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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2006 (31/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 86

PÆg. 315868 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de marzo de 2006 constituirse en contrapartes elegibles, según lo establecido en el presente Título o en el Reglamento para la Inversión de los Fondos de Pensiones en el Exterior. Las cuotas de participación de los fondos mutuos y de los fondos de cobertura que se constituyen en subyacentes de los Instrumentos Derivados que son adquiridos con el objeto de determinar el rendimiento delos instrumentos de inversión estructurados, deberán ser administrados por empresas que presten servicios financieros de reconocida solvencia o poradministradores de fondos de reconocida trayectoria, debidamente autorizados y supervisados por las autoridades reguladoras de los mercadoscorrespondientes. Límites de inversión por emisor Artículo 49Eº.- Las inversiones realizadas por las AFP con los recursos de las Carteras Administradas en instrumentos de inversión estructurados cuyo capitalprotegido o rendimiento esté conformado por Instrumentos Representativos de Derechos sobre Obligaciones de Corto Plazo o Activos en Efectivo, porInstrumentos Representativos de Derechos sobre Obligaciones o Títulos de Deuda o por Instrumentos Representativos de Derechos sobre ParticipaciónPatrimonial o Títulos Accionarios que pueden ser adquiridos directamente con dichos recursos, serán considerados dentro de los límites máximos por emisorcorrespondientes a los emisores de los instrumentos de inversión que constituyen el capital protegido o rendimiento, en cuanto resulte aplicable, según el criteriode la Superintendencia. Vigésimo segunda.- Para el caso de los instrumentos descritos en el artículo 18º del presente Título con clasificación de riesgo de propiedad de las Carteras Administradas, que no cumplan con losrequerimientos señalados en el mencionado artículo, la Superintendencia determinará en cada caso la aplicación de las disposiciones establecidas en los últimos párrafosdel referido artículo relacionadas a la constitución de encaje y la venta de las tenencias, considerando las mejores condiciones para no perjudicar a los fondos depensiones.” Vigésimo tercera.- Las acciones, valores representativos de derechos sobre acciones en depósito y los certificados de suscripción preferente (CSP), negociados fuera de mecanismos centralizados denegociación, en los que se inviertan los recursos de las Carteras Administradas, no requieren cumplir con el requisito de clasificación de riesgo. Artículo Tercero .- Sustituir los anexos Nº VI, VII y XV del Título VI del Compendio de Normas deSuperintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolución Nº 052-98-EF/SAFP y sus modificatorias,así como incorporar los anexos Nº XXI y XXII al mismo Título, de acuerdo a los textos siguientes: “ANEXO Nº VI CARACTERÍSTICAS DEL INSTRUMENTO DE INVERSIÓN ESTRUCTURADO 1. Información referida al instrumento de inversión estructurado (en cuanto resulte aplicable): 1.1. Denominación. 1.2. Emisor. 1.3. Moneda. 1.4. Valor nominal.1.5. Fecha de constitución. 1.6. Fecha de vencimiento. 1.7. Fecha de redención anticipada (incluir las condiciones en que se puede dar la redención anticipada). 1.8. Plazo de constitución de la estructura (detallar según cada componente). 1.9. Forma de pago (en efectivo o instrumentos). 1.10. Composición de la estructura, detallar el procedimiento utilizado de acuerdo al inciso c) del artículo46º, incluyendo las tasas de descuento aplicables y el cálculo de los montos y porcentajes asignados para el capital protegido y el rendimiento.1.11. Factor de participación (en caso el rendimiento sea determinado por Instrumentos Derivados). 1.12. Otra información relevante 2. Información referida a los instrumentos de inversión que conforman el capital protegido (para cada instrumento de inversión, en cuanto resulte aplicable. Siel instrumento ya es elegible para la inversión de las Carteras Administradas indicar sólo la denominación, el código de instrumento y/o el Número de Registro en laSuperintendencia): 2.1. Denominación. 2.2. Emisor. 2.3. Moneda. 2.4. Código ISIN, Ticker de Bloomberg, RICs de Reuters y/o código de instrumento. 2.5. Número de registro en la Superintendencia. 2.6. Número de instrumentos.2.7. Valor nominal. 2.8. Tasa de interés del cupón. 2.9. Fórmula de cálculo de los cupones.2.10. Cronograma de pagos (fechas de corte y de pago de cupones y amortizaciones). 2.11. Fecha de redención anticipada.2.12. Fecha de amortización. 2.13. Clasificación de riesgo. 2.14. Prospecto de colocación.2.15. Otra información relevante. 3. Información referida a los Instrumentos de inversión que determinan el rendimiento (para cada instrumento de inversión, en cuanto resulte aplicable. Si el instrumento ya es elegible para la inversión de las Carteras Administradasindicar sólo la denominación, el código de instrumento y/o el Número de Registro en la Superintendencia): 3.1. Denominación. 3.2. Emisor. 3.3. Moneda.3.4. Código ISIN, Ticker de Bloomberg, RICs de Reuters y/o código de instrumento. 3.5. Número de Registro en la Superintendencia.3.6. Valor nominal. 3.7. Tasa de interés del cupón. 3.8. Fecha de redención anticipada.3.9. Fecha de amortización. 3.10. Clasificación de riesgo. 3.11. Prospecto de colocación.3.12. Otra información relevante. 4. Información referida a los Instrumentos Derivados que determinan el rendimiento (para cada Instrumento Derivado, en cuanto resulte aplicable): 4.1. Denominación. 4.2. Tipo (opción call o put, swap, forward, futuro, etc.). 4.3. Activo subyacente. 4.4. Nombre de la Entidad Contraparte. 4.5. Moneda.4.6. Código ISIN, Ticker de Bloomberg, RICs de Reuters y/o código de instrumento. 4.7. Plaza de negociación.4.8. Fecha de adquisición. 4.9. Fecha de liquidación de la adquisición. 4.10. Fecha de expiración o vencimiento.4.11. Plazo de liquidación de la expiración o vencimiento. 4.12. Valor del nocional.4.13. Valor de la prima. 4.14. Precio de ejercicio. 4.15. Precio del subyacente al momento de la adquisición. 4.16. Número de contratos. 4.17. Precios Bid y Ask en el día de la operación.4.18. Precios referenciales Bid y Ask de los últimos meses. 4.19. Fórmula de valorización del derivado (con descripción detallada de las variables del modelo: número de observaciones pasadas para estimar la volatilidad del activo subyacente, consideraciones sobre el pagode dividendos, tasa libre de riesgo, etc). 4.20. Adjuntar copia de los contratos de los Instrumentos Derivados.