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PÆg. 315253 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de marzo de 2006 b- Comisión Ordinaria de Servicios Sociales c- Comisión Ordinaria de Servicios Comunalesd- Comisión Ordinaria de Protección y Seguridad Ciudadana e- Comisión Ordinaria de Servicios Técnicosf- Comisión Ordinaria de Asuntos Legales g- Comisión Ordinaria de Cooperación Técnica Artículo 79º.- Asistencia de regidores que no pertenezcan a determinada Comisión Podrán concurrir a las reuniones de cada Comisión los demás Regidores que, sin ser miembros de la misma, tengan interés en el asunto a debatirse, gozando del derecho a voz pero no a voto. La inasistencia injustificadaa tres (03) sesiones de comisión en forma consecutivao a (04) en un período no mayor de seis (06) meses,será calificado como falta Grave y será sancionadaconforme a lo dispuesto por el Artículo 63º del presente Reglamento. Artículo 80º.- Funciones del presidente de la Comisión Son funciones del presidente de la Comisión: a- Preparar la agenda para las reuniones de la Comisión. b- Convocar a los demás miembros para las reuniones de la Comisión. c- Dirigir y velar por el correcto desarrollo de las reuniones de la Comisión. d- Suscribir el despacho de la Comisión. e- Suscribir conjuntamente con los miembros de la Comisión, las Actas de las reuniones respectivas. f- Informar al Concejo sobre los asuntos que se le encomiende o las propuestas que acuerde hacer la Comisión. g- Solicitar al Alcalde interceda por la Comisión, para pedir información a otras entidades, conforme a loestablecido en el Artículo 69º de este Reglamento. h- Las demás establecidas en el presente Reglamento, o las encargadas por el Concejo. Artículo 81º.- Ausencia del Presidente de la Comisión El Presidente de la Comisión podrá ausentarse de las reuniones de la Comisión, por causas debidamente justificadas, que necesariamente serán informadas a los demás miembros de la Comisión al inicio de la reunión.En tal situación, el Secretario ejercerá la presidencia dela Comisión, y el Vocal ejercerá las funciones delsecretario. Artículo 82º.- Funciones del Secretario de la Comisión Son funciones del Secretario de la Comisión: a- Realizar todas las diligencias que fueren necesarias para la convocatoria a las reuniones de Comisión de conformidad con sus acuerdos e instrucciones del presidente. b- Elaborar y suscribir las Actas de las reuniones de la Comisión. c- Llevar el despacho de conformidad con las decisiones de la Comisión. d- Tramitar la documentación de la Comisión. e- Llevar el archivo de la Comisión.f- Suplir al presidente en caso de ausencia del mismo. g- Las demás que le señale el presente Reglamento o el presidente de la Comisión. Artículo 83º.- Frecuencia y Convocatoria Las Comisiones Ordinarias se reúnen en forma regular, cuando menos, dos (2) veces al mes, en lasoportunidades que se determine por acuerdo de susmiembros, y en reuniones extraordinarias cuando así lo convoque su Presidente o dos tercios (2/3) de sus miembros. Se debe seguir la formalidad de la notificación establecida en el Artículo 11º del presente Reglamento.Artículo 84º.- Quórum de instalación Para la instalación de las reuniones de las Comisiones se requiere tener un quórum de la mitad de los Regidoresmiembros de la Comisión. Si el número de miembros de la Comisión fuese impar, se tomará como mitad, para efectos del quórum de instalación, el número entero inmediato superior de a la mitad de la totalidad de los miembros. Artículo 85º.- Suscripción de los dictámenes y proyectos Los dictámenes y/o proyectos serán firmados por los Regidores miembros de las comisiones que participaron en el debate correspondiente. En caso dediscrepancia, los Regidores podrán presentardictámenes, estudios y/o proyectos en minoría osingulares. La omisión o retiro de firma de un Regidor, se entiende como una no-participación en la elaboración de los mismos. Artículo 86º.- De las actas El desarrollo de cada reunión de Comisión, sea ésta ordinaria o extraordinaria, deberá plasmarse por escrito en un Acta, suscrita por todos los miembros asistentes a la reunión respectiva, que formará parte a su vez delcorrespondiente Libro de Actas. En este sentido, el Libro de Actas registrará la actividad de la respectiva Comisión, quien será laencargada de llevarlo. Sin perjuicio de lo mencionado en el párrafo anterior, la apertura del Libro de Actas deberá ser certificada porel Secretario General. Artículo 87º.- Análisis de un asunto por parte de dos o más Comisiones Cuando un asunto, en caso lo amerite, pase a opinión o estudio de dos o más Comisiones, éstas podránreunirse en forma conjunta, en cuyo caso la presidenciase ejercerá en forma rotativa, entre los presidentes delas Comisiones. Artículo 88º.- Obligación de integrar cuando menos una Comisión No obstante ser voluntarias, todo Regidor debe integrar como mínimo dos (02) Comisiones Ordinariasy/o Especiales, salvo que el Concejo determineexcepciones a tal regla. Subcapítulo II De las Comisiones en sí Artículo 89º.- Comisión Ordinaria de Adminis- tración, Economía y Presupuesto Esta Comisión tiene como funciones el pronunciarse respecto de: a- Formulación, aprobación, ampliación, modificación, evaluación y control del presupuesto, con participación del Consejo de Coordinación Local y las Juntas Vecinales Comunales. b- Plan de Desarrollo y los Planes y Programas correspondientes. c- La Cuenta General del Ejercicio y la Memoriad- La propuesta de creación, modificación, supresión, exoneración o inafectación de tributos e- Endeudamiento y empréstitosf- Gastos no presupuestadosg- Aceptación de Donaciones y Legadosh- Inversiones e ingresos de la Municipalidadi- La Estructura Orgánica y la organización de la Municipalidad, empresas y organismos descon- centrados j- La exoneración de proceso de selección en los casos previstos en la Ley k- Definición y articulación de políticas económicasl- Planificar y concertar el desarrollo social en armonía con las políticas de la administración de los tributos y otros ingresos Municipales m-Elaborar proponer y aplicar las políticas de la administración de los tributos y otros ingresos Municipales