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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (01/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 158

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de noviembre de 2006 Pág.332052 ',&( “(...), se estableció el cargo por el uso de las instalaciones para carga aérea en el AIJCH en US$ 0,180 por kilogramo para el período 1 de enero al 31 de diciembre del año 2005; (...)” '(%('(&,5 “(...) se estableció el cargo por el uso de instalaciones para carga aérea en el AIJCH en US $0,0180 por kilogramo para el período 1 de enero al 31 de diciembre del año 2005 (...).” Noveno Considerando ',&( “(...), se estableció la tarifa máxima por el uso de las instalaciones para carga aérea en el AIJCH en US$ 0,188 por kilogramo. (...), para el período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del año 2006; (...)” '(%('(&,5 “(...) se estableció la tarifa máxima por el uso de las instalaciones de carga aérea en el AIJCH en US $0,0188 por kilogramo (...) para el período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del año 2006 (...).” 3714-1 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Declaran desafectación administrativa de predios en la provincia de Lima que quedan incorporados al dominio privado del Estado JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 136-2006/SBN-GO-JAD La Molina, 27 de octubre de 2006 Vistos los expedientes Nºs. 140-2006/SBN-JAD, 167- 2006/SBN-JAD, 168-2006/SBN-JAD, 169-2006/SBN-JAD, 170-2006/SBN-JAD, 171-2006/SBN-JAD, 172-2006/SBN-JAD, 173-2006/SBN-JAD y 174-2006/SBN-JAD que versan sobre la desafectación administrativa de nueve predios ubicados en la provincia y departamento de Lima, los cuales constituyen aportes reglamentarios a favor del Estado. CONSIDERANDO: Que, en virtud a la Ley Nº 27395, la Superintendencia de Bienes Nacionales - SBN, es un organismo público descentralizado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, encargado de llevar a cabo el registro, control y administración de los bienes inmuebles y muebles que comprende el Patrimonio Fiscal, la cual tiene como ¿QDOLGDGEXVFDUHODSURYHFKDPLHQWRHFRQyPLFRGHORVbienes en armonía con el interés social; Que, el artículo 15º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº ()PRGL¿FDGRSRU'HFUHWR6XSUHPR1ž2003-EF y Decreto Supremo Nº 042-2006-EF, establece que los predios provenientes de aportes reglamentarios que tengan atributos de inalienabilidad, imprescriptibilidad, intangibilidad, reserva o características similares, podrán excepcionalmente, incorporarse al dominio privado del Estado, previo procedimiento de desafectación ante la Superintendencia de Bienes Nacionales; Que, el Estado es propietario de nueve predios ubicados en la provincia y departamento de Lima, cuyo detalle obra en el Anexo adjunto a la presente resolución, los cuales constituyen aportes reglamentarios, siendo necesario incorporarlos al dominio privado del Estado, para lo cual corresponde efectuar la desafectación administrativa; Que, mediante Memorando Nº 387-2004/SBN-GL, de fecha 28 de setiembre de 2004, la Gerencia Legal de la Superintendencia de Bienes Nacionales señala que la desafectación administrativa de los bienes de propiedad estatal, deberá realizarla la Jefatura de Adjudicaciones; Que, de acuerdo a lo señalado en los Informes Técnico Legales Nºs. 196-2006/SBN-GO-JAD, 197-2006/SBN-GO-JAD, 198-2006/SBN-GO-JAD, 199-2006/SBN-GO-JAD, 200-2006/SBN-GO-JAD, 201-2006/SBN-GO-JAD, 202-2006/SBN-GO-JAD, 203-2006/SBN-GO-JAD y 204-2006/SBN-GO-JAD, todos de fecha 26 de octubre del 2006, resulta necesario proceder a la desafectación administrativa de los predios submateria, de conformidad con el artículo 15º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los %LHQHVGH3URSLHGDG(VWDWDOD¿QGHTXHVHDQDGMXGLFDGRVen venta conforme a ley; Que, de acuerdo a lo señalado en el literal l) del artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolución Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, emitir como primera instancia, las Resoluciones de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente y la política institucional; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Resolución Nº 315-2001/SBN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la desafectación administrativa de nueve predios ubicados en la provincia y departamento de Lima, cuyo detalle obra en el Anexo adjunto a la presente resolución, razón por la cual quedan incorporados al dominio privado del Estado. Artículo 2º.- Por el mérito de la presente Resolución, la Zona Registral IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos procederá a inscribir la desafectación administrativa dispuesta en el artículo precedente. Regístrese y publíquese. FLOR DE MARÍA PÉREZ BRAVO Jefe de Adjudicaciones Anexo de la Resolución Nº 136-2006/SBN-GO-JAD ÍTEM ASIENTO SINABIPNº DE EXPEDIENTEÁREA (m²) UBICACIÓN DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO 1 15419 140-2006/SBN-JAD 5,879.70 LOTE 1 - AV. AUGUSTO WIESSE Y ANTUNEZ DE MAYOLO Y LA CALLE HERRERA POMAREDA, URBANIZACIÓN VISTA ALEGRESANTIAGO DE SURCOLIMA LIMA 2 1503 167-2006/SBN-JAD 150.00 LOTE DE TERRENO FRENTE A LA CALLE YEROVI LOTE 9 DE LA MZ. B - URBANIZACION BOLIVAR PUEBLO LIBRE LIMA LIMA 3 1380 168-2006/SBN-JAD 3,086.76 CALLE ALAMEDA DEL PREMIO REAL, MZ. K LOTE 40 - URB. LA ENCANTADA 3RA ETAPACHORRILLOS LIMA LIMA 4 1058 169-2006/SBN-JAD 2,394.00 PROLONGACION DE LA AV. LOS ABANICOS, LOTE 6 DE LA MANZANA. M - URBANIZACIÓN SEMIURBANA TIPO CLUB LA ENCANTADACHORRILLOS LIMA LIMA 5 947 170-2006/SBN-JAD 2,278.49 FRENTE A LA AV. ADRIATICO, LT. 19 - MZ. G URBANIZACIÓN NAPLO PUCUSANA LIMA LIMA 6 1496 171-2006/SBN-JAD 3,351.40 CALLE J MZ. G PRIMA LOTES 1 Y 2 - URBANIZACION RINCONADA ALTA - SEGUNDA ETAPA - PRIMER SECTORLA MOLINA LIMA LIMA 7 2352 172-2006/SBN-JAD 3,532.50 LOTE DE TERRENO EN LA MZ. J-1 LOTIZACION INDUSTRIAL PUENTE PIEDRAPUENTE PIEDRA LIMA LIMA 8 1574 173-2006/SBN-JAD 3,880.00 FRENTE A LA CALLE LOS DATILEROS DE LA PARCELACION SEMIURBANA RESIDENCIAL MONTERRICOLA MOLINA LIMA LIMA 9 1885 174-2006/SBN-JAD 1,510.00 ENTRE LAS CALLES LOS UROS, ANTONIO RAYMONDI, MATEO PAZ SOLDAN Y EL PARQUE FITZCARRALD - MANZANA 4-CH - QUINTO SECTOR - CUARTA ETAPA DEL AGRUPAMIENTO RESIDENCIAL SALAMANCAATE VITARTE LIMA LIMA