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NORMAS LEGALESEl Peruano Martes 30 de mayo de 2006 319771REPUBLICADELPERU Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la autorización, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- El mencionado Oficial Subalterno deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 dejunio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 09584 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G2D /G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G20/G79/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G65/G6E/G20/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2006-DE/MGP Lima, 16 de enero de 2006 Visto el Oficio N.100-2895 del Director General de Instrucción de la Marina, de fecha 29 de diciembre de2005; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios delCapitán de Corbeta Marko Favio CARRANZA Noriega, a fin que participe en el Curso de Estado Mayor, a llevarse a cabo en la Academia de Guerra Naval, ciudad de Valparaíso - CHILE, del 21 de enero al 15 de diciembre de 2006; por cuando los conocimientos y experiencia a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marinade Guerra del Perú; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860, Ley delMinisterio de Defensa, Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Marko Favio CARRANZA Noriega, CIP . 00950002, para que participeen el Curso de Estado Mayor, a llevarse a cabo en laAcademia de Guerra Naval, ciudad de Valparaíso - CHILE, a partir del 21 de enero al 15 de diciembre de 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos correspondientesde acuerdo con los conceptos siguientes: Pasajes: Aéreo: Lima - Santiago (CHILE) - Lima US$ 480.11 x 1 persona Terrestre: Santiago - Valparaíso (CHILE) - Santiago US$ 12.00 x 1 personaGastos de Traslado: US$ 2,900.00 x 2 compensaciones x 1 Oficial Superior Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 2,900.00 : 31 x 11 días (enero) x 1 Oficial SuperiorUS$ 2,900.00 x 10 meses x 1 Oficial Superior US$ 2,900.00 : 31 x 15 días (diciembre) x 1 Oficial Superior Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4°.- El mencionado Oficial Superior revistará en la Dirección General de Instrucción de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 5º.- El referido Oficial Superior deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Finaldel Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 09582 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 025-2006-DE/MGP Lima, 16 de enero de 2006 Visto el Oficio N.100-2893 del Director General de Instrucción de la Marina, de fecha 29 de diciembre de2005; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitánde Corbeta Juan Luis BAZAN Tejada, a fin que participe en el Curso de Estado Mayor para Oficiales Superiores (C- EMOS/2006), a llevarse a cabo en la Escuela de GuerraNaval, ciudad de Río de Janeiro - BRASIL, del 14 de febrero al 12 de diciembre de 2006; por cuando los conocimientos y experiencia a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia dela Marina de Guerra del Perú; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Juan Luis BAZAN Tejada, CIP . 00883955, para que participe en el Curso de Estado Mayor para Oficiales Superiores (C-EMOS/2006), a llevarse a caboen la Escuela de Guerra Naval, ciudad de Río de Janeiro –BRASIL, a partir del 14 de febrero al 12 de diciembre de 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos correspondientes de acuerdo con los conceptos siguientes: