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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (01/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 157

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de noviembre de 2006 Pág.332051 la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, según el artículo 21º del acotado dispositivo legal, se considera situación de desabastecimiento inminente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situación faculta al Instituto Nacional Penitenciario a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economía en el proceso de adjudicación de acuerdo al artículo 3º de la referida norma legal; Que, presumiéndose posibles irregularidades en el desarrollo del proceso de selección, se debe disponer las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar, cuya conducta negligente hubiese originado la presencia R FRQ¿JXUDFLyQ GH OD VLWXDFLyQ GH GHVDEDVWHFLPLHQWR inminente, conforme lo dispone el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084 –2004- PCM; Que, en el artículo 148º de la normatividad legal antes citada, se encuentran señalados los procedimientos para los procesos de selección exonerados, debiendo la Dirección Regional Centro Huancayo sujetarse estrictamente a la norma indicada para la compra de lo LQGLVSHQVDEOHD¿QGHSDOLDUODVLWXDFLyQVLQSHUMXLFLRGHque se realice el proceso de selección correspondiente SDUDODVDGTXLVLFLRQHVGH¿QLWLYDV 4XH PHGLDQWH ORV 2¿FLRV 1žV  \  INPE/18.03, ambos de fechas 13 de setiembre de 2006, OD2¿FLQDGH3ODQL¿FDFLyQGHOD'LUHFFLyQ5HJLRQDO&HQWURHuancayo, señala que existe la disponibilidad presupuestal para cubrir el desabastecimiento inminente de los citados establecimientos penitenciarios; Estando a lo solicitado por la Dirección Regional &HQWUR+XDQFD\R\DORRSLQDGRSRUOD2¿FLQD*HQHUDOde Asesoría Jurídica, contándose con las visaciones GHO &RQVHMR 1DFLRQDO 3HQLWHQFLDULR \ GH ODV 2¿FLQDVGenerales de Administración y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, Resolución Ministerial N° 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 128-2006-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DECLARAR, en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario La Merced y para el personal de seguridad del Establecimiento Penitenciario de Concepción de la Dirección Regional Centro Huancayo, por los períodos de cincuenta y uno (51) y cuarenta y ocho (48) días calendario, respectivamente, a partir de la fecha de la presente Resolución, mientras resuelve el CONSUCODE el recurso de revisión, se concluye el proceso de Licitación Pública y perfeccionan los correspondientes contratos, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- EXONERAR, a la Dirección Regional Centro Huancayo, del requisito de Licitación Pública para ODDGTXLVLFLyQGHDOLPHQWRVSUHSDUDGRVDTXHVHUH¿HUHHOartículo primero de la presente Resolución. Artículo 3°.- AUTORIZAR, a la Dirección Regional Centro Huancayo, para la adquisición de alimentos preparados para internos, personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario de La Merced y para el personal de seguridad del Establecimiento Penitenciario de Concepción de la Dirección Regional Centro Huancayo, por los períodos de cincuenta y uno (51) y cuarenta y ocho (48) días calendario, respectivamente, de acuerdo al siguiente cuadro:Nº ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS PERÍODO MONTO S/. 1 LA MERCED 51 57 724,862 CONCEPCIÓN 48 2 112,00 TOTAL 59 836,86 Dicha autorización y por los períodos antes mencionados, es con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la situación de desabastecimiento inminente prevista en el artículo precedente debiendo de adquirir los alimentos preparados en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4°.-',6321(5TXHOD2¿FLQD*HQHUDOGH Administración comunique a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5°.- ',6321(5 TXH OD 2¿FLQD *HQHUDO de Auditoría inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya FRQGXFWDKXELHVHRULJLQDGRODSUHVHQFLDRFRQ¿JXUDFLyQde la situación de desabastecimiento que se aprueba. Artículo 6°.- REMITIR, copia de la presente Resolución DODVLQVWDQFLDVSHUWLQHQWHVSDUDORV¿QHVGH/H\ Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA DELSA MAVILA LEON PresidenteInstituto Nacional Penitenciario 3765-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 671-2006-INPE/P 0HGLDQWH 2¿FLR 1ž ,13( HO ,QVWLWXWR Nacional Penitenciario solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Presidencial Nº 671-2006-INPE/P, publicada en la edición del día 31 de octubre de 2006. (QHO~OWLPRFRQVLGHUDQGR ',&(“(...) mediante Resolución Suprema Nº 021-2006- JUS;” '(%('(&,5“(...) mediante Resolución Suprema Nº 128-2006- JUS;” 3816-1 OSITRAN FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 060-2006-CD-OSITRAN 0HGLDQWH 2¿FLR 1ž 55,,26,75$1 HO Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Consejo Directivo Nº 060-2006-CD-OSITRAN, publicada en la edición del día 25 de octubre de 2006. Sétimo Considerando