Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2006 (09/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 9 de MORDAZA de 2006

Articulo 20º.- Del quorum para la instalacion de sesiones Una sesion de la Comision Nacional contra la Biopirateria se entendera validamente instalada siempre que esten representadas siete de las instituciones que conforman la Comision. Transcurridos treinta minutos desde la hora prevista para dar inicio a la sesion sin que se cuente con la presencia de al menos siete instituciones, la sesion podra considerarse validamente instalada con la representacion de cinco instituciones. Articulo 21º.- Del quorum para votaciones Para la adopcion de los acuerdos, se requiere el MORDAZA aprobatorio de la mayoria de los miembros asistentes a la sesion. En caso de empate, dirime el Presidente. De estar presentes los representantes titular y alterno de una institucion, el representante alterno tendra derecho a voz pero no a voto. Articulo 22º.- De las actas Los asuntos tratados y acuerdos tomados durante las sesiones ordinarias y extraordinarias se asentaran en un acta que sera firmada por la totalidad de los asistentes que participaron en la sesion correspondiente. Articulo 23º.- De los Recursos de la Comision Nacional contra la Biopirateria La Comision Nacional contra la Biopirateria es responsable de la gestion y administracion de sus fondos, MORDAZA estos provenientes de la cooperacion internacional y/o nacional. La Comision Nacional contra la Biopirateria podra celebrar convenios especiales con otras instituciones o personas naturales para recibir aportes y recursos. 08285 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 117-2006-PCM Mediante Oficio Nº 174-2006-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 117-2006-PCM, publicada en la edicion del dia 30 de MORDAZA de 2006. DICE: Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 006 Ministerio de Justicia, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (TUUA) DEBE DECIR: Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 006 Ministerio de Justicia, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos TUUA 08281 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 119-2006-PCM Mediante Oficio Nº 174-B-2006-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 119-2006-PCM, publicada en la edicion del dia 4 de MORDAZA de 2006. DICE: "Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue la participacion del Presidente del Congreso de la Republica US$ US$ US$ 2 187.77 1 040.00 30.25 US$ US$ US$ 1864.57 1040.00 30.25

seran cubiertos por el Pliego Presupuestal de la Presidencia del Consejo de Ministros." DEBE DECIR: "Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue la participacion del Presidente del Congreso de la Republica seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Despacho Presidencial." 08280

AGRICULTURA
Autorizan viaje de profesional del SENASA a EE.UU. para participar en el "Programa de Entrenamiento de Biologicos Veterinarios"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0354-2006-AG
MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2006 VISTA: La Carta Nº 178-AG-SENASA, del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, el Dictamen Nº 008-CE-2006-AG-SENASA de la Comision Evaluadora de Capacitacion del SENASA, de fecha 23 de febrero de 2006, y las Cartas s/n de Invitacion de Iowa State University of Science and Technology, la Carta s/n del United Stated Department of Agriculture (Departamento de Agricultura de los Estados Unidos) del 18 de MORDAZA de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la suscripcion del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de MORDAZA, el Peru potencialmente recibira importacion de productos biologicos (kits de diagnostico, que se adquieren regularmente de APHIS, y vacunas); Que, es politica del sector proveer en forma continua y oportuna, productos biologicos de calidad que enfrenten los efectos de las enfermedades en los animales; para ello, el SENASA debe asumir su rol de control y evaluacion de los biologicos de uso veterinario con la finalidad de proteger el patrimonio pecuario del MORDAZA, debiendo elevar los sistemas de seguridad sanitaria a traves del fortalecimiento y ampliacion de capacidades profesionales de los funcionarios del SENASA; Que, mediante Carta s/n del Visto, el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de MORDAZA (USDA) hace de conocimiento del SENASA la realizacion del evento internacional denominado "Programa de Entrenamiento para el control de Biologicos de uso veterinario" en la MORDAZA de Ames, Estado de Iowa en los Estados Unidos de MORDAZA, aceptando la participacion de la M.V. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista en Sanidad Agraria del Centro de Diagnostico de Sanidad Animal del SENASA; Que, los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, en lo que corresponde al costo de alojamiento, manutencion y traslados Aeropuerto-hotel y el costo de participacion en el Taller, seran asumidos por el Programa Cochran a traves del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de MORDAZA (USDA); los gastos correspondientes a pasajes e impuestos, seran asumidos por el SENASA, con cargo al pliego 160, SENASA; Que, la presente Resolucion se ajusta a lo establecido en las excepciones mencionadas en la Ley del Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2006 - Ley N° 28652 y el Decreto de Urgencia N° 02-2006; debido a que el aseguramiento de los sistemas sanitarios a traves del control y evaluacion de insumos biologicos, contrarrestara los efectos negativos de la importacion en el MORDAZA del tratado de libre comercio con los Estados Unidos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902 y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2006;

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