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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2006 (17/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 31

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G39/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de mayo de 2006 Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar la donación de la maquinaria detallada en el Anexo adjuntoa la presente Resolución, a favor de la Municipalidaddistrital de Huepetuhe, provincia del Manú, departamentode Madre de Dios, con la finalidad de implementar unmaquicentro en la Institución Educativa Nº 52082 "Horacio Zeballos Gámez"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779; en laLey Nº 27792; y, en el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria descrita en el Anexo adjunto que forma parte integrantede la presente Resolución, valorizada en S/. 5,403.87(Cinco Mil Cuatrocientos Tres y 87/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad distrital de Huepetuhe, provincia del Manú, departamento de Madre de Dios,con la finalidad de implementar un maquicentro en laInstitución Educativa Nº 52082 "Horacio ZeballosGámez". Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Municipal, deberá constatar que la Municipalidad distrital de Huepetuhe, provincia del Manú, departamento deMadre de Dios, instale el maquicentro en la InstituciónEducativa Nº 52082 "Horacio Zeballos Gámez". Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República dentro de los términos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 08781 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 115-2006-VIVIENDA Lima, 10 de mayo de 2006 Visto; El Oficio Múltiple Nº 38-2004-MDA, de fecha 8 de marzo de 2004, emitido por el Alcalde de laMunicipalidad distrital de Aucará; el Informe Técnico Nº 002-2006/VIVIENDA-VMCS-DNC-PREBAM-LART, de fecha 10 de enero de 2006, emitido por el Programa deEquipamiento Básico Municipal; y, el MemorándumNº 012-2006-VIVIENDA/OGA-CGP, de fecha 3 de f ebrero de 2006, emitido por el Comité de Gestión Patrimonial; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 111-96, modificado por Decretos de Urgencia Nº 023-97 y Nº 086-97, se disponela adquisición de maquinaria para la industria del calzado,confección y tejido, procedentes de la República Popular China, con la finalidad de transferirla a pequeños y microempresarios, a los centros educativos estatales y a organizaciones socialescon fines educativos, de capacitación o de promoción socialsin fines de lucro; Que, el Decreto Supremo Nº 026-2005-VIVIENDA, establece que el Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM, evalúe las solicitudes de donación de equipos que se realice al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamientopara la formación de maquicentros en las Municipalidades,Centros Educativos y demás Organizaciones Sociales,abarcando su función desde la supervisión hasta la instalaciónde dichos bienes en su destino; Que, a través del Oficio Múltiple Nº 38-2004-MDA, el Alcalde de la Municipalidad distrital de Aucará, solicita alMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ladonación de maquinaria para la instalación de unmaquicentro en la Institución Educativa CES TécnicaAgropecuaria de Aucará;Que, mediante Informe Técnico Nº 002-2006/ VIVIENDA-VMCS-DNC-PREBAM-LART, adjunto alMemorándum Nº 002-2006/VIVIENDA-VMCS-DNC-PREBAM, el PREBAM expresa su conformidad a ladonación de la maquinaria detallada en dicho documento,en atención a las consideraciones técnicas del expediente que contiene la solicitud de donación; Que, con Memorándum Nº 012-2006-VIVIENDA/ OGA-CGP, el Comité de Gestión Patrimonial contandocon la opinión técnica favorable del PREBAM y, actuandode conformidad con lo dispuesto en la "Directiva para elProcedimiento Administrativo respecto de los actos de disposición de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento para ser transferidos", aprobada porResolución de Secretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donaciónde la maquinaria detallada en el Anexo adjunto a la presente Resolución; Que, según se desprende del Informe Nº 335-2004/ VIVIENDA-OGAJ, emitido por la Oficina General deAsesoría Jurídica, los bienes comprendidos en losDecretos de Urgencia citados en el primer considerando,pueden ser transferidos a las Municipalidades, que ejecuten programas y proyectos de desarrollo, celebren convenios con Centros Educativos u OrganizacionesSociales, orientados a la implementación de la tecnologíaen el sistema educativo, como es el caso del conveniode cooperación interinstitucional suscrito entre laMunicipalidad distrital de Aucará, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, con la Institución Educativa CES Técnica Agropecuaria de Aucará; Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar la donación de la maquinaria detallada en el Anexo adjuntoa la presente Resolución, a favor de la Municipalidaddistrital de Aucará, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, con la finalidad de implementar un maquicentro en la Institución Educativa CES TécnicaAgropecuaria de Aucará; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779; en laLey Nº 27792; y, en el Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria descrita en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución, valorizada en S/. 5,403.87 (Cinco Mil Cuatrocientos Tres y 87/100 Nuevos Soles),a favor de la Municipalidad distrital de Aucará, provinciade Lucanas, departamento de Ayacucho, con la finalidadde implementar un maquicentro en la Institución EducativaCES Técnica Agropecuaria de Aucará. Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Municipal, deberá constatar que la Municipalidad distritalde Aucará, provincia de Lucanas, departamento deAyacucho, instale el maquicentro en la InstituciónEducativa CES Técnica Agropecuaria de Aucará. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República dentro de los términosestablecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 08782 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 118-2006-VIVIENDA Lima, 10 de mayo de 2006 Visto; El Oficio Nº 329-2004-DRE-ISTP-I-/D, de fecha 15 de noviembre de 2004, emitido por la Directora del