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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G35/G31/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 21 de marzo de 2006 Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocióndel Empleo, el inciso d) del artículo 12º del Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo, aprobado por Resolución MinisterialNº 173-2002-TR, y la Tercera Disposición Final de la LeyNº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el añofiscal 2006, que modifica el artículo 75º de la Ley Nº 28411; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano "ATrabajar Urbano" por un monto total de S/. 20,508.67(Veinte Mil Quinientos Ocho y 67/100 Nuevos Soles) segúnel detalle señalado en el anexo que forma parte integrantede la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar al funcionario a cargo de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promocióndel Empleo, el trámite para la publicación de la presenteresolución en el Diario Oficial El Peruano, a efecto de darcumplimiento a lo dispuesto en el numeral 75.4 del artículo75º Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley dePresupuesto del Sector Público para el año fiscal 2006,que modifica el artículo 75º de la Ley Nº 28411. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALMERÍ VERAMENDI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 05151 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 235-2006-MTC/02 Lima, 20 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, que modifica el inciso j)del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2006, los viajes al exteriorde funcionarios y servidores públicos quedan prohibidos,exceptuándose a los altos funcionarios y autoridades delEstado a que se refiere la Ley Nº 28212 y los Titulares delPliego, asimismo los destinados al desarrollo de funcionesen el marco de las negociaciones orientadas a la suscripciónde los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones depromoción y/o negociación económica comercial deimportancia para el Perú y los que resulten indispensablespara asegurar el cumplimiento de los objetivos y metasfijados para el ejercicio del año 2006, los que seránaprobados conforme al procedimiento establecido por laLey Nº 27619, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materiade Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de lasoperaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normastécnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normastécnicas vigentes y poder mantener la calificación otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional,debe efectuar la atención de las solicitudes de serviciosdescritas en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de Transportes yComunicaciones, en concordancia con sus facultades desupervisión e inspección de todas las actividadesaeronáuticas civiles; Que, la empresa Aero Condor S.A.C., con Carta GO- 059E-2006, del 6 de marzo de 2006, en el marco delProcedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a laDirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación dePersonal), establecido en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de Transportes yComunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de AeronáuticaCivil, efectuar el chequeo técnico en simulador de vuelo delequipo Fokker 27-100/200, en el Centro de Entrenamientode AeroService de la ciudad de Miami, a su personalaeronáutico propuesto, durante el día 22 de marzo de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nº 6756 y 6757, la solicitante ha cumplido con elpago del derecho de tramitación correspondiente alProcedimiento a que se refiere el considerando anterior,ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportesy Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos yla Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 0408-2006-MTC/12.04-SDO designando alInspector Pedro Rafael Chung Bartra, para realizar elchequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Fokker27-100/200, en el Centro de Entrenamiento de AeroService,al personal aeronáutico propuesto por la empresa AeroCondor S.A.C., en la ciudad de Miami, Estados Unidos deAmérica, durante los días 21 al 22 de marzo de 2006; Que, constituyendo una acción que busca asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos por laDirección General de Aeronáutica Civil para el presente año,el viaje al exterior del Inspector mencionado, resultaindispensable para el cumplimiento de las facultades desupervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticasciviles, a fin de garantizar la seguridad de las operacionesaéreas en concordancia con las normas técnicas vigentes; Que, de este modo, el referido viaje se encuentra dentro de las excepciones previstas en el inciso j) del artículo 8º de laLey Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para elAño Fiscal 2006, modificado por el artículo 15º del Decreto deUrgencia Nº 002-2006, publicado el 21 de enero de 2006; Que, el artículo 16º del Decreto de Urgencia Nº 002- 2006, establece que "mediante Resolución del Titular delSector deberá aprobarse y publicarse el Plan Anual deViajes del Sector, antes del 15 de febrero de 2006, el cualpormenorizará la relación de viajes al exterior de funcionariosy servidores públicos considerando que el gastopresupuestado, con cargo a los recursos públicos, deberáser reducido en un veinte por ciento (20%) con relación alejercicio fiscal 2005, bajo responsabilidad"; Que, con Resolución Ministerial Nº 133-2006-MTC/01, de fecha 15 de febrero de 2006, publicada en el DiarioOficial El Peruano con fecha 21 de febrero de 2006, seaprobó el Plan Anual de Viajes al Exterior del SectorTransportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2006, enel cual se encuentra incluido el viaje de inspección solicitado; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funcionesque le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar el chequeo técnico a que se contrae la Orden deInspección Nº 0408-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28652, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006, elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la ResoluciónMinisterial Nº 133-2006-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Pedro Rafael Chung Bartra, Inspector de la Dirección General de