Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2006 (10/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de noviembre de 2006

pesquera "AREQUIPA 10", con acceso a los recursos anchoveta y sardina, a fin de que se proceda el cambio de titular del permiso de pesca de la citada embarcacion solicitado a su favor, para lo cual, adjunta los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; asimismo, manifiesta que la transferencia de la citada embarcacion se efectuo cuando no existia resolucion judicial y que la anotacion preventiva de dominio tiene pleno efecto juridico frente a terceros; Que a traves de los escritos de Registro Nº 0004671 y N 00048076 de fechas 7, 10 y 24 de MORDAZA del 2006, respectivamente, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de participacionista mayoritario de la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.L., reitera rotunda oposicion a ilegal solicitud de transferencia de permiso de pesca de la embarcacion pesquera "AREQUIPA 10" de propiedad de la citada empresa; asimismo refuerza con documentos los argumentos de oposicion , senalando que existe disposicion judicial emitida por el Primer Juzgado Civil de MORDAZA que prohibe a PESQUERA MORDAZA MORDAZA S. R. L. y Otros, a no transferir la citada embarcacion, ordenando a Registros Publicos de MORDAZA a no inscribir ninguna transferencia de propiedad de dicha embarcacion; disposicion judicial que se encuentra inscrita en la partida registral Nº 00709264 del Registro de Embarcaciones Pesqueras; Que mediante Oficio Nº 24816-2003-1ER.JECL-JDAT, del 21 de MORDAZA del 2006, el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, hace de conocimiento de la Administracion el estado actual del MORDAZA judicial , Expediente 24816-2003, seguido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Oficina Registral de MORDAZA y Callao y Otros sobre Medida Cautelar, para lo cual adjunta, entre otros, MORDAZA certificada de la sentencia de fecha 8 de agosto del 2005, en la que se declara fundada en todos sus extremos la demanda presentada, en consecuencia se declaran nulas las Juntas Generales de Socios de las fechas 1 de MORDAZA y 9 de diciembre del 2002 de la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.L. y ordena la cancelacion de los asientos C00002, C00003 y B00001 de la Partida electronica Nº 7002930 del Registro de Personas Juridicas de MORDAZA, quedando subsistente los poderes otorgados a favor de MORDAZA Revoredo MORDAZA , MORDAZA del escrito de fecha 04 de enero del 2006, presentado por el recurrente donde se solicita que se emita los partes correspondientes, y MORDAZA de la Resolucion Once de fecha 13 de enero del 2006, en la cual, se ordena conceder medida cautelar generica, en consecuencia se dispone prohibir a los demandados Bexi Peche MORDAZA, MORDAZA Revoredo MORDAZA y Pesquera MORDAZA MORDAZA S.R.L. que transfieran o graven la embarcacion pesquera "AREQUIPA 10"; Que la Jueza del Decimo MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA de la Corte Superior de MORDAZA, mediante escrito de Registro Nº 00055159 de fecha 25 de agosto del 2006, hace de conocimiento de la Administracion la Resolucion numero UNO de fecha 7 de agosto del 2006, en la que resuelve conceder Medida Cautelar de no Innovar, en Expediente Nº 06-19986, a cuyo efecto oficiase a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion a efectos de que se abstenga de efectuar cualquier tramite destinado al cambio de la titularidad del permiso de pesca otorgado a Pesquera MORDAZA MORDAZA S.R.L. para operar la embarcacion pesquera "AREQUIPA 10" con matricula CO-1459-PM; Que de conformidad con lo establecido en el articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de indole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil, penal o administrativa que la Ley senala, asimismo que ninguna autoridad, cualquiera sea su rango o denominacion , fuera de la organizacion jerarquica del Poder Judicial, pueda avocarse al conocimiento de causas pendientes ante el organo jurisdiccional, no se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecucion, ni cortar procedimientos en tramite , bajo responsabilidad

politica, administrativa, civil y penal que la Ley determine en cada caso; se acata lo dictaminado por la mencionada Judicatura; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante los informes Nº 227-2006-PRODUCE/ DGEPP-Dchi y Nº 346 -2006PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y, en cumplimiento de la Resolucion numero UNO del 7 de agosto del 2006, expedida por la Jueza Titular del Decimo Juzgado Civil de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En estricto cumplimiento de la Resolucion numero UNO del 7 de agosto del 2006, y bajo responsabilidad del Decimo MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion se abstiene de efectuar cualquier tramite destinado al cambio de la titularidad del permiso de pesca otorgado a PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.L., para operar la embarcacion pesquera "AREQUIPA 10" con matricula Nº CO-1459-PM , hasta que el Juzgado, disponga lo contrario. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion, a la Direccion General de Seguimiento, Control y vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, al Decimo MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 5097-7

Dejan sin efecto la R.D. N° 133-2006PRODUCE/DNEPP en cumplimiento de resolucion judicial
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 329-2006-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 22 de setiembre del 2006 Visto la Resolucion numero TRES del 22 de agosto de 2006, emitido por la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, mediante escrito de Registro Nº 07465 del 6 de septiembre de 2006; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 584-97-PE, de fecha 16 de octubre de 1997, se otorgo a favor de la empresa ENVASADORA SAN MORDAZA S.A. , permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "P.F.6" de matricula CE-10942-CM y 135.32 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos jurel y caballa, empleando sistema de preservacion CSW destinados al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1 ½ pulgada (38 mm.) en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras;

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