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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (04/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de noviembre de 2006 332215 Victorio, Segundo Benjamín Rosas Montoya, Ricardo David Aviles Rosales y Franklin César Rodríguez Castañeda; y, CONSIDERANDO:Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en HO'LDULR2¿FLDO(O3HUXDQRGHIHFKDGHDJRVWRGHse aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos HQORVFXDOHVHO&RQVHMRH[WLHQGHHOWtWXORR¿FLDODO-XH]o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) 5HLQFRUSRUDFLyQ7UDVODGRG 3HUPXWD\H 0RGL¿FDFLyQen la denominación de la plaza originaria; Que, los recurrentes solicitan la expedición de nuevo título de magistrado, en cumplimiento a lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria y Final del citado reglamento; Que, la Tercera Disposición Complementaria y Final del citado reglamento, dispone que el Consejo Nacional de la Magistratura tendrá en cuenta la información que le remita el Poder Judicial y el Ministerio Público, sobre el cuadro de asignación de personal y presupuesto analítico de personal, así como la correspondiente resolución que acredite al Juez o Fiscal en el cargo; solicitando la información correspondiente al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la 5HS~EOLFDPHGLDQWH2¿FLR1ž3&10GHfecha 31 de agosto de 2006; y recibiendo la misma PHGLDQWH2¿FLR1ž6*&63-GHIHFKDde setiembre de 2006; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesión de fecha 24 de agosto de 2006; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar los títulos a los siguientes magistrados: 1. CESAR EMILIO MENDOZA RODRIGUEZ, como Juez de Primera Instancia del Décimo Sexto Juzgado Civil de Lima. 2. MANUEL ALEJANDRO CARRANZA PANIAGUA, como Juez Instructor de Lima. 3. JUAN JOSE LINARES SAN ROMAN, como Juez de Trabajo de Lima. 4. SAMUEL ONESIMO GONZALES VICTORIO, como Juez de Trabajo de Lima. 5. SEGUNDO BENJAMIN ROSAS MONTOYA, como Juez de Trabajo de Lima. 6. RICARDO DAVID AVILES ROSALES, como Juez de Trabajo de Lima. 7. FRANKLIN CESAR RODRIGUEZ CASTAÑEDA, como Juez Especializado en lo Penal de Jaén, Distrito Judicial de Lambayeque. 6HJXQGR Expedir los títulos a los siguientes magistrados: 1. CESAR EMILIO MENDOZA RODRIGUEZ, como Juez del Cuadragésimo Noveno Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, Distrito Judicial de Lima. 2. MANUEL ALEJANDRO CARRANZA PANIAGUA, como Juez del Tercer Juzgado Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima.3. JUAN JOSE LINARES SAN ROMAN, como Juez del Sexagésimo Sexto Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, Distrito Judicial de Lima 4. SAMUEL ONESIMO GONZALES VICTORIO, como Juez del Cuadragésimo Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, Distrito Judicial de Lima. 5. SEGUNDO BENJAMIN ROSAS MONTOYA, como Juez del Quincuagésimo Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, Distrito Judicial de Lima. 6. RICARDO DAVID AVILES ROSALES, como Juez del Tercer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, Distrito Judicial de Lima. 7. FRANKLIN CESAR RODRIGUEZ CASTAÑEDA, como Juez del Cuarto Juzgado Especializado en lo Penal de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la 5HS~EOLFDSDUDVXFRQRFLPLHQWR\¿QHV Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO PresidenteConsejo Nacional de la Magistratura 3833-1 5(62/8&,Ï1'(/&216(-21$&,21$/ '(/$0$*,675$785$ N° 293-2006-CNM Lima, 11 de octubre de 2006 VISTAS: Las solicitudes de los doctores Elmer Santiago Becerra Pérez, Ramiro Alvaro Pacheco Huarotto y Brenda Miriam Mesias Gandarillas; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en HO'LDULR2¿FLDO(O3HUXDQRGHIHFKDGHDJRVWRGHse aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos HQORVFXDOHVHO&RQVHMRH[WLHQGHHOWtWXORR¿FLDODO-XH]o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) 5HLQFRUSRUDFLyQ7UDVODGRG 3HUPXWD\H 0RGL¿FDFLyQen la denominación de la plaza originaria; Que, los recurrentes solicitan la expedición de nuevo título de magistrado, en cumplimiento a lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria y Final del citado reglamento; Que, la Tercera Disposición Complementaria y Final del citado reglamento, dispone que el Consejo Nacional de la Magistratura tendrá en cuenta la información que le remita el Poder Judicial y el Ministerio Público, sobre el cuadro de asignación de personal y presupuesto analítico de personal, así como la correspondiente resolución que acredite al Juez o Fiscal en el cargo; solicitando la información correspondiente a la señora Fiscal de la 1DFLyQPHGLDQWH2¿FLR1ž3&10GHIHFKD31 de agosto de 2006; y recibiendo la misma mediante 2¿FLR1ž03)1GHIHFKDGHVHWLHPEUHGH2006; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesión de fecha 24 de agosto de 2006; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de