Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2006 (15/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 15 de MORDAZA de 2006

c) Informar la ejecucion del Presupuesto participativo vigente. d) Proponer la elaboracion del Plan de Desarrollo Concertado y/o su actualizacion y las que estime pertinente dentro de los canones legales. Articulo 23º.- Acuerdos del CCLD.- Los miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia tienen derecho a voz y MORDAZA en las Sesiones. Cuando no existan acuerdos por consenso, se pasara a una votacion nominal; los acuerdos se tomaran por mayoria simple de los miembros presentes al momento de producirse la votacion. El Presidente tiene MORDAZA dirimente en caso de empate. La ausencia de acuerdos por consenso, no impide al Concejo Municipal decidir lo pertinente. Articulo 24º.- Desarrollo de las Sesiones.- Al inicio de la sesion, el Presidente dispondra que el Secretario Tecnico pase lista. De haber quorum, abrira la sesion. El quorum para la instalacion y funcionamiento valido de las sesiones del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia se constituye con la presencia de la mitad mas uno de los miembros habiles. De no haber quorum la sesion se instalara en MORDAZA convocatoria treinta minutos despues de la hora senalada para la primera, y se llevara a cabo con los miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia que asistan. Solo se considerara asistentes a los miembros que estan presentes MORDAZA de iniciado la Estacion de Orden del Dia y a los que permanezcan hasta finalizada la misma. Iniciada la sesion, no puede ser objeto de acuerdo ningun MORDAZA fuera de la Orden del Dia, salvo que por mayoria o por disposicion del Presidente se acuerden su inclusion. Articulo 25º.- Participacion de Terceros en las Sesiones.- El MORDAZA o Regidor que preside la Sesion puede llamar para tomar parte en la Sesion a las personas dependientes o no de la Municipalidad que puedan proporcionar informacion o expresar opiniones que ayuden al Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia a adoptar las decisiones mas convenientes. CAPITULO IV DEL SECRETARIO TECNICO Articulo 26º.- Del Secretario Tecnico.- El Secretario Tecnico es el Jefe de Participacion Vecinal Articulo 27º.- Funciones del Secretario Tecnico.Son funciones y atribuciones del Secretario Tecnico del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia, las siguientes: a) Elaborar y despachar las citaciones a los miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia. b) Asistir y llevar el Libro de actas de las Sesiones del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia. c) Brindar informacion necesaria y con la debida anticipacion sobre cada tema a tratar en las Sesiones del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia, de manera que los miembros puedan conocer en forma suficiente las cuestiones que deban ser debatidas. d) Extender por cualquier medio impreso el acta de las sesiones e insertarlas en el libro de actas del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia. e) Informar sobre las correspondencias recibidas y enviadas. f) Tramitar y suscribir el despacho del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia. g) Otras acciones que se le asignen. CAPITULO V DE LAS ACTAS Articulo 28º.- Legalizacion del Libro de Actas.- El Libro de Actas del Consejo de Coordinacion Local Distrital

de Independencia sera legalizada notarialmente y estara a cargo del Secretario Tecnico. Articulo 29º.- Contenido de las Actas.- El Acta debera contener el lugar y fecha en que se realiza la Sesion, el nombre de los que asistan, los temas de deliberacion, un resumen de los debates, cada acuerdo por separado con indicacion de la forma y sentido de los votos. El acuerdo debe expresar el sentido de la decision adoptada. El acta luego de ser aprobada sera firmada por el Secretario Tecnico, el MORDAZA y por los miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia que lo soliciten. CAPITULO VI DE LA ORDEN DEL DIA Articulo 30º.- Contenido de la Agenda.- En la Orden del Dia se debatira y votara solamente los temas consignados en la Agenda y los que durante la sesion, por excepcion y que de acuerdo al Art. 24º hubiera pasado a esta estacion. Articulo 31º.- Intervenciones en el Debate.Durante el debate ningun miembro del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia puede intervenir mas de dos veces sobre el mismo MORDAZA, excepto, cuando sea el caso, el presidente de la Comision que emitio el dictamen. Ninguna intervencion durara mas de tres minutos. Sin embargo, el Presidente puede conceder tiempo adicional por un lapso no mayor al original cuando la naturaleza del tema asi lo exija. El tiempo para cada intervencion es intransferible. TITULO IV DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL CAPITULO I DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL Articulo 32º.- Derechos de los Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD.- Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia, ademas de lo estipulado en el Art. 16º de la Ordenanza Nº 0091-2005-MDI, tienen derecho a: a) Convocar a traves de la Secretara Tecnica a los delegados de las organizaciones de la sociedad civil a las que representan, inscritos en el registro municipal, para realizar reuniones de coordinacion, levantando actas de los acuerdos que llevaran a las sesiones del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia para sustentarlos. b) Recibir de la Secretaria Tecnica las necesarias facilidades para el cumplimiento de sus funciones. c) Participar y votar en las sesiones. d) Presentar en forma individual o colectiva al Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia las opiniones y propuestas por escrito, las que deberan ser debatidas en las sesiones. e) Recoger las sugerencias y necesidades de los ciudadanos y de las organizaciones de la sociedad civil del distrito de Independencia y presentarlas en las sesiones de Concejo Municipal de acuerdo a las necesidades prioritarias. f) Recibir informacion que se solicite a los Funcionarios de la Municipalidad, a traves de la Secretaria Tecnica. g) Solicitar con anticipacion al MORDAZA y a la Secretaria Tecnica las informaciones y documentos relacionados con el objeto de la Sesion del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia y otros asuntos que estime necesario para el cumplimiento de sus funciones. h) Participar en las Comisiones de Trabajo que fueran necesarias para cumplir con las funciones del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Independencia y otras que el Concejo Municipal le encargue y/o solicite. i) Establecer de manera permanente medios y/o instrumentos que permitan el ejercicio de las funciones

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