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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2006 (31/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 319878El Peruano Miércoles 31 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 212-MPL, publicada el día 25 de marzo del 2006 en el Diario Oficial El Peruano, seaprobó el "BENEFICIO TEMPORAL PARA LAREGULARIZACIÓN DE LAS OBLIGACIONESTRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS", para aquelloscontribuyentes o administrados que hasta el 31 de enerodel 2006, se encontraban en condición de omisos a lapresentación de la Declaración Jurada del Impuesto Predialo en condición de subvaluantes y para los administradossancionados con multas administrativas impuestas hastala fecha antes señalada; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado porDecreto Supremo Nº 135-99-EF , el plazo para el pago de ladeuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter generalpor la Administración Tributaria; Que, los beneficios contemplados en la citada Ordenanza vencen el 31 de mayo del 2006 y dentro de laspolíticas establecidas por la presente Administración, seencuentra la de otorgar a los contribuyentes de lajurisdicción del distrito de Pueblo Libre, las más ampliasfacilidades para que puedan cumplir con sus obligacionestributarias y no tributarias, por lo que, existiendo voluntadde los vecinos de regularizar sus obligaciones antesmencionadas y siendo insuficiente el plazo para acogersea los beneficios de la citada Ordenanza, es convenienteaprobar la ampliación de su vigencia; Del mismo modo, apreciándose que existen contribuyentes que han cumplido con regularizar lapresentación de su Declaración Jurada con anterioridad ala vigencia de la Ordenanza Nº 212-MPL y que no tuvieronla oportunidad de cancelar sus obligaciones sustantivas,es conveniente incorporarlos dentro de los alcances de lapresente Ordenanza, para facilitarles la regularización desu situación; En uso de las atribuciones contenidas en los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972, el pleno del Concejo aprobó por UNANIMIDAD ycon dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente Ordenanza; ORDENANZA Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 30 junio del 2006, el plazo de vencimiento para acogerse a los beneficios contemplados en la Ordenanza Nº 212-MPL,referida al "BENEFICIO TEMPORAL PARA LAREGULARIZACIÓN DE LAS OBLIGACIONESTRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS." Artículo Segundo.- Incorpórese en el tercer párrafo del artículo 3º de la Ordenanza Nº 212-MPL, el siguientesupuesto para gozar de los beneficios tributarios: "4. Los casos en los cuales el contribuyente haya superado su condición de omiso o subvaluante, con lapresentación de la Declaración Jurada, durante la vigenciade la Ordenanza Nº 199-MPL y su prórroga, la OrdenanzaNº 201-MPL." Artículo Tercero.- Sustituir la Segunda Disposición Complementaria de la Ordenanza Nº 212-MPL, por elsiguiente texto: "Aquellos contribuyentes y/o administrados que mantengan deudas por concepto de costas y gastos delprocedimiento de ejecución coactiva, y se acojan alpresente beneficio tributario y/o administrativo, cancelandola totalidad de la deuda en cobranza, se les condonará elíntegro del monto correspondiente a dichos conceptos." Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Administración Tributaria, Oficina de Informática, Gerencia de DesarrolloUrbano, Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia deSeguridad Ciudadana y Oficina de Ejecución Coactiva, elcumplimiento de la presente Ordenanza, a la Oficina deComunicación Social su difusión y a la Oficina deAdministración, su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 09607MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G62/G61/G73/G74/G65/G2D /G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G69/G6E/G6D/G69/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G79/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G74/G72/G6F/G6E/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G61/G6E/G61/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G20/G79/G20/G64/G69/G67/G69/G74/G61/G6C ACUERDO DE CONCEJO Nº 67-2006-ACSS Santiago de Surco, 29 de mayo del 2006 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; VISTO:El Informe Nº 034-2006-GTIP-MSS de la Gerencia de Tecnologías de Información y Procesos, el Informe Nº 630-2006-SGL-GAF-MSS de la Subgerencia de Logística, elMemorándum Nº 455-2006-OPP-MSS de la Oficina dePlaneamiento y Presupuesto, los Informes Nº 443-2006-OAJ-MSS y Nº 448-2006-OAJ-MSS de la Oficina de Asesoría Jurídicay el Informe Nº 199-2006-GM-MSS de la Gerencia Municipal. CONSIDERANDO:Que, el Gerente de Tecnologías de Información y Procesos mediante Informe Nº 034-2006-GTIP-MSS, de fecha 19 demayo del 2006, manifiesta que la Licitación Pública Nº 001-2006-MSS para la Adquisición de Radios Digitales Troncalizadospara Seguridad Ciudadana fue declarada desierta y que enlos próximos días, se está efectuando la segunda convocatoria.Asimismo, dicho funcionario informa que la Gerencia deSeguridad Ciudadana viene utilizando equipos de radioalquilados a la empresa Nextel, bajo exoneración del Concejohasta el 30 de mayo del 2006, por lo que solicita la extensiónde la exoneración por un plazo adicional de 4 meses (2 mesespara el proceso de contratación y 2 más para su implementación),a fin de no afectar la continuidad operativa de la Gerencia deSeguridad Ciudadana de la Municipalidad; Que, mediante Informe Nº 630-2006-SGL-GAF-MSS de fecha 25 de mayo del 2006, la Subgerente de Logísticainforma que con fecha 17 de mayo del año en curso, remitióal Comité Especial que dirigió el proceso de selección de laLicitación Pública Nº 001-2006-MSS y a la Gerencia deTecnologías de Información y Procesos, los Informes Nº 594-2006-SGL-MSS y Nº 593-2006-SGL-GAF-MSS,respectivamente, a fin que se adopten las medidas necesariaspara que no se descontinúe el servicio, dado que el procesose había declarado desierto. En ese sentido, dicha funcionariaseñala que las condiciones que motivaron la declaración delestado de desabastecimiento inminente, según el primerpárrafo del Acuerdo de Concejo Nº 28-2006-ACSS, no handesaparecido, puesto que aún se encuentra en trámite elproceso de selección, por lo que solicita se eleve los actuadosal Concejo Municipal, a fin que en uso de facultades conferidaspor el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972, autorice la ampliación del plazo de vigenciaestablecido en el Acuerdo de Concejo Nº 28-2006-ACSS,según lo solicitado, es decir 4 meses adicionales, teniendoen consideración que el servicio de radio troncalizado digitaly analógico por la cantidad de S/. 90,444.80 cuenta con ladisponibilidad presupuestal en la Específica del Gasto531158101 "Servicio de Radio", Fuente de Financiamiento09 "Recursos Directamente Recaudados", tal como se indicaen el Memorando Nº 455-2006-OPP-MSS de fecha 25 demayo del 2006; Que, mediante Informes Nºs. 443-2006-OAJ-MSS y 448- 2006-OAJ-MSS, de fechas 25 y 26 de mayo del 2006,respectivamente, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídicaopina por la procedencia de la ampliación del plazo del Acuerdode Concejo Nº 28-2006-ACSS, que declara eldesabastecimiento inminente y exonera del proceso deselección la contratación de los servicios de radiocomunicacióntroncalizado digital y analógico, recomendando que este seapor cuatro meses o hasta que se agote el monto asignado;