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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2006 (22/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 68

PÆg. 315238 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de marzo de 2006 con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Perú”; Que, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles yPolíticos, el Pacto Internacional de DerechosEconómicos, Sociales y Culturales, la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación de la Mujer (CEDAW), la Declaración Americana sobre losDerechos y Deberes del Hombre, la ConvenciónAmericana sobre Derechos Humanos, el Protocolo deSan Salvador, la Convención Interamericana paraPrevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Convención de Belem Do Para), así como otros instrumentos de protección de los Derechos Humanos,de carácter vinculante para el Estado, proclaman laigualdad entre las personas sin discriminación de ningúntipo; Que, la Declaración y Programa de Acción de Viena, aprobada por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 1993, precisa que “losderechos humanos de la mujer y de la niña son parteinalienable, integrante e indivisible de los derechoshumanos universales”; Que, el artículo 5º de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Convención De Belem Do Para), precisa que“toda mujer podrá ejercer libre y plenamente sus derechosciviles, políticos, económicos, sociales y culturales ycontará con la total protección de esos derechosconsagrados en los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos”; Que, el Estado del Perú, al suscribir y adherir los tratados y acuerdos internacionales sobre DerechosHumanos (civiles, políticos, económicos, sociales yculturales), asume las obligaciones de respetar, cumplir,proteger y promover los Derechos Humanos. Así mismo la Plataforma de Acción de Beijing a la cual se adhiere el Gobierno Regional de Ica, establece acciones y medidaspara lograr la igualdad de oportunidades; Que, la Constitución Política del Perú reconoce al Gobierno Regional autonomía política, económica yadministrativa en asuntos de su competencia; Que, las Directrices de Maastricht sobre Violaciones a los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (quereflejan la evolución del derecho internacional en losúltimos 20 años) precisan que “la obligación de cumplirrequiere que el Estado adopte las medidas legislativas,administrativas, presupuestarias, legales y de otra índole adecuadas para lograr la plena efectividad de dichos derechos; Que, el artículo 6º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales precisa que el Desarrollo Regional estáorientado hacia el ejercicio pleno de los derechos dehombres y mujeres en igualdad de oportunidades; Que, el artículo 8º de la misma Ley, establece “la equidad como componente constitutivo y orientador dela política y la gestión regional” y el artículo 60º precisalas funciones específicas del Gobierno Regional enmateria de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades.De la misma manera, el artículo X de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los municipios “promueven el desarrollo integral, paraviabilizar el crecimiento económico, la justicia social y lasostenibilidad ambiental”; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 0011-2004- GORE ICA se aprobaron los Lineamientos de Política Regional en Materia de Enfoque de Equidad de Género en la Región Ica 2004-2006; Que, para aplicar y dar cumplimiento a los lineamientos aprobados por el Gobierno Regional esnecesario desarrollar un instrumento que defina losobjetivos estratégicos, las acciones necesarias para alcanzarlos, metas y sus responsables. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el “PLAN REGIONAL DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTREMUJERES Y HOMBRES 2005-2010”, el mismo que se adjunta en anexo y que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER que la implementación del PRIO 2005-2010 aprobado por lapresente Ordenanza Regional es de responsabilidad ejecutiva de la Gerencia General Regional, la GerenciaRegional de Desarrollo Social, la Gerencia de DesarrolloEconómico, la Gerencia Regional de Recursos Naturalesy Gestión del Medio Ambiente, la Gerencia Regional deInfraestructura, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, así como de las Diversas regionales Sectoriales y sus UnidadesEjecutoras, en lo que les corresponda. Artículo Tercero.- NOMBRAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la función de seguimiento de laimplementación del “PLAN REGIONAL DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES 2005-2010”, la misma que podrá solicitar a la GerenciaGeneral Regional, las Gerencias Regionales y lasDirecciones Regionales Sectoriales, informes demonitoreo y evaluación sobre la implementación delPLAN, e información relacionada. Artículo Cuarto.- PROLONGAR hasta el año 2010, el funcionamiento de la Comisión Multisectorial de la Mujery de la Niñez, para que ejerza las funciones de apoyo,coordinación y seguimiento, junto con la GerenciaRegional de Desarrollo Social, a la implementación dePLAN por los diversos órganos del Gobierno Regional de Ica. Artículo Quinto.- ESTABLECER las coordinaciones necesarias para que los Gobiernos locales distritales yprovinciales de acuerdo a las funciones y competencias,exclusivas, compartidas y delegadas que tienen segúnla Ley vigente implementen el presente PRIO en sus respectivas jurisdicciones territoriales. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado, en la Sede Central del Gobierno Regional de Ica, a los diez días del mes de octubre del año dos milcinco. VICENTE TELLO CÉSPEDES Presidente Regional 05189 Declaran iniciado e implementado el proceso del Presupuesto Participativo para el Aæo Fiscal 2007 ORDENANZA REGIONAL Nº 0005-2006-GORE-ICA EL CONSEJO REGIONAL DE ICA; En Sesión Ordinaria del día 23 de febrero del año 2006, ha aprobado por Unanimidad la OrdenanzaRegional relacionada con el Proceso del PresupuestoParticipativo para el Año Fiscal 2007; CONSIDERANDO: Que, los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, específica que los GobiernosRegionales gozan de autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al artículo 5º de la Ley Nº 27867 - “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, es misión delos Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestiónpública regional de acuerdo a sus competenciasexclusivas, compartidas y delegadas, en el marco delas políticas Nacionales y Sectoriales en concordancia con los Planes y Programas Nacionales, Regionales y Locales de Desarrollo; Que, el artículo 10º de la Ley Nº 27867 - “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales“, señala en el numeral 1 soncompetencias exclusivas del Gobierno Regional, literala) Planificar el desarrollo integral de su Región y ejecutar