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PÆg. 315861 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de marzo de 2006 Notas: Registrar en cada columna la porción de los créditos cubierta con cada tipo de garantía. Si el crédito está sobregarantizado, c onsiderar sólamente el valor del crédito. * Incluye operaciones VAC ** El total de créditos vigentes corto plazo y largo plazo debe ser igual a la cuenta 1401.*** Considerar aquellos créditos que fueron otorgados contractualmente a plazos menores o iguales a 1 año. **** Considerar aquellos créditos que fueron otorgados contractualmente a plazos mayores a 1 año. ***** Los créditos bajo la modalidad de Arrendamientos Financieros no deberán ser incluidos en las columnas de créditos con ga rantía o sin garantía. (1) Depósitos en efectivo en moneda nacional y extranjera constituidos en las empresas del sistema financiero y afectados en gar antía. (2) Derechos de carta de crédito irrevocables con documentos negociados sin discrepancias, pendientes de cobro del banco emisor cuando éste sea una empresa del sistema financiero del exterior de primer nivel. (3) Instrumentos representativos de deuda pública externa emitidos por el Gobierno Central o instrumentos representativos de obl igaciones del Banco Central de Reserva del Perú. (4) Instrumentos representativos de deuda emitidos por gobiernos centrales o bancos centrales que se coticen en mecanismos centr alizados de negociación, calificados en grado de inversión por clasificadoras de riesgo a satisfacción de la Superintendencia. (5) Valores mobiliarios incluidos en el listado que publica semestralmente la SBS de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Reglamento del TUO de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por D.S. N° 004-98-EF y sus normas modificatorias, con excepción de los emit idos por la empresa deudora y acreedora. (6) Warrants de commodities que sean transados en mecanismos centralizados de negociación o cuya negociación en mercados secunda rios sea frecuente. (7) Instrumentos representativos de deuda no subordinada emitidos por empresas del sistema financiero y del sistema de seguros, por bancos e instituciones multilaterales de crédito y por empresas del sistema financiero y de seguros del exterior de primer nivel. (8) Instrumentos representativos de capital que sirvan para la determinación de los índices correspondientes a mecanismos centra lizados de negociación del extranjero de reconocido prestigio a satisfacción de la Superintendencia o instrumentos representativos de los valores señalados en la nota (10). (9) Instrumentos representativos de deuda que tengan cotización en algún mecanismo centralizado de negociación del extranjero, cuya clasificación de riesgo en el mercado internacional sea no menor a BBB+ o A-2, según corresponda, de acuerdo a las equivalencias señaladas en las normas emitidas por la Superintendencia. (10) Instrumentos representativos de capital, emitidos por personas jurídicas distintas al deudor, que se transen en mecanismos centralizados de negociación, calificados en las categorías 1 y 2 o en las categorías AAA, AA y A, según corresponda, de acuerdo con las equivalencias contenidas en las normas emitidas por esta Superintendencia, con excepción de los emitidos por la propia empresa acreedora. (11) Instrumentos representativos de deuda calificados en las categorías CP-1 y CP-2 o en las categorías AAA, AA y A, según corr esponda, de acuerdo con las equivalencias contenidas en las normas emitidas por esta Superintendencia, que se transen en mecanismos centralizados de negociación, con excepción de l os emitidos por la empresa deudora. (12)Certificados de Participación en Fondos Mutuos calificados en las categorías AAA, AA y A de acuerdo con las equivalencias conte nidas en las normas emitidas por esta Superintendencia. (13) Certificados de Participación en Fondos de Inversión calificados en las categorías AAA, AA y A de acuerdo con las equivalen cias contenidas en las normas emitidas por esta Superintendencia. (14) Joyas y metales preciosos con entrega física. (15) Conocimientos de embarque y cartas de porte, emitidos por empresas transportadoras de reconocido prestigio, debidamente end osados a favor de la empresa del sistema financiero. (16) Maquinaria y equipo de fácil realización. (17) Medios de transporte, incluyendo la prenda vehicular.(18) Warrants de productos y/o mercaderías de primera clase y de fácil realización. (19) Póliza del Programa de Seguro de Crédito para la pequeña empresa, constituido por el D.L. Nº 879 y su Reglamento Operativo aprobado por Resolución Ministerial Nº 038-97- EF/15 del 13 de marzo de 1997 y sus normas modificatorias, por el monto que cubra la póliza respectiva. (20) Pólizas de caución emitidas por empresas del sistema de seguros del país y por empresas de seguros del exterior de primer n ivel. (21) Considerar los créditos que cuenten con la responsabilidad subsidiaria de una empresa del sistema financiero o del sistema de seguros del país o del exterior, instrumentada en fianza solidaria o avales, o cuente con cobertura de seguro de crédito extendida por un patrimonio de seguro de crédito. (22) Considerar los créditos que cuenten con garantías de avales y fianzas distintas a las otorgadas por las empresas señaladas en el numeral (21) ANEXO Nº 6 REPORTE CREDITICIO DE DEUDORES AL aaaa/mm/dd (01-Fecha del período de reporte) SALDOS CONSOLIDADOS MAYORES QUE S/. (02-Monto mínimo) EXPRESADO EN NUEVOS SOLES CON C ÉNTIMOS EMPRESA1: (03-Empresa informante) 04Número Secuencia 2 A. DATOS DE IDENTIFICACI ÓN DEL DEUDOR A-01Apellido paterno, Nombre del mancómuno A-02Apellido materno A-03Apellido de Casada A-04Primer nombre o razón social A-05Segundo nombre A-06Género A-07Estado Civil A-08Sigla A-09Código del deudor asignado por SBS A-10Código del deudor asignado por la A-11Código de CIIU A-12Código de Registro de personas (código SBS) empresa informante (código único) jurídicas A-13Tipo de documento tributario A-14Documento tributario A-15Tipo de documento de identidad A-16Documento de identidad A-17Tipo de persona A-18Residencia A-19Clasificación del deudor 3A-20Magnitud A-21Accionista en la empresa informante A-22Relación laboral con la empresa A-23País de residencia A-24Indicador de riesgo cambiario crediticio informante A-25Indicador de atraso del deudor A-26clasificación interna del deudor B. DATOS DE SALDOS DE LAS CUENTAS DEL DEUDOR, POR OFICINAS DE LA EMPRESA B-01Oficina de la empresa informante B-02Departamento B-03Provincia B-04Distrito B-05Cuenta contable B-06Tipo de crédito B-07Saldo B-08Condición en días B-09Condición especial de la cuenta B-10Condición de disponibilidad