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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2006 (21/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G35/G31/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 21 de marzo de 2006 Berlín, se observa que la Cruz Roja Alemana, ha efectuado una donación a favor de la CRUZ ROJA ALEMANA; Que, los bienes donados consisten en 1,572 bultos conteniendo 15 camas de asistencia/cuidados, 27 mesitasde noche, 30 sacos con 25 frazadas de Lufthansa c/u y1,500 sacos de dormir; con un peso bruto de 4,945.00kilogramos y un valor FOB de 4,500.00 (Cuatro mil quinientos y 00/100 Euros), enviados en un contenedorNº AWSU 4941534 Estas donaciones son para ayudahumanitaria para ser distribuidas en los programas decarácter asistencial para la población de extrema pobreza; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad deaprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectación deIGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX,ONGD e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por la Cruz RojaAlemana a favor de la CRUZ ROJA ALEMANA;De conformidad con lo dispuesto en el Decreto SupremoNº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto SupremoNº 041-2004-EF y la Resolución Suprema N° 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo(ISC) correspondiente a la donación efectuada por la CruzRoja Alemana a favor de la CRUZ ROJA ALEMANA, queconsiste en 1,572 bultos conteniendo 15 camas deasistencia/cuidados, 27 mesitas de noche, 30 sacos con25 frazadas de Lufthansa c/u y 1,500 sacos de dormir; conun peso bruto de 4,945.00 kilogramos y un valor FOB de 4,500.00 (Cuatro mil quinientos y 00/100 Euros) enviados en un contenedor Nº AWSU 4941534. Estas donacionesson para ayuda humanitaria para ser distribuidas en losprogramas de carácter asistencial para la población deextrema pobreza. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la SuperintendenciaNacional de Administración Tributaria -SUNA T y al interesado,para los efectos a que se contrae el Decreto SupremoNº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 05072 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0328-2006-RE Lima, 14 de marzo de 2006 Visto los expedientes Nº 299-2006 Y Nº 924-2006, presentado por la CRUZ ROJA ALEMANA, mediante elcual solicitan la inafectación del Impuesto General a lasVentas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)respecto a la donación recibida de la Cruz Roja Alemana,con sede en la ciudad de Berlín, Alemania; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto Generala las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC,aprobado por Decreto Supremo N° 055-99-EF y normasmodificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC,entre otros, las donaciones que se realicen a favor de lasEntidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación TécnicaInternacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentalesde Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo laAgencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), ysiempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sectorcorrespondiente; Que, la CRUZ ROJA ALEMANA se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucroreceptoras de donaciones de carácter asistencial oeducacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruanade Cooperación Internacional - APCI, de conformidad conla Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación,internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por DecretoSupremo N° 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación Nº SA 224/ Perú de fecha 23 de febrero de 2004, legalizado por laSección Consular de la Embajada del Perú en la ciudad deBerlín, se observa que la Cruz Roja Alemana, ha efectuadouna donación a favor de la CRUZ ROJA ALEMANA; Que, los bienes donados consisten en 5,173 bultos conteniendo 600 frazadas de Lufthansa, 840 sacos dedormir, 01 paleta con refacciones para camiones de socorro,01 cocina de campo individual, 05 llantas Unimog, 01 cajade herramientas p/mecánica, 10 planchas de soporte paragato hidráulico, 3,726 vasos de vidrio para comedor en 69cajas, 03 cajas con material de capacitación y documentosvarios, 01 saco/mochila con ropa de hombre y 01 aparatopara hacer ejercicios; con un peso bruto manifestado de2,980.00 kilos y un peso bruto recibido de 3,110.00 kilos,según Declaración Única de Aduanas N° 118-2004-10-041316-01-2-00 de fecha 12-Abr-04 y Volante N° 034658de fecha 06-Abr-04, y un valor FOB de 14,455.00 (Catorce mil cuatrocientos cincuentaicinco y 00/100 Euros), enviadosen un contenedor N° SUDU 3775794. Estas donacionesson para ayuda humanitaria para ser distribuidas en losprogramas de carácter asistencial para la población deextrema pobreza, y Hospital San José de Ventanilla; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultadde aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD e IPREDA, a que se refiere el primerconsiderando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por la Cruz RojaAlemana a favor de la CRUZ ROJA ALEMANA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto SupremoNº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo(ISC) correspondiente a la donación efectuada por la CruzRoja Alemana a favor de la CRUZ ROJA ALEMANA, queconsiste en 5,173 bultos conteniendo 600 frazadas deLufthansa, 840 sacos de dormir, 01 paleta con refaccionespara camiones de socorro, 01 cocina de campo individual,05 llantas Unimog, 01 caja de herramientas p/mecánica,10 planchas de soporte para gato hidráulico, 3,726 vasosde vidrio para comedor en 69 cajas, 03 cajas con materialde capacitación y documentos varios, 01 saco/mochila conropa de hombre y 01 aparato para hacer ejercicios; con unpeso bruto manifestado de 2,980.00 kilos y un peso brutorecibido de 3,110.00 kilos, según Declaración Única deAduanas Nº 118-2004-10-041316-01-2-00 de fecha 12-Abr-04 y Volante Nº 034658 de fecha 06-Abr-04, y un valorFOB de 14,455.00 (Catorce mil cuatrocientos cincuentaicinco y 00/100 Euros), enviados en un contenedorNº SUDU 3775794. Estas donaciones son para ayudahumanitaria para ser distribuidas en los programas decarácter asistencial para la población de extrema pobreza,y Hospital San José de Ventanilla. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la SuperintendenciaNacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado,para los efectos a que se contrae el Decreto SupremoNº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 05073 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F /G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G70/G65/G72/G75/G61/G6E/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G58/G58/G56/G49/G20/G46/G65/G72/G69/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G4C/G69/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G74/G69/G61/G67/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0330-2006-RE Lima, 15 de marzo de 2006