como Representante Alterno. Artículo 2º.- Notificar la presente Resolución a la Comisión Multisectorial constituida mediante ResoluciónMinisterial Nº 022-2006-PCM, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 05158 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G78/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65 /G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G65/G78/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F /G64/G65/G6C/G20/G50/G52/G4F/G4E/G41/G41/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 179-2006-MIMDES Lima, 20 de marzo de 2006Vistos, el Memorando Nº 757-2005-MIMDES/SG de la Secretaria General del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial y el Oficio Nº 1230-2005-PRONAA/DE de la DirectoraEjecutiva del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria- PRONAA; CONSIDERANDO:Que, en la Observación Nº 18 del Informe Nº 208-2003- CG/SSO "Examen Especial al Programa Nacional deAsistencia Alimentaria - PRONAA" (Período 1999 - Setiembre2002) emitido por la Contraloría General de la República, sedeterminó la responsabilidad administrativa con implicanciaeconómica del ex Director Ejecutivo y ex Jefe de la Oficina deAdministración del PRONAA respectivamente, por no haberdispuesto las medidas correctivas correspondientes quehubieran profundizado la revisión de los hechos relacionadosa la carencia de título profesional de la señora Gladys PachecoHuamán, y así evitar su contratación posterior en el cargo de"Coordinadora en Programas Alimenticios" del PRONAA, locual ocasionó un perjuicio económico a dicha Institución, porlos pagos realizados a la citada ex trabajadora por conceptosde remuneraciones y viáticos durante el período comprendidoentre febrero a diciembre del año 2002, por un monto deS/. 35,818.83 (Treinta y Cinco Mil Ochocientos Dieciocho y83/100 Nuevos Soles); Que, asimismo en la Recomendación Nº 05 del citado Informe Nº 208-2003-CG/SSO, se estableció, disponer lasacciones inmediatas orientadas a la recuperación económicadel monto ascendente a S/. 35, 818.83 (Treinta y Cinco MilOchocientos Dieciocho y 83/100 Nuevos Soles), por lospagos de remuneraciones y viáticos efectuados a lamencionada señora Pacheco, conceptos que nocorrespondían desembolsar teniendo en cuenta que nocontaba con título profesional para acceder al cargo de"Coordinadora en Programas Alimenticios", requisito exigidopor el Manual de Organización y Funciones del PRONAA; Que, mediante Cartas Notariales de fecha 19 de febrero de 2004, notificadas al ex Jefe de la Oficina deAdministración y ex Director Ejecutivo del PRONAA, confechas 26 de febrero y 25 de marzo del 2004, respectivamente, se les puso en conocimiento el InformeNº 208-2003-CG/SSO, requiriéndoles que en el plazo dediez (10) días hábiles, procedan a la devolución del importede S/. 35,818.83 (Treinta y Cinco Mil Ochocientos Dieciochoy 83/100 Nuevos Soles), bajo apercibimiento de iniciar lasacciones legales correspondientes; Que, los ex funcionarios mencionados en el considerando precedente, hasta la fecha no han cumplido con restituir elmonto de S/. 35,818.83 (Treinta y Cinco Mil OchocientosDieciocho y 83/100 Nuevos Soles), pese a los requerimientosefectuados mediante Carta Notarial, por lo que para efectosde conseguir el resarcimiento del perjuicio económicoocasionado al PRONAA, con arreglo a lo dispuesto por elartículo 1321º del Código Civil, es necesario autorizar alProcurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, paraque en representación de los intereses del Estado, inicie eimpulse las acciones judiciales que correspondan contra losex funcionarios señalados en los considerandos precedentesy contra los que resulten responsables; Con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MIMDES, contenida en el InformeNº 344-2006-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley deOrganización y Funciones del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social, el Reglamento de Organización yFunciones del MIMDES aprobado por Decreto SupremoNº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley deRepresentación y Defensa del Estado en asuntos judiciales,modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial - MIMDES, para que en representación y defensa delos intereses del Estado inicie e impulse las acciones judicialescorrespondientes contra el ex Jefe de la Oficina deAdministración y el ex Director Ejecutivo del PRONAA,comprendidos en la observación Nº 18 del Informe Nº 208-2003-CG/SSO "Examen Especial al Programa Nacional deAsistencia Alimentaria - PRONAA" (Período 1999 - Set. 2002)de la Contraloría General de la República y contra aquellosque resulten responsables, conforme a los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Públicoencargado de los asuntos judiciales del Ministerio de laMujer y Desarrollo Social para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 05159 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 180-2006-MIMDES Lima, 20 de marzo de 2006 Vistos, el Memorándum Nº 024-2006-MIMDES-DM de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y el MemorandoNº 058-2006-MIMDES/SG de la Secretaria General delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Especial Nº 014-2005-2-3901- MIMDES/ OCI "Examen Especial a las Subvenciones SocialesOtorgadas por la Gerencia de Gestión Administrativa del exMinisterio de Promoción de la Mujer y Desarrollo Humano -PROMUDEH - Durante el período 2001 y 2002", emitido porla Oficina de Control Institucional del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social - MIMDES, se constató que en los períodos2001 y 2002 se otorgaron subvenciones sociales a 50beneficiarios (personas en riesgos, enfermas y/o de pobreza