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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de noviembre de 2006 332222 es necesario adoptar acciones de carácter legal que patenticen la preocupación del Gobierno Regional de Lambayeque y establezcan un basamento sobre el cual GHEHFRQVWUXLUVHXQDSDUWLFXODUUHJODPHQWDFLyQTXH¿MHnormas correspondientes a la realidad de los pescadores lambayecanos; acorde al espíritu que encierra la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la misma que, a ORODUJRGHWRGRVXDUWLFXODFLyQUHÀHMDODQHFHVLGDGGHaproximar la gestión gubernativa a las necesidades y UHDOLGDGHVGHFDGDFLUFXQVFULSFLyQJHRJUi¿FD\HQORpertinente a las funciones en materia pesquera, la misma Ley, Nº 27867; en su artículo 52º, inciso “a” habilita a los Gobiernos Regionales para formular, aprobar, ejecutar, evaluar dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia pesquera y producción acuícola de la región y si bien en el inciso “i” del mismo artículo señala que otra de las funciones es la de vigilar el estricto cumplimiento de las normas vigentes sobre pesca artesanal; se debe entender que ello es valedero en tanto y cuanto no se advierta, por parte de las autoridades de nivel regional, un desnivel real y efectivo entre la normativa nacional y los aspectos puntuales de carácter regional que son los parámetros sobre los cuales debe fundarse la gestión en el espacio democrático de los Gobiernos Regionales. Que, como Funciones Generales, en el Capítulo I, Art. 45º; Ley Nº 27867; se reconocen a los Gobiernos Regionales las funciones normativa y reguladora, de planeamiento, administración, ejecución, promoción de inversiones y supervisión, evaluación y control; funciones que no podrían ser comprendidas si no se sustenta FRQ ¿UPH]D OD FDSDFLGDG GHO *RELHUQR 5HJLRQDO GHLambayeque para adoptar medidas que solucionen con inmediatez los problemas de los diferentes segmentos económicos y estratos sociales de la región, dentro de los que se encuentran el evidente fundamentado problema de los pescadores artesanales; quienes cuentan ya con HO UHFRQRFLPLHQWR R¿FLDO GHO *RELHUQR 5HJLRQDO HQ ORrelativo a su preocupación por la conservación del medio ambiente y a la defensa del ciclo reproductivo de las especies, hecho reflejado en la Ordenanza Regional Nº 022-2006-GR.LAMB/CR. Que, dentro de la política decidida de gestión con la Sociedad Civil, el Gobierno Regional de Lambayeque ha brindado a los representantes de los pescadores artesanales la oportunidad de expresar sus puntos de vista, ORVPLVPRVTXHUHD¿UPDQORVSODQWHDPLHQWRVVRVWHQLGRVde procurar elementos de solución a su problemática, lo cual necesariamente pasa por una declaración al nivel gubernativo correspondiente, que abra paso posteriormente a las acciones concretas que garanticen la continuación de su labor diaria y de sustento, actuación que está enmarcada además en la tarea tradicional de la pesca, actividad económica ancestral de las comunidades asentadas en el litoral lambayecano; Que, el decrecimiento del volumen de captura, por razones climáticas o de conducta irresponsable de grandes empresarios de la pesca, continúa afectando la economía del pescador artesanal lo que le impide asegurar un ingreso familiar que satisfaga sus necesidades primarias así como reinvertir en el desarrollo de su actividad y en el mantenimiento de sus herramientas y equipos de trabajo. Que la Dirección Regional de la Producción- Lambayeque viene capacitando a los pescadores DUWHVDQDOHVSDUDVXIRUPDOL]DFLyQ\HODERUDFLyQGHSHU¿OHVde proyectos que demuestren la factibilidad del retorno de recursos económicos para el acceso a una línea de apoyo ¿QDQFLHURTXHHVWiGHVWLQDQGRHO0LQLVWHULRGH(FRQRPtDy Finanzas para la pesca artesanal en el norte del Perú. Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque ha emitido la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- RESTABLECER por el plazo de NOVENTA (90) días calendario, la situación de emergencia de la actividad pesquera artesanal en el litoral de Lambayeque, en atención a los hechos enumerados en la parte considerativa de la presente disposición regional, con énfasis en la realización de nuevas gestiones ante el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA) a cargo de la Dirección Regional de Producción, orientadas a la continuidad de la asistencia alimentaria para los pescadores artesanales. $UWtFXOR 6HJXQGR ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Lambayeque que, a través de la Dirección Regional de Producción, continúe desarrollando las acciones que conlleven al restablecimiento del Plan de Seguridad Social para los pescadores y sus familias. POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla.NERY SALDARRIAGA DE KROLL Presidente Regional (e) 3854-1 Aprueban Manual de Cargos Clasificados del Gobierno Regional de Lambayeque 25'(1$1=$5(*,21$/ 1*5/$0%&5 Chiclayo, 16 de octubre de 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque en su Sesión Ordinaria de fecha 13 de octubre de 2006, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, con Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM SXEOLFDGRHQHO'LDULR2¿FLDO(O3HUXDQRHO-81VHaprobaron lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, conforme a los cuales para formular el Cuadro de Asignación de Personal &$3 HV QHFHVDULR FRQWDU FRQ FDUJRV FODVL¿FDGRV \aprobados por la propia entidad. Que, conforme al Informe Nº 297-2006-GR.LAMB/ GRPP de 08.SEPT.2006 de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento 7HUULWRULDOGHO*RELHUQR5HJLRQDOGH/DPED\HTXHD¿QGHactualizar el Cuadro para Asignación de Personal y demás documentos de gestión de esta entidad regional, es QHFHVDULRFRQWDUFRQFDUJRVFODVL¿FDGRVVHJ~QHVWDEOHFHel numeral 9.1 de la norma nacional antes citada; por lo que propone un documento técnico normativo denominado 0DQXDOGH&DUJRV&ODVL¿FDGRVGHO*RELHUQR5HJLRQDOde Lambayeque, cuyo alcance considera a la Sede del Gobierno Regional, el Proyecto Especial Olmos Tinajones, la Aldea Infantil “Virgen de la Paz” y el Archivo Regional de Lambayeque, unidades ejecutoras que no mantienen relación técnico normativa con ningún organismo del Gobierno Nacional. 4XHHOSUR\HFWRGH³0DQXDOGH&DUJRV&ODVL¿FDGRV´KD sido elaborado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Lambayeque, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, y los lineamientos establecidos para la elaboración y aprobación del Cuadro Para Asignación de Personal aprobados por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, a cuyo efecto se procedió a inventariar todos los puestos de trabajo (cargos) que son utilizados en las diferentes dependencias del Gobierno Regional de Lambayeque, previéndose algunos conforme a los requerimientos institucionales. Que, el Manual en materia está ordenado a ser el medio técnico para coadyuvar a la formulación de un documento de gestión o técnico normativo, a nivel de todas las dependencias que conforman el Gobierno Regional de Lambayeque, con lo que se logra la homogeneidad en la denominación de los cargos a nivel regional, y por ende en la asignación de los mismos, en la retribución pecuniaria, así como en la supervisión y evaluación del cumplimiento de las funciones asignadas. Que, en este contexto, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento