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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de noviembre de 2006 332230 b) Entregar credenciales que permitan el acceso a los ¿VFDOL]DGRUHVWULEXWDULRV 15.2. Durante el Espectáculo D3HUPLWLUHOLQJUHVRGHOQ~PHURGH¿VFDOL]DGRUHV acreditados por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, el mismo que en ningún caso será menor al número de puertas de ingreso al espectáculo. b) Permitir el ingreso de elementos que permitan registrar la naturaleza del espectáculo y el aforo del mismo. c) Facilitar el acceso irrestricto a las ánforas u otros medios donde se almacene el control de ingreso. Estas ánforas deberán ser puestas a disposición de los ¿VFDOL]DGRUHVDVXUHTXHULPLHQWRGHELHQGRHQFRQWUDUVHdebidamente diferenciadas en función a la puerta de acceso o ubicación a la que correspondan. d) El representante legal o persona autorizada deberá suscribir el Acta de Fiscalización, pudiendo colocar las objeciones que considere pertinentes. De ser el caso, el ¿VFDOL]DGRUGHMDUiFRQVWDQFLDGHODQHJDWLYDD¿UPDU 15.3. Después del Espectáculo D 3UHVHQWDU UHSRUWH ¿QDO GH YHQWD GH HQWUDGDV debidamente suscrito por el organizador o su representante legal, así como por el representante de la empresa comercializadora de las mismas, de ser el caso. b) Proporcionar toda la información requerida que permita obtener certeza sobre la determinación del tributo y naturaleza del espectáculo. 7Ë78/2&8$572 '(/&$/&8/2'(/,038(672 $UWtFXOR%$6(,0321,%/( Para efectos del cálculo se considerará el precio XQLWDULR HQWHQGLpQGRVH FRPR WDO HO TXH ¿JXUH HQ ODentrada, aún cuando se haya consignado la inscripción “donación”, “invitación” o similares. Cuando el precio unitario indicado de la entrada incluya otros servicios adicionales al derecho de presenciar el espectáculo, tal situación deberá encontrarse descrita en la entrada, precisándose la parte o monto que corresponde al costo de dicho servicio. No obstante, el organizador deberá acreditar ante la Administración Tributaria el costo de los servicios DGLFLRQDOHVD¿QTXHORVPLVPRVVHDQGHGXFLGRVSDUDHOcálculo de la base imponible. Artículo 17º.- ENTRADAS DE CORTESIA Se consideran entradas de cortesía y, por tanto, no se incluirán, para efectos del cálculo del impuesto, aquellas que se encuentren rotuladas con la indicación de “cortesía”, “sin valor”, “valor cero” u otros y que además no contengan inscripción o alusión alguna a suma de dinero. 7Ë78/248,172 '(/352&(',0,(172 Artículo 18º.- DOCUMENTOS A PRESENTAR Hasta el último día hábil anterior a la realización del espectáculo, el organizador presentará en los módulos de atención de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria: a) Formato Declaración Jurada completamente lleno. b) Compromiso de Colaboración para la realización de ODERUHVGH¿VFDOL]DFLyQ c) Reporte de ventas al segundo día hábil antes de la realización del espectáculo, en el supuesto del numeral 2 del artículo 10º. d) Preliquidación del impuesto.e) Garantía hasta por el monto que corresponda según sea el caso. f) Información detallada respecto de los servicios adicionales de ser el caso, debiendo adjuntar documentación sustentatoria. g) Copia de la Resolución expedida por el Instituto 1DFLRQDOGH&XOWXUDTXHFRQFHGHHOFDOL¿FDWLYRGHFXOWXUDOde ser el caso.$UWtFXOR5(&(3&,Ï1'(/$*$5$17Ë$ Efectuada la evaluación de la información referida a otros servicios incluidos en el valor de la entrada y del reporte de ventas se procederá a la recepción de la garantía. En cualquier caso, el organizador y el Subgerente de Fiscalización Tributaria suscribirán el Acta de Entrega de Garantía, donde se dejará constancia del monto, tipo, documento, entidad bancaria, y demás datos que UHVXOWDUHQQHFHVDULRVSDUDVXFRUUHFWDLGHQWL¿FDFLyQ Tanto la garantía como la copia del Acta de Entrega serán consignadas por la Subgerencia de Tesorería para su custodia. $UWtFXOR5(&(3&,Ï1'(/$'(&/$5$&,Ï1 -85$'$ 9HUL¿FDGD WRGD OD GRFXPHQWDFLyQ OD 6XEJHUHQFLD de Fiscalización Tributaria recepcionará la Declaración Jurada. Asimismo, colocará el sello de aceptada la garantía correspondiente, entregando el cargo de presentación al declarante. En el día, la Subgerencia de Fiscalización Tributaria trasladará copia de la referida Declaración Jurada a la Subgerencia de Desarrollo Económico. $UWtFXOR $&5(',7$&,21 '( /26 ),6&$/,=$'25(6 Antes de la realización del espectáculo, la Subgerencia de Fiscalización Tributaria pondrá en conocimiento del organizador el nombre y documento de identidad de los ¿VFDOL]DGRUHVGHVLJQDGRVSDUDODVXSHUYLVLyQ $UWtFXOR /(9$17$0,(172 '(/ $&7$ '( ),6&$/,=$&,Ï1 /RV ¿VFDOL]DGRUHV VH LQVWDODUiQ HQ ODV SXHUWDV GH DFFHVRD¿QGHFRQWDELOL]DUHOLQJUHVRGHHVSHFWDGRUHVLuego de concluido el ingreso de los espectadores o DO ¿QDO GHO HVSHFWiFXOR ORV ¿VFDOL]DGRUHV SURFHGHUiQal conteo de las señas de ingreso o desglosables de la entrada contenidas en las ánforas. Concluido el conteo se procederá a levantar el Acta de Fiscalización donde se consignarán los resultados del conteo y demás observaciones relevantes para efectos de la correcta determinación del tributo. El organizador podrá colocar las observaciones que considerara pertinentes. El Acta será suscrita tanto SRUHO¿VFDOL]DGRUVXSHUYLVRUFRPRSRUHORUJDQL]DGRUsu representante o la persona designada previamente para tales efectos. $UWtFXOR'(/3$*2 A partir del día siguiente y dentro del segundo día hábil de realizado el espectáculo, el organizador deberá presentar el Reporte de Ventas conforme al detalle indicado así como el cálculo del impuesto. De encontrarlo conforme, la Subgerencia de Fiscalización Tributaria procederá a generar la Orden GH 3DJR SRU HO PRQWR FRUUHVSRQGLHQWH D ¿Q TXH HOorganizador pueda efectuar el pago. La Subgerencia de Fiscalización Tributaria procederá a la devolución de la garantía dejándose constancia en el Acta de Devolución de Garantía, la misma que deberá encontrarse suscrita por el organizador. La Subgerencia de Fiscalización Tributaria presentará informe detallado a la Gerencia de Administración Tributaria, con lo que dará por concluido el proceso. ',6326,&,21(6),1$/(6 Primera.- Aplíquese las disposiciones del presente reglamento a todos los procesos iniciados luego de su entrada en vigencia y aún a aquellos que se encuentren en trámite. 6HJXQGD Encárguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria de la Gerencia de Administración Tributaria y a la Sub Gerencia de Tesorería de la Gerencia de Administración y Finanzas. GABRIELA DOIG GOMEZ CARRILLO Secretaria General