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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de noviembre de 2006 332229 7Ë78/26(*81'2 '(/$'(&/$5$&,Ï1-85$'$ $UWtFXOR2325781,'$''(35(6(17$&,Ï1 '(/$'(&/$5$&,Ï1-85$'$ El organizador, en su calidad de responsable tributario, está obligado a presentar Declaración Jurada ante la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, hasta el último día hábil anterior al de la realización del espectáculo. $UWtFXOR)250$/,'$''(/$'(&/$5$&,Ï1 -85$'$ La declaración jurada se presentará conforme al IRUPDWR DSUREDGR SDUD WDO ¿Q GHELHQGR HQFRQWUDUVHcompletamente lleno y suscrito por el organizador o su representante legal debidamente acreditado, conforme a las disposiciones pertinentes del Código Tributario. $UWtFXOR&217(1,'2'(/$'(&/$5$&,Ï1 -85$'$ La declaración jurada deberá contener la siguiente información obligatoria: a) Datos del organizador: nombres y apellidos, razón VRFLDOGRFXPHQWRVGHLGHQWLGDGGRPLFLOLR¿VFDOGDWRVdel representante legal. b) Datos del espectáculo: nombre del artista, indicación del género del espectáculo, duración y fechas de realización, nombre y dirección del local donde se realizará el espectáculo, nombre del administrador y aforo aprobado. c) Datos del boletaje puesto a la venta: localidad o tipo de entradas, color, numeración, cantidad por localidad, precio unitario por entrada, valor de entrada sin considerar el costo de otros servicios de ser el caso, total de venta proyectada, invitaciones, detalle de los bienes o servicios adicionales incluidos en el precio de la entrada (precisando su valorización unitaria), documentación sustentatoria, detalle de la FRPHUFLDOL]DFLyQGHODVHQWUDGDVHLGHQWL¿FDFLyQGHODempresa comercializadora, de ser el caso. d) Del impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos: tasa según el tipo de espectáculo, preliquidación del impuesto según venta al segundo día hábil anterior a la realización del espectáculo o conforme al total de entradas puestas a la venta, datos de la garantía. e) Indicación de la documentación adjunta. Conforman parte de la declaración jurada la siguiente documentación de obligatoria presentación: a) Reporte de ventas (al segundo día hábil anterior al espectáculo). b) Preliquidación del impuesto.c) Compromiso de colaboración. d) Información sustentatoria sobre servicios adicionales. e) Croquis de distribución del af oro por tipo de entr ada. 7Ë78/27(5&(52 '(/$6*$5$17,$6 $UWtFXOR'(/$6*$5$17,$6 Al momento de presentación de la declaración jurada, el organizador deberá otorgar garantías por el pago del Impuesto y suscribir el Compromiso de Colaboración para ODUHDOL]DFLyQGHODVODERUHVGH¿VFDOL]DFLyQ $UWtFXOR'(/$6*$5$17Ë$5()(5,'$6$/ PAGO Sólo se aceptará como garantía el depósito en efectivo o Carta Fianza. Excepcionalmente, la administración podrá aceptar otro documento que resulte un medio liquidable y de fácil cobro que, a su criterio, reúna las condiciones para asegurar el pago oportuno del tributo. $UWtFXOR'(/02172'(/$*$5$17,$ Para la determinación del monto de la garantía que se otorgue, el organizador podrá optar: 1. Por la preliquidación del impuesto calculado en base a la cantidad y precio de las entradas conforme al aforo máximo aprobado.2. Por la preliquidación del impuesto calculado en base al total de las ventas al segundo día hábil anterior a la realización del espectáculo. En este caso, el organizador deberá presentar el reporte de ventas conforme al detalle descrito en el literal k) del artículo 4º del presente reglamento. Cuando el precio de la entrada incluya servicios adicionales, la garantía se calculará conforme a lo informado por el organizador y tomando como tope máximo para la deducción de los servicios el 30% del valor total de la entrada, sin perjuicio de los resultados que se obtengan de la evaluación de la documentación sustentatoria respectiva y que se aplicarán para efectos del cálculo del impuesto conforme dispone la Ley. Tratándose de espectáculos que, sin ser permanentes, programen más de una función o presentación, comprendidas dentro de la misma licencia, la garantía exigible será por el monto de preliquidación del impuesto conforme al aforo máximo aprobado para una función. La vigencia de la garantía deberá mantenerse hasta el pago del impuesto correspondiente a la totalidad de las fechas o presentaciones. En caso se ejecutara la garantía antes de la última función, se deberá presentar nueva garantía por las funciones restantes. Para efectos del cálculo de la garantía no se tomarán en cuenta las entradas de cortesía en número que no supere el 10% del aforo aprobado. $UWtFXOR(;&(3&,21(6$/2725*$0,(172 DE GARANTIAS Están exceptuados de la presentación de garantías: 1. Los espectáculos cuya preliquidación del impuesto conforme al aforo máximo aprobado, no exceda el monto de dos unidades impositivas tributarias vigentes. 2. Los espectáculos taurinos, de carreras de caballos, FLQHPDWRJUi¿FRVXRWURVGHFDUiFWHUSHUPDQHQWHFRQIRUPHal literal g) del artículo 4º del presente reglamento. 3. Los espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, concierto de música clásica, ópera, opereta, ballet, circo \ IRONORUH QDFLRQDO FDOL¿FDGRV FRPR FXOWXUDOHV SRU HOInstituto Nacional de Cultura, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: 3.1. Que el acto administrativo que contiene dicha FDOL¿FDFLyQ KD\D VLGR SXHVWR D FRQRFLPLHQWR GH ODGerencia de Administración Tributaria hasta el quinto día hábil anterior a la realización del espectáculo, y; 4XHODFDOL¿FDFLyQQRKD\DVLGRLPSXJQDGDHQOD vía administrativa. $UWtFXOR&8672',$'(/$*$5$17,$ La garantía será entregada ante la Gerencia de Administración Tributaria, dejándose constancia en el Acta correspondiente. $UWtFXOR'(92/8&,Ï1'(/$*$5$17,$ Una vez efectuado el pago del tributo se procederá a la devolución de la garantía no ejecutada. A solicitud del organizador y, tratándose de depósito en efectivo, este será tomado como pago a cuenta del impuesto, luego de realizado el espectáculo. $UWtFXOR(-(&8&,Ï1'(/$*$5$17,$ Al día siguiente de vencido el plazo para el pago del impuesto establecido en el artículo 58º de la Ley sin KDEHUVHYHUL¿FDGRHOPLVPRVHSURFHGHUiDODHMHFXFLyQde la garantía, sin perjuicio del inicio de las acciones de cobranza a que hubiere lugar. $UWtFXOR&203520,62'(&2/$%25$&,21 El organizador deberá suscribir el Compromiso de Colaboración para la realización de las labores de ¿VFDOL]DFLyQD¿QGHEULQGDUODVIDFLOLGDGHVQHFHVDULDVdurante y luego de concluido el espectáculo. Entiéndase como facilidades necesarias: 15.1. Previas al Espectáculo a) Acreditar al representante con quién deberá HQWHQGHUVH OD ¿VFDOL]DFLyQ WULEXWDULD HO GtD GHOespectáculo.