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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2006 (22/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 76

PÆg. 315246 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de marzo de 2006 2. Descargos contra Actas de Verificación, Papeletas de Infracción Municipal, Notificaciones administrativas eimponer las sanciones administrativas respectivas. 3. El inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador por infracciones al Reglamento Nacionalde Tránsito y/o infracciones al Reglamento Nacional de Administración de Transportes, sus descargos e imponer las acciones administrativas respectivas. 4. Los recursos de reconsideración contra las resoluciones que emita. Artículo Tercero.- La Gerencia Municipal resolverá en segunda instancia los recursos de apelación contra las Resoluciones de la Gerencia de Transporte y Tránsito referidasa las sanciones administrativas señaladas en el artículo anterior,quedando con ello agotada la vía administrativa. Artículo Cuarto.- Los procedimientos administrativos que se encuentren en trámite, se sujetarán conforme a lo dispuesto por el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto.- Encárguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia General deTransporte Urbano. Artículo Sexto.- El presente decreto de alcaldía entrará en vigencia a partir del siguiente día de su publicación. POR TANTO:Mando se publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 05133 Declaran que zona comprendida en la Av. Elmer Faucett no es considerada como vía pœblica por la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000010 Callao, 17 de marzo de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú y con el Artículo II del TítuloPreliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades, norma de desarrollo constitucional, lasMunicipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en virtud de la autonomía municipal, las Municipalidades pueden auto estatuirse y regularse conarreglo al parámetro constitucional y legal; Que, mediante Certificado de Compatibilidad de Uso Nº 022403 emitido por la Gerencia General de Desarrollo Urbano de esta comuna, en base a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 289-79-VC-5500, el DecretoSupremo Nº 063-70-VI y el Plano de Zonificación e Índicepara la Ubicación de Actividades Urbanas (CIUU) delReglamento Nacional de Construcciones y otras normasconexas vigentes, se ha corroborado que la instalación de Estaciones de Servicio (Grifos) con Minimarket, es compatible en la zona comprendida en la Av. Elmer Faucett, entre lasProgresivas 3.200 y 3.800 de la Vía Expresa del Callao; De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Declárese que la zona comprendida en la Av. Elmer Faucett, definida en el anexo 1 de la adendafirmada el 21 de mayo de 2004, entre la Municipalidad Provincial del Callao y el Consorcio Convial Callao S.A., expresada en las láminas 4/10 y 5/10, identificada comoárea de servicio y ubicada entre las progresivas 3.200 y3.800 de la Av. Elmer Faucett (Vía Expresa del Callao), no es considerada como vía pública por esta comuna. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia General de Desarrollo Urbano el cumplimiento de lodispuesto en el presente Decreto. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 05132 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Aprueban Reglamento Interno del Concejo Municipal ORDENANZA Nº 007-2006-MDLP La Perla, 14 de marzo del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de marzo del 2006, y el Dictamen de la Comisión deAdministración, Economía y Presupuesto, sobre el Proyectode ORDENANZA DE REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomía política de la que gozan las Municipalidades, el artículo constitucionalcitado en el párrafo anterior ha otorgado expresamente alConcejo Municipal, conformante de la estructura orgánica de cada gobierno local, la función normativa respecto de aquellos asuntos que son de su competencia; Que, en tal orden de ideas, el Concejo Municipal cumple su función normativa, fundamentalmente a travésde las Ordenanzas Municipales, las cuales deconformidad con lo previsto por el Artículo 200º, inciso 4) de la Constitución, en concordancia con el artículo 194º arriba glosado, ostentan rango normativo de ley, ensu calidad de normas de carácter general de mayorjerarquía dentro de la estructura normativa municipal,calidad reconocida por el Artículo 40º de la Ley Nº 27972,Ley Orgánica de Municipalidades vigente a la fecha; Que, en armonía con lo hasta aquí expuesto, corresponde al Concejo Municipal el aprobar, modificar o derogar lasOrdenanzas, tal cual lo establece el numeral 8) del Artículo9º de la aludida Ley Nº 27972; del mismo modo se precisa enel numeral 12) del mismo artículo que corresponde al Concejoaprobar su Reglamento a través de Ordenanza; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972, y con dispensa del trámite de aprobación delActa, con el voto MAYORITARIO de los (as) señores(as) Regidores (as) y con voto en contra del señor RegidorJulio César Barrientos Sandoval, se aprobó la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- Objeto: La presente Ordenanza tiene como propósito esencial regular el ejercicio, por parte del Concejo Municipal del