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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (10/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de noviembre de 2006 332532 Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declaró al Estado Peruano en Proceso de Modernización, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo su reforma, a fi n que la nueva gestión pública esté orientada al servicio del ciudadano, a la obtención de mayores niveles de e fi ciencia y efi cacia del aparato estatal, priorizando y optimizando el uso de los bienes públicos, al aumento de la productividad de los recursos del Estado y a la obtención de resultados susceptibles de medición; Que, en el contexto de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el diseño y la estructura de la Administración Pública, sus dependencias, entidades y organismos, se rigen, entre otros, por el criterio de no duplicidad o superposición de competencias, funciones y atribuciones y el principio de especialidad; siendo política del Gobierno consolidar la reforma del Sector Transportes y Comunicaciones, incorporando plenamente la gestión por resultados, la simpli fi cación administrativa, así como la mejora del gasto con indicadores precisos de e fi cacia para su medición por la ciudadanía; Que, por lo expuesto y considerando que la mencionada Ley aprueba el Programa Piloto de Modernización en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, resulta conveniente disponer la reorganización administrativa de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de manera que responda a los criterios antes mencionados; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27658 y modi fi catorias, la Ley Nº 27791 y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; RESUELVE:Artículo 1º.- Declaración de reorganización administrativa Declárese en reorganización administrativa la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por un plazo de sesenta días (60) días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, con la fi nalidad de evaluar, analizar, proponer y ejecutar acciones y medidas de reforma administrativa y de gestión. Artículo 2º.- Conducción del proceso de reorganización administrativa El Director General de Aeronáutica Civil dirigirá el proceso de reorganización administrativa de la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo proponer al vencimiento del plazo previsto a través del Viceministro de Transportes y con la conformidad de éste, las medidas y acciones necesarias con tal fi n al Despacho Ministerial de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 5242-1 VIVIENDA Aprueban transferencia financiera a favor de SEDALIB S.A. para ejecución de saldo de obra de abastecimiento de agua potable y evacuación de aguas servidas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 429-2006/VIVIENDA Lima, 9 de noviembre de 2006CONSIDERANDO: Que, la viabilidad de la Obra “Abastecimiento de Agua Potable Trujillo Oeste y Evacuación de Aguas Servidas para Buenos Aires Sur”, fue dada el 22 de marzo de 2004, a través del Informe Técnico Nº 041-2004-EF/68.01, contando con el Código SNIP 4809; Que, mediante Convenio de Participación y Asistencia Técnica de fecha 17 de mayo de 2005, el PARSSA se obligó a fi nanciar la ejecución de la Obra “Abastecimiento de Agua Potable Trujillo Oeste y Evacuación de Aguas Servidas para Buenos Aires Sur”, hasta por S/. 6`428 524,11; en tanto que SEDALIB S.A. se obligó a mantener y operar dicha obra desde su transferencia por parte del PARSSA; Que, con Resolución Directoral Nº 132-2006/ VIVIENDA/VMCS/PARSSA/DE del 23 de agosto de 2006, fue aprobada la liquidación fi nal del contrato correspondiente a la Obra “Abastecimiento de Agua Potable Trujillo Oeste y Evacuación de Aguas Servidas para Buenos Aires Sur”, motivada en la resolución al Contrato por causales atribuidas al Contratista CONSORCIO JULIO CESAR; Que, con los Memoranda Nºs. 2505 y 2544-2006/ VIVIENDA/VMCS/PARSSA/DI del 31 de octubre y 06 de noviembre de 2006, respectivamente; y el Informe Nº 029- 2006/VIVIENDA/VMCS/PARSSA/DI del 08 de noviembre de 2006, la Dirección de Ingeniería del PARSSA mani fi esta que procede la transferencia fi nanciera a favor de SEDALIB para la ejecución de los saldos de la obra “Abastecimiento de Agua Potable Trujillo Oeste y Evacuación de Aguas Servidas para Buenos Aires Sur” hasta por la suma de S/. 1 764 017,96 (Un millón setecientos sesenta y cuatro mil diecisiete con 96/100 nuevos soles), incluido IGV, asimismo precisa en detalle el avance físico- fi nanciero, por componente, para la ejecución de los saldos de la obra “Abastecimiento de Agua Potable Trujillo Oeste y Evacuación de Aguas Servidas para Buenos Aires Sur” en anexo adjunto, que forma parte de la presente resolución; Que, con Memorando Nº 675-2006-VIVIENDA/VMCS/ PARSSA/DE, el Director Ejecutivo de PARSSA hace suyo el contenido del Informe Nº 055-2006/VIVIENDA/VMCS/ PARSSA/DA-UPRESUPUESTO, en el cual se considera procedente efectuar la transferencia fi nanciera a favor de SEDALIB S.A, hasta por la suma de S/. 1 764 017,96 (Un millón setecientos sesenta y cuatro mil diecisiete con 96/100 nuevos soles), incluido IGV; Que, con O fi cio Nº 1020-2006-SEDALIB SA-40000- GG del 24 de octubre 2006, la empresa municipal Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de la Libertad Sociedad Anónima – SEDALIB, solicita una transferencia fi nanciera para la culminación de los saldos de la Obra “Abastecimiento de Agua Potable Trujillo Oeste y Evacuación de Aguas Servidas para Buenos Aires”; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es función del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, entre otras, la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, asimismo, de conformidad con el literal I) del artículo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, de acuerdo al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cado por Ley Nº 28652, se establece, entre otros, que son consideradas también Transferencias Financieras las que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para proyectos de inversión de saneamiento, aprobando las referidas Transferencias Financieras mediante resolución del Titular del Pliego que será obligatoriamente publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, con el visto bueno de la O fi cina General de Asesoria Jurídica, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto; y del Director Ejecutivo del PARSSA;