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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de noviembre de 2006 Pág.332047 INDECOPI Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre Granos de Cacao RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0084-2006/INDECOPI-CRT Lima, 4 de octubre de 2006 CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones GHO ,1'(&23, PRGL¿FDGR SRU HO 'HFUHWR /HJLVODWLYR807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas TXH¿JXUDFRPR$QH[RGHO$FXHUGRVREUH2EVWiFXORVTécnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó el siguiente Comité Técnico de Normalización Permanente: Cacao y Chocolate de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, el Comité Técnico de Normalización de Cacao y Chocolate, presentó 4 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) el 4 de julio de 2006. Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema de Adopción y sometidos a Discusión Pública por un período de 30 días contados a partir del 24 de agosto del 2006; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 4 de octubre del 2006. RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes:NTP-ISO 2291:2006 GRANOS DE CACAO. Determinación del contenido de humedad (Método de rutina). 2ª EdiciónReemplaza a la NTP-ISO 2291:1999 NTP-ISO 2451:2006 GRANOS DE CACAO. (VSHFL¿FDFLRQHV(GLFLyQReemplaza a la NTP-ISO 2451:1999 NTP-ISO 2292:2006 GRANOS DE CACAO. Muestreo. 2ª Edición. Reemplaza a la NTP-ISO 2292:1999 NTP-ISO 1114:2006 GRANOS DE CACAO. Prueba de Corte. 2ª EdiciónReemplaza a la NTP –ISO 1114:1999 Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP-ISO 2291:1999 GRANOS DE CACAO. Determinación del contenido de humedad (Método de rutina). 1ª Edición 173,62 *5$126'(&$&$2(VSHFL¿FD ciones. 1ª Edición NTP-ISO 2292:1999 GRANOS DE CACAO. Muestreo. 1ª Edición. NTP-ISO 1114:1999 GRANOS DE CACAO. Prueba de Corte. 1ª Edición Regístrese y publíquese. Con la intervención de los señores miembros Augusto Ruiloba, Fabián Novak, Jorge Danós, Aldo Bresani, Julio Paz Soldán y Antonio Blanco. AUGUSTO RUILOBA ROSSELPresidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 3711-1 INEI Aprueban Norma Técnica para la elaboración de cuadros estadísticos RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 312-2006-INEI Lima, 25 de octubre del 2006 CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática es el organismo central y rector del Sistema Nacional de Estadística, responsable de normar, conducir, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de HVWDGtVWLFDR¿FLDOHVGHOSDtV Que, el inciso c) del artículo 9º del Decreto Legislativo Nº 604, establece que son funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas utilizados por los Órganos del Sistema; Que, la información estadística constituye instrumento básico para la planeación y la toma de decisiones así como soporte para la investigación y para el conocimiento en general. Entendiéndose como información al conjunto GHGDWRVREWHQLGRVDWUDYpVGHODPHGLFLyQFXDQWL¿FDFLyQ\ UHJLVWUR GH ORV IHQyPHQRV \ KHFKRV GHPRJUi¿FRVsociales y económicos que suceden en un espacio y tiempo determinados; Que, los cuadros con información estadística deben WHQHUVLJQL¿FDFLyQFRQFHSWXDOYHUDFLGDGFRPSDUDELOLGDGy deben contener todos los elementos básicos para facilitar su consulta e interpretación, relación precisa entre cifras y conceptos, uso de totales, incorporación de notas técnicas y utilización de simbología homogénea; 4XH FRQ OD ¿QDOLGDG GH HVWDQGDUL]DU ORV FULWHULRV utilizados en la presentación de cuadros con información estadística en las diversas publicaciones que se elaboran en el ámbito del Sistema Estadístico Nacional, el INEI ha formulado una Norma Técnica que contiene lineamientos normativos para la elaboración de cuadros estadísticos por parte de los órganos integrantes del SEN, la cual es necesario aprobarla;