Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2006 (04/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de noviembre de 2006

b) Entregar credenciales que permitan el acceso a los 15.2. Durante el Espectaculo acreditados por la Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria, el mismo que en ningun caso sera menor al numero de puertas de ingreso al espectaculo. b) Permitir el ingreso de elementos que permitan registrar la naturaleza del espectaculo y el aforo del mismo. c) Facilitar el acceso irrestricto a las anforas u otros medios donde se almacene el control de ingreso. Estas anforas deberan ser puestas a disposicion de los debidamente diferenciadas en funcion a la MORDAZA de acceso o ubicacion a la que correspondan. d) El representante legal o persona autorizada debera suscribir el Acta de Fiscalizacion, pudiendo colocar las objeciones que considere pertinentes. De ser el caso, el 15.3. Despues del Espectaculo debidamente suscrito por el organizador o su representante legal, asi como por el representante de la empresa comercializadora de las mismas, de ser el caso. b) Proporcionar toda la informacion requerida que permita obtener certeza sobre la determinacion del tributo y naturaleza del espectaculo. Efectuada la evaluacion de la informacion referida a otros servicios incluidos en el valor de la entrada y del reporte de ventas se procedera a la recepcion de la garantia. En cualquier caso, el organizador y el Subgerente de Fiscalizacion Tributaria suscribiran el Acta de Entrega de Garantia, donde se dejara MORDAZA del monto, MORDAZA, documento, entidad bancaria, y demas datos que Tanto la garantia como la MORDAZA del Acta de Entrega seran consignadas por la Subgerencia de Tesoreria para su custodia.

de Fiscalizacion Tributaria recepcionara la Declaracion Jurada. Asimismo, colocara el sello de aceptada la garantia correspondiente, entregando el cargo de MORDAZA al declarante. En el dia, la Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria trasladara MORDAZA de la referida Declaracion Jurada a la Subgerencia de Desarrollo Economico.

MORDAZA de la realizacion del espectaculo, la Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria pondra en conocimiento del organizador el nombre y documento de identidad de los

Luego de concluido el ingreso de los espectadores o Para efectos del calculo se considerara el precio entrada, aun cuando se MORDAZA consignado la inscripcion "donacion", "invitacion" o similares. Cuando el precio unitario indicado de la entrada incluya otros servicios adicionales al derecho de presenciar el espectaculo, tal situacion debera encontrarse descrita en la entrada, precisandose la parte o monto que corresponde al costo de dicho servicio. No obstante, el organizador debera acreditar ante la Administracion Tributaria el costo de los servicios calculo de la base imponible. Articulo 17º.- ENTRADAS DE CORTESIA Se consideran entradas de cortesia y, por tanto, no se incluiran, para efectos del calculo del impuesto, aquellas que se encuentren rotuladas con la indicacion de "cortesia", "sin valor", "valor cero" u otros y que ademas no contengan inscripcion o alusion alguna a suma de dinero. A partir del dia siguiente y dentro del MORDAZA dia habil de realizado el espectaculo, el organizador debera presentar el Reporte de Ventas conforme al detalle indicado asi como el calculo del impuesto. De encontrarlo conforme, la Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria procedera a generar la Orden organizador pueda efectuar el pago. La Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria procedera a la devolucion de la garantia dejandose MORDAZA en el Acta de Devolucion de Garantia, la misma que debera encontrarse suscrita por el organizador. La Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria presentara informe detallado a la Gerencia de Administracion Tributaria, con lo que MORDAZA por concluido el proceso. al conteo de las senas de ingreso o desglosables de la entrada contenidas en las anforas. Concluido el conteo se procedera a levantar el Acta de Fiscalizacion donde se consignaran los resultados del conteo y demas observaciones relevantes para efectos de la correcta determinacion del tributo. El organizador podra colocar las observaciones que considerara pertinentes. El Acta sera suscrita tanto su representante o la persona designada previamente para tales efectos.

Articulo 18º.- DOCUMENTOS A PRESENTAR Hasta el ultimo dia habil anterior a la realizacion del espectaculo, el organizador presentara en los modulos de atencion de la Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria: a) Formato Declaracion Jurada completamente lleno. b) Compromiso de Colaboracion para la realizacion de c) Reporte de ventas al MORDAZA dia habil MORDAZA de la realizacion del espectaculo, en el supuesto del numeral 2 del articulo 10º. d) Preliquidacion del impuesto. e) Garantia hasta por el monto que corresponda segun sea el caso. f) Informacion detallada respecto de los servicios adicionales de ser el caso, debiendo adjuntar documentacion sustentatoria. g) MORDAZA de la Resolucion expedida por el Instituto de ser el caso.

Primera.- Apliquese las disposiciones del presente reglamento a todos los procesos iniciados luego de su entrada en vigencia y aun a aquellos que se encuentren en tramite. Encarguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Sub Gerencia de Fiscalizacion Tributaria de la Gerencia de Administracion Tributaria y a la Sub Gerencia de Tesoreria de la Gerencia de Administracion y Finanzas. MORDAZA DOIG MORDAZA MORDAZA Secretaria General

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