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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G35/G31/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 21 de marzo de 2006 Interno de Trabajo del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 010-2004-CE/PJ; Que, a través del Memorándum Nº 1401-2005-OP- CSJL/PJ, de fecha 16 de noviembre de 2005, el Jefe dela Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima, reiterando el contenido de su Memorándum Nº 1386-2005-OP-CSJLI/PJ, al que, por cierto, se opusoel servidor procesado a través de su negativa a firmar el cargo de recepción, requiere a este último para que haga entrega del cargo como Secretario Titular de la PrimeraSala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima y se ponga a disposición de la referida Oficina de Personal, de conformidad con lo solicitado por el Presidente de laPrimera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, finalmente, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima, a través del Oficio Nº 6183-2005-P-CSJL/ PJ, de fecha 17 de noviembre de 2005, hace de conocimiento del Gerente de Personal y Escalafón Judicialde la Gerencia General del Poder Judicial, los hechos antes expuestos a través de los documentos, con registro Nº 57947 y Nº 58446, remitidos por el doctor Pedro OrtizPortilla, en su calidad de Presidente de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, a través de los cuales expresa su decisión de poner a disposición de laOficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima, a don LUIS ALBERTO GAVANCHO CHAVEZ, por el constante incumplimiento de su labor jurisdiccional, asícomo por su ausentismo continuo a la sede de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima; habiendo tipificado tales inconductas funcionales dentro de los literalesa), b) y d) del Artículo 28 2 de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276 y en los numerales1) y 8) del Artículo 201º 3 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; Que, el artículo 166º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que la Comisión Permanentede Proceso Administrativos Disciplinarios, tiene la facultad de calificar las denuncias que le sean remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de abrir procesoadministrativo disciplinario; Que, siendo así, y de conformidad con lo dispuesto en el citado dispositivo legal, la Comisión Permanente deProcesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial, atendiendo a los hechos descritos en los considerandos que anteceden, se ha pronunciado sobre la razonabilidadde aperturar proceso administrativo disciplinario a don LUIS ALBERTO GAVANCHO CHAVEZ , Secretario Judicial II de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia deLima; De conformidad con las facultades previstas en el artículo 76º de la Ley Orgánica del Poder Judicial,modificado por la Ley Nº 27465 y la Ley Nº 27536, así como en lo dispuesto en los artículos 163º y siguientes del Reglamento de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM; y estando a lo acordado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial. RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario al servidor LUIS ALBERTO GAVANCHO CHAVEZ, Secretario Judicial II de la Corte Superior deJusticia de Lima, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copias autenticadas de la presente Resolución a la Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Personal y Escalafón Judicial, a la Oficina de lnspectoría General del Poder Judicial, a laComisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial y al interesado, para que, dentro del término de cinco (5) días hábiles contados apartir del día siguiente de la notificación de la presente Resolución, realizada en forma personal o a través de la publicación de la presente en el Diario Oficial El Peruano,presente a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial su descargo por escrito, conjuntamente con las pruebas que estimeconveniente para su defensa. Artículo Tercero.- Remitir los actuados a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios delPoder Judicial, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER VÀSQUEZ VEJARANO Presidente del Poder Judicial 2Artículo 28º.-Son faltas de carácter disciplinarios que, según su gravedad, pue- den ser sancionadas con cese temporal o con destitución, previo proceso admi-nistrativo: a)El incumplimiento de las normas establecidas en la presente ley y su reglamen- to;b)La reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes de sus superiores rela- cionadas con sus labores; (...)d) La negligencia en el desempeño de las funciones 3Artículo 201º.- Responsabilidad disciplinaria: Existe responsabilidad disciplina-ria en los siguientes casos: 1). Por infracción a los deberes y prohibiciones establecidas en esta Ley; (...)8). Por inobservancia del horario de despacho y de los plazos legales para proveer escritos o expedir resoluciones o por no emitir los informes solicitados dentro de los plazos fijados. 05150 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G61 /G53/G61/G6C/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G79/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G4A/G75/G65/G7A/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G6C/G20/G44/GE9/G63/G69/G6D/G6F/G20/G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 110-2006-P-CSJLI/PJ Lima, 20 de marzo de 2006 VISTO: El documento presentado con fecha 8 de marzo del año en curso por el doctor Fernando Zalvidea Queirolo,Juez Titular del Décimo Primer Juzgado Civil de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 088-2006- P-CSJLI/PJ se designó los órganos jurisdiccionales en laespecialidad Contencioso Administrativo así como se efectuóla promoción, designación y reasignación de Magistrados anivel de Salas Superiores, Juzgados de Primera Instancia yJuzgados de Paz Letrados de este Distrito Judicial; Que, ante lo expuesto, el doctor Fernando Zalvidea Queirolo, Juez Titular del Décimo Primer Juzgado Civil deLima formula Declinatoria a su designación como VocalProvisional de la Primera Sala Civil de Lima dispuestamediante Resolución Administrativa Nº 088-2006-P-CSJLI/PJ; por motivos estrictamente personales; Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el pronunciamiento administrativo pertinente referido a la aceptaciónde la declinación formulada, debiéndose proceder además a ladesignación del Magistrado que deberá asumir funciones alinterior de la Primera Sala Civil de esta Corte Superior; Que, el Presidente de una Corte Superior es el representante del Poder Judicial y director del DistritoJudicial a su cargo, máxima autoridad de su jurisdicción yresponsable de la ejecución de la política judicial, así comoel encargado de cautelar una pronta administración dejusticia, el cumplimiento de las obligaciones de losmagistrados y deberes de los trabajadores; Por lo que en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º de la Ley Orgánica del PoderJudicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR la DECLINACIÓN formulada por el doctor Fernando Zalvidea Queirolo, al