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NORMAS LEGALESEl Peruano Lunes 29 de mayo de 2006REPUBLICADELPERU 319728 que el Jurado Electoral Especial de Huancayo ha vulnerado su derecho a ser elegido debido al rechazar su candidaturaal Congreso por la alianza electoral Frente de Centro; Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 45º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859, los JuradosElectorales Especiales están conformados por tres miembroscuyos nombres, luego de su selección, son publicados enel Diario Oficial El Peruano, siendo el plazo de formulaciónde tachas contra su designación de cinco (5) días naturalescontados a partir de ella, de modo que al haber sido talesnombramientos publicados en dicho Diario medianteResolución Nº 018-2006-JNE el 21 de enero del presenteaño, fue el 26 de enero el último día en que procedíapresentar alguna tacha a fin de cuestionarlos; Que, en cuanto al rechazo de la inscripción de su candidatura debe precisarse que el proceso electoral estácompuesto por etapas perentorias y preclusivas de modoque el ciudadano se sujetó en su momento a lanormatividad que regula la inscripción de candidaturas, lacual es aplicada en primera instancia por el Jurado ElectoralEspecial y ante la cual pudo hacer efectivo su derecho dedefensa a través de los medios impugnatorios previstospor ley y los reglamentos expedidos para tal efecto; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso m) del artículo 5º de la Ley Orgánica del Jurado Nacional deElecciones, Ley Nº 26486, es función de este organismoelectoral resolver en última instancia las reclamaciones quese presenten sobre la constitución y el funcionamiento delos Jurados Electorales Especiales; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE por extemporáneo el escrito presentado por el señor AméricoZárate Baldeón. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento a la Corte Superior del Distrito Judicial de Junín la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. MENDOZA RAMÍREZPEÑARANDA PORTUGALSOTO VALLENASVELA MARQUILLOVELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ, Secretario General (e) 09303 /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20 /G61/G20 /G74/G65/G6E/G69/G65/G6E/G74/G65/G20 /G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20 /G79 /G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G61/G20/G6E/G6F/G20/G70/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65 /G61/G73/G75/G6D/G61/G6E/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G79/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G61 /G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F RESOLUCIÓN Nº 1040-2006-JNE Expediente Nº 839-2006 Lima, 18 de mayo de 2006 VISTO, el Oficio Nº 155-2006-MPC-SG del 16 de mayo de 2006, mediante el cual don Dante Manuel Mesa Pinto,Secretario General de la Municipalidad Provincial del Callao,comunica a este Colegiado la renuncia irrevocable de donAlexander Martín Kouri Bumachar al cargo de Alcalde delConcejo Provincial del Callao, a fin de postular a laPresidencia del Gobierno Regional del Callao en las próximaselecciones regionales; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma ConstitucionalNº 28607, se establece que para postular al cargo dePresidente del Gobierno Regional los Alcaldes debenrenunciar al cargo seis (6) meses antes de la elecciónrespectiva; Que, mediante Resolución Nº 860-2006-JNE del 10 de mayo de 2006, el Jurado Nacional de Elecciones establecedisposiciones aplicables a los candidatos a Presidentes,Vicepresidentes y Consejeros Regionales así comocandidatos a Alcaldes y Regidores Municipales; precisando en su Artículo Cuarto que el jueves 18 de mayo de 2006 esel último día de plazo señalado en la legislación vigentepara que los alcaldes que deseen postular al cargo depresidente regional puedan presentar su renunciairrevocable al cargo que ostentan, con firma legalizadaante notario público o Juez de Paz de su localidad, encaso de no existir notario; Que, conforme al artículo 9º, inciso 10, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, corresponde alConcejo Municipal declarar la vacancia de los cargos dealcalde y regidor; Que, conforme al artículo 5º de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486, corresponde aeste Colegiado proclamar a los candidatos que por leydeban asumir cargos vacantes; Que, mediante carta s/n, con firma legalizada ante notario público, don Alexander Martín Kouri Bumacharpresentó ante la Municipalidad Provincial del Callao,con 16 de mayo de 2006, su renuncia irrevocable alcargo de Alcalde del Concejo Provincial del Callao, a fin de postular al cargo de Presidente del Gobierno Regional del Callao; Que, según Acta de Sesión Extraordinaria de Sesión Concejo celebrada el 16 de mayo de 2006 se adoptó elAcuerdo Nº 00067, mediante el cual el Concejo MunicipalProvincial del Callao acepta la renuncia presentada pordon Alexander Martín Kouri Bumachar al cargo deAlcalde de la Provincia Constitucional del Callao a partirdel 18 de mayo 2006 y declarar la vacancia de su cargo; Que, conforme lo dispone el artículo 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades acotada, en caso devacancia del Alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde,que es el primer regidor hábil que sigue en su propialista electoral, correspondiendo llamar a don PíoFernando Salazar Villarán; y para completar el númerolegal de miembros del concejo municipal se debeconvocar a doña Juana Zerpa de Velarde, candidatano proclamada de la lista de la organización política"MOVIMIENTO POLÍTICO INDEPENDIENTE CHIM PUMCALLAO; El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Convocar a don Pío Fernando Salazar Villarán, para que asuma el cargo de Alcaldedel Concejo Provincial del Callao, ProvinciaConstitucional del Callao, para completar el período degobierno municipal 2003-2006, otorgándosele larespectiva credencial. Artículo Segundo.- Convocar a doña Juana Zerpa de Velarde para que asuma el cargo de Regidora en elConcejo Provincial del Callao, Provincia Constitucionaldel Callao, para completar el período de gobiernomunicipal 2003-2006, otorgándosele la respectivacredencial. SS. MENDOZA RAMÍREZPEÑARANDA PORTUGALSOTO VALLENASVELA MARQUILLÓVELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ Secretario General (e) 09301 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G76/G61/G63/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61 /G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G6F/G73/G20 /G70/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G64/G6F/G20 /G79/G20 /G6E/G6F /G70/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G73/G75/G6D/G61/G6E/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G73/G20/G64/G65 /G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G79/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G70/G65 RESOLUCIÓN Nº 1041-2006-JNE Lima, 18 de mayo de 2006 Vistos: los expedientes 415-2005 y 51-2006 de vacancia del cargo de Alcalde del Concejo de la Municipalidad Distritalde Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de