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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G39/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de mayo de 2006 /G43/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G6E/G20/G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G4E/G6F/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F /G4E/G6F/G74/G61/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G75/G72/G61/G20/G79/G20/G54/G75/G6D/G62/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 193-2006-JUS Lima, 15 de mayo de 2006 Visto, el Oficio Nº 330-2006-JUS/CN, de fecha 2 de mayo de 2006, remitido por el Presidente del Consejo del Notariado; CONSIDERANDO:Que, mediante el oficio de visto, el Presidente del Consejo del Notariado comunica al Despacho Ministerial el fallecimiento del señor Alfonso Alfredo León y León León, Notario del distrito de Castilla, provincia de Piura,departamento de Piura, ocurrido el día 14 de abril de2006, el mismo que ha sido comunicado por el Colegiode Notarios de Piura y Tumbes al Consejo del Notariadomediante Oficio Nº 169-2006-CNPYT/CD, de fecha 24 de abril de 2006, para lo cual acompaña copia de la Partida de Defunción; Que, sobre la base de lo señalado en el considerando anterior es necesario cancelar el título de Notariootorgado al señor Alfonso Alfredo León y León León; De conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 21º del Decreto Ley Nº 26002, Ley del Notariado y en el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del SectorJusticia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cancélase, por fallecimiento, el título de Notario del distrito de Castilla, provincia de Piura,departamento de Piura, Distrito Notarial de Piura yTumbes, otorgado al señor ALFONSO ALFREDO LEÓNY LEÓN LEÓN. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución Ministerial al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de Piura y Tumbes, para los finesconsiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 08719 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G4E/G6F/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E /G49/G73/G69/G64/G72/G6F/G2C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G4E/G6F/G74/G61/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2006-JUS Lima, 15 de mayo de 2006 Visto, el Oficio Nº 281-2006-JUS-CN, de fecha 5 de abril de 2006, remitido por el Presidente del Consejo del Notariado, y el Informe Nº 013-2006-JUS/CN-ST, defecha 30 de marzo de 2006; CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio de visto, el Presidente del Consejo del Notariado pone en conocimiento del Despacho Ministerial que el señor abogado CésarRaymundo Aliaga Caballero, ha solicitado la expediciónde su título de Notario del distrito de San Isidro luego dehaber participado en el último Concurso Público de Méritospara el ingreso a la función notarial en el Distrito Notarial de Lima, para lo cual se deberá cancelar su título de Notario en la localización distrital de Lurigancho - Chosica; Que, mediante Oficio Nº 009-2006-CNL/D, el Decano del Colegio de Notarios de Lima, remitió al Consejo delNotariado las actas del Jurado del Concurso Público deMéritos, en las cuales se señala que el señor abogadoCésar Raymundo Aliaga Caballero, ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de SanIsidro, provincia de Lima, departamento de Lima, DistritoNotarial de Lima; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Orgánica del Sector Justicia, aprobada mediante Decreto Ley Nº 25993; los artículos 12º y 21º de la Ley del Notariado, Decreto Ley Nº 26002; y el artículo 29º delReglamento de Concurso Público de Méritos para elIngreso a la Función Notarial, aprobado por ResoluciónMinisterial Nº 398-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cancélase la localización notarial del distrito de Lurigancho - Chosica, provincia de Lima,departamento de Lima, Distrito Notarial del Callao,otorgado al señor abogado CESAR RAYMUNDO ALIAGA CABALLERO, la misma que se hará efectiva desde el día siguiente de su juramentación como Notario de lalocalización del distrito de San Isidro, provincia de Lima,departamento de Lima. Artículo 2º.- Nómbrase al señor abogado CESAR RAYMUNDO ALIAGA CABALLERO Notario del distrito de San Isidro, provincia de Lima, departamento de Lima, Distrito Notarial de Lima, debiendo expedirse a tal efectoel Título correspondiente. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Lima,y al interesado para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 08720 PRODUCE /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G2D/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G52/G69/G65/G73/G67/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G45/G6E/G63/G65/G66/G61/G6C/G6F/G70/G61/G74/GED/G61/G20/G45/G73/G70/G6F/G6E/G67/G69/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20/G42/G6F/G76/G69/G6E/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 126-2006-PRODUCE Lima, 11 de mayo del 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 149-2006- PCM se constituyó la Comisión Especial Multisectorialde Evaluación de Riesgo para la EncefalopatíaEspongiforme Bovina, adscrita al Ministerio de Salud,que cumplirá sus funciones en concordancia con lodispuesto en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 019- 2006-AG; Que, conforme a los artículos 2º y 3º de la citada Resolución Ministerial, la citada Comisión EspecialMultisectorial está conformada por tres representantesdel Ministerio de Salud, uno de los cuales la preside, eintegrada además por tres representantes del Ministerio de Agricultura, un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y un representante delMinisterio de la Producción; entidades que contarán conrepresentantes titulares y alternos; Que, en dicho marco, corresponde designar a los representantes Titular y Alterno del Ministerio de la Producción, respectivamente, ante la Comisión Especial Multisectorial creada mediante Resolución MinisterialNº 149-2006-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27789, "Ley de Organización y Funciones delMinisterio de la Producción" y R. M. Nº 149-2006- PCM;