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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G36/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de mayo de 2006 intendencia de aduana de despacho, adjuntando los documentos que se indican a continuación, los mismosque deberán ser legibles, sin enmiendas y estar debidamente numerados mediante “refrendadora” o “numeradora” con el código de la intendencia de aduanade despacho, código del régimen, año de numeración y número de DUA asignado mediante el SIGAD: a) Fotocopia autenticada o copia carbonada del documento de transporte, dependiendo del medio empleado. En el caso marítimo, cuando se cuente con lafotocopia firmada y sellada por el responsable de la empresa transportista o su representante en el país, se considerará este documento como original, aceptándosela fotocopia del mismo siempre que cuente con la firma y sello del representante legal del despachador de aduana. b) Fotocopia autenticada de la factura o documento equivalente, conteniendo la información mínima siguiente: - Nombre o razón social del remitente y domicilio legal; - Número de orden, lugar y fecha de su formulación; - Nombre o razón social del importador y su domicilio; - Marca, otros signos de identificación; numeración, clase y peso bruto de los bultos; - Descripción detallada de las mercancías, indicándose: número de serie, código, marca, modelo,unidad de medida, características técnicas, estado de las mercancías (nueva o usada), año de fabricación u otros signos de identificación si los hubieren; - Origen de las mercancías, entendiéndose por tal el país en que se han producido; - Valor FOB unitario de las mercancías, según la forma de comercialización en el mercado de origen, sea por medida, peso, cantidad u otra forma; - Subpartida nacional;- Número y fecha del pedido o pedidos que se atienden; y - Número y fecha de la carta de crédito irrevocable que se utilice en la transacción, cuando la hubiere. Cuando la factura o documento equivalente no consigne todos estos datos, o éstos no sean precisos para la clasificación arancelaria de la mercancía, esta información debe detallarse en la casilla 7.37 de losejemplares A y A1 de la DUA. También son originales las facturas o documentos equivalentes generados como archivos por programasespeciales de facturación e impresos en el país. Excepcionalmente, y siempre que se trate de mercancía arribada por vía aérea, para las DUAsseleccionadas a los canales naranja o rojo, puede presentarse fotocopia con la firma y sello del despachador de aduana de la factura o documentoequivalente escaneado del original remitido por correo electrónico e impreso en el país, o del documento remitido vía facsímil desde el país de transacción, sin perjuiciode la conservación y archivo de los documentos originales por parte del despachador de aduana. c) Fotocopia autenticada o copia carbonada del comprobante de pago y copia adicional de éste, cuando se efectúe transferencia de bienes antes de sunacionalización, excepto en los siguientes casos: - Cuando exista transferencia de bienes efectuada por comisionistas que actúen por cuenta de terceros. Se acredita dicha situación presentando al momento de solicitar el despacho, y por única vez, el contrato decomisión donde conste dicho mandato, el mismo que es registrado por el personal encargado en el SIGAD, para posteriores despachos. - Cuando exista endoso de documentos de embarque que efectúan las entidades del Sistema Financiero Nacional a favor de los importadores. - En los casos de transferencia a título gratuito de los bienes que ingresan al país consignados a nombre de una entidad del Sector Público Nacional (exceptoempresas del Estado) o a la Iglesia Católica. d) Fotocopia autenticada del documento de seguro de transporte, de corresponder. En el caso de una póliza global o flotante: documento que acredite la cobertura de las mercancías sujetas a despacho. Se consideranoriginales los documentos generados por medios electrónicos por las compañías de seguros nacionaleso extranjeras e impresos por los corredores de seguro o por los importadores. e) Fotocopia autenticada del documento de autorización del sector competente para aquellas mercancías restringidas o declaración jurada suscrita por el representante legal del importador en los casosque la norma específica lo exija. f) Otros que se requieran, conforme a las disposiciones específicas sobre la materia. g) La Declaración Andina del Valor (DAV), en los casos que sea exigible el formato B de la DUA . La autoridad aduanera podrá solicitar el volante de despacho emitido por el terminal de almacenamiento, la lista de empaque cuando la cantidad o diversidad de las mercancías lo amerite e información técnica adicionalque permita la correcta identificación de las mercancías. Los despachadores oficiales así como los dueños o consignatarios que realicen directamente el despacho,están obligados a presentar los documentos antes mencionados en original, excepto el comprobante de pago. 14. Tratándose de DUAs correspondientes a despachos urgentes y al sistema anticipado de despachoaduanero, en la primera recepción, se adjuntan fotocopias autenticadas de los siguientes documentos: a) Factura o documento equivalente según lo señalado en el literal b) del numeral 13 precedente. b) Certificado de origen cuando corresponda.c) Autorización emitida por el sector competente, según corresponda, de acuerdo a la naturaleza de la mercancía. d) Autorización para el despacho urgente, en los casos de mercancías que requieran calificación por el intendente de aduana (Anexo Nº1). 15. El personal designado por el jefe del área recibe la DUA y los documentos sustentatorios, ingresando estainformación al SIGAD para efectos de la emisión de la Guía de Entrega de Documentos (GED), en original y dos copias, la que contiene la siguiente información: fechay hora de recepción, número correlativo autogenerado por el sistema, código del despachador de aduana, número de la DUA, canal de control, nombre y registrodel especialista designado para el caso de canal naranja y relación de los documentos recibidos. El SIGAD permite únicamente la recepción de las DUAs debidamentecanceladas y/o impugnadas, según corresponda, de la deuda tributaria aduanera y derechos antidumping o compensatorios de corresponder, consignada en elejemplar “C” de la DUA y en la liquidación de cobranza complementaria por aplicación del ISC o percepción del IGV. 16. El personal designado por el jefe del área ingresa al SIGAD el rol de especialistas en aduanas asignados para la revisión documentaria y reconocimiento físico afin de que se determine aleatoriamente el cumplimiento de estas acciones; asimismo, la jefatura podrá disponer la reasignación de los especialistas en aduanas deacuerdo a la operatividad del despacho y disponibilidad del personal; registrándose en el SIGAD el motivo de la reasignación y la fecha. 17. El personal designado por el jefe del área entrega al despachador de aduana la copia de la GED y adjunta el original y la segunda copia de la documentaciónrecibida, a efecto que sean remitidos a los especialistas en aduanas designados por el SIGAD para la revisión documentaria o reconocimiento físico, respectivamente. 18. Los ejemplares de la DUA son distribuidos de la siguiente manera: a) Ejemplares A y A1: - En los casos que el despacho lo efectúe el agente de aduana • Original : agente de aduana • 1ra copia (rosada) : aduana de despacho - En los casos que el despacho no lo efectúe el agente de aduana