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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G33/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 9 de mayo de 2006 Artículo 20º.- Del quórum para la instalación de sesiones Una sesión de la Comisión Nacional contra la Biopiratería se entenderá válidamente instalada siempre que estén representadas siete de las instituciones que conforman la Comisión. Transcurridos treinta minutos desde la hora prevista para dar inicio a la sesión sin que se cuente con la presencia de al menossiete instituciones, la sesión podrá considerarse válidamenteinstalada con la representación de cinco instituciones. Artículo 21º.- Del quórum para votaciones Para la adopción de los acuerdos, se requiere el voto aprobatorio de la mayoría de los miembros asistentes a lasesión. En caso de empate, dirime el Presidente. De estar presentes los representantes titular y alterno de una institución, el representante alterno tendrá derecho a voz pero no a voto. Artículo 22º.- De las actas Los asuntos tratados y acuerdos tomados durante las sesiones ordinarias y extraordinarias se asentarán en unacta que será firmada por la totalidad de los asistentes que participaron en la sesión correspondiente. Artículo 23º.- De los Recursos de la Comisión Nacional contra la Biopiratería La Comisión Nacional contra la Biopiratería es responsable de la gestión y administración de sus fondos, sean éstos provenientes de la cooperación internacional y/o nacional. La Comisión Nacional contra la Biopiratería podrá celebrar convenios especiales con otras instituciones opersonas naturales para recibir aportes y recursos. 08285 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 117-2006-PCM Mediante Oficio Nº 174-2006-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas dela Resolución Suprema Nº 117-2006-PCM, publicada en laedición del día 30 de abril de 2006. DICE: Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo alPresupuesto Institucional del Pliego 006 Ministerio de Justicia, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1864.57 Viáticos US$ 1040.00 Tarifa Única por Uso US$ 30.25de Aeropuerto (TUUA) DEBE DECIR: Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo alPresupuesto Institucional del Pliego 006 Ministerio de Justicia, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2 187.77 Viáticos US$ 1 040.00 TUUA US$ 30.25 08281 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 119-2006-PCM Mediante Oficio Nº 174-B-2006-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratasde la Resolución Suprema Nº 119-2006-PCM, publicada en la edición del día 4 de mayo de 2006. DICE:"Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación del Presidente del Congreso de la Repúblicaserán cubiertos por el Pliego Presupuestal de la Presidencia del Consejo de Ministros." DEBE DECIR: "Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación del Presidente del Congreso de la Repúblicaserán cubiertos por el Pliego Presupuestal del DespachoPresidencial." 08280 AGRICULTURA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G53/G45/G4E/G41/G53/G41/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G22/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20 /G64/G65/G20 /G45/G6E/G74/G72/G65/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G64/G65 /G42/G69/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G56/G65/G74/G65/G72/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0354-2006-AG Lima, 5 de mayo de 2006 VISTA: La Carta Nº 178-AG-SENASA, del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, el Dictamen Nº 008-CE-2006-AG-SENASAde la Comisión Evaluadora de Capacitación del SENASA,de fecha 23 de febrero de 2006, y las Cartas s/n de Invitaciónde Iowa State University of Science and Technology, laCarta s/n del United Stated Department of Agriculture (Departamento de Agricultura de los Estados Unidos) del 18 de abril de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la suscripción del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América, el Perú potencialmente recibirá importación de productos biológicos (kits de diagnóstico, que se adquieren regularmente deAPHIS, y vacunas); Que, es política del sector proveer en forma continua y oportuna, productos biológicos de calidad que enfrentenlos efectos de las enfermedades en los animales; para ello, el SENASA debe asumir su rol de control y evaluación de los biológicos de uso veterinario con la finalidad de protegerel patrimonio pecuario del país, debiendo elevar los sistemasde seguridad sanitaria a través del fortalecimiento yampliación de capacidades profesionales de los funcionariosdel SENASA; Que, mediante Carta s/n del Visto, el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América (USDA)hace de conocimiento del SENASA la realización delevento internacional denominado "Programa deEntrenamiento para el control de Biológicos de usoveterinario" en la ciudad de Ames, Estado de Iowa en los Estados Unidos de América, aceptando la participación de la M.V. Marlene Cárdenas Canales,Especialista en Sanidad Agraria del Centro deDiagnóstico de Sanidad Animal del SENASA; Que, los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, en lo que corresponde al costo de alojamiento, manutención y traslados Aeropuerto-hotel y el costo de participación en el Taller, serán asumidospor el Programa Cochran a través del Departamento deAgricultura de los Estados Unidos de América (USDA);los gastos correspondientes a pasajes e impuestos, seránasumidos por el SENASA, con cargo al pliego 160, SENASA; Que, la presente Resolución se ajusta a lo establecido en las excepciones mencionadas en la Ley del PresupuestoPúblico para el Año Fiscal 2006 - Ley N° 28652 y el Decretode Urgencia N° 02-2006; debido a que el aseguramientode los sistemas sanitarios a través del control y evaluación de insumos biológicos, contrarrestará los efectos negativos de la importación en el marco del tratado de libre comerciocon los Estados Unidos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902 y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619 ysu reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006;