TEXTO PAGINA: 39
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de noviembre de 2006 332537 BERARDO AUGUSTO LEON CASTILLO, titular de la Inscripción Nº 19099985, obtuvo la misma sustentando su identidad con Boleta Militar s/n, registrando como fecha y lugar de nacimiento el 21 de setiembre de 1975, en el distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, hijo de Santiago y Lupe Guillermina; Que, posteriormente mediante el Formulario de Identidad Nº 23134771, dicho ciudadano solicitó la recti fi cación de sus datos presentando como sustento la Partida de Nacimiento Nº 033, expedida por la Municipalidad del Centro Poblado Huancaquito Alto, distrito de Virú, provincia de Virú, Región La Libertad, la misma que no se encuentra inscrita en dicho Poblado, conforme se desprende del O fi cio Nº 012-2005-MCP-HA-V-05 remitido por el Registrador Civil de dicha Municipalidad; Que, asimismo con el O fi cio Nº 0513-2005-SG.RR. CC./MPT remitido por la Subgerencia de Registros Civiles, que funciona en la Municipalidad Provincial de Trujillo se acredita que BERARDO AUGUSTO LEON CASTILLO, se encuentra inscrito en dicha Municipalidad, registrándose como fecha de nacimiento el 21 de setiembre de 1975, por lo que se in fi ere razonablemente que dicho ciudadano presentó una partida de nacimiento falsa, con la cual pretendió obtener una recti fi cación de su Inscripción, la cual no se materializó debido a los mecanismos de control implementados; Que, dicho comportamiento se tipi fi ca como delito contra la fe pública en la modalidad de falsi fi cación de documentos, por haber utilizado un documento falso con el objeto de emplearlo como si fuera legítimo, contemplado en el artículo 427º del Código Penal; Que, en atención a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad a lo establecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 26497, así como a lo dispuesto en el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modi fi cado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Público del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra BERARDO AUGUSTO LEON CASTILLO por el presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsifi cación de documentos en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 4849-12 Designan Jefe responsable de la Oficina Registral Piura de la Jefatura Regional Piura de la Gerencia de Operaciones RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1073-2006-JEF/RENIEC Lima, 8 de noviembre de 2006 VISTOS: El O fi cio Nº 4679-2006/GO/RENIEC emitido por la Gerencia de Operaciones; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, en cumplimiento a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC ha venido emitiendo diversas resoluciones jefaturales por las cuales se han incorporado progresivamente las ofi cinas registrales de diversas municipalidades distritales como San Borja, Santiago de Surco, San Isidro, Surquillo y San Luis; Que, mediante Resoluciones Jefaturales Nºs. 690 y 863-2006-JEF/RENIEC se dispuso revocar las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c) e) y o) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, que fueron conferidas a las O fi cinas del Registro del Estado Civil que funcionan en diversas Municipalidades de Lima Metropolitana y Callao; Que, habiéndose dispuesto la revocatoria de las facultades registrales comprendidas en literales a, b), c), e) y o) del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, que fueron conferidas a la O fi cina del Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Piura; Que, los artículos 11º y 81º del Reglamento de Inscripciones aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM establece que las o fi cinas registrales se constituyen como un órgano de línea y como una primera instancia administrativa ante la interposición de recursos de impugnación, para tal efecto es necesario designar al Jefe responsable de la O fi cina Registral Piura de la Jefatura Regional Piura de la Gerencia de Operaciones, quien además ejercerá las funciones previstas en el artículo 15º del Reglamento de Inscripciones en calidad de Registrador; Que estando a lo expuesto en la Ley Nº 26497 - Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, el Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural Nº 921-2006-JEF/RENIEC; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar al señor Abogado Jorge Roberto Amorrortu Zapater como Jefe responsable de la Ofi cina Registral Piura de la Jefatura Regional Piura de la Gerencia de Operaciones, quien además ejercerá las funciones previstas en el artículo 15º del Reglamento de Inscripciones en su calidad de Registrador y actuará como primera instancia administrativa en los procedimientos registrales que allí se inicien. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones la implementación de las acciones pertinentes a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la presente resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 5236-1 Modifican el procedimiento 13.1 “Impugnación de domicilio en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales” del TUPA del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1074-2006-JEF/RENIEC Lima, 8 de noviembre de 2006 VISTOS: El Proveído Nº 002629-2006/JEF/RENIEC, el O fi cio Nº 2284-2006/GP/RENIEC, el O fi cio Nº 2177-2006/GPP/ RENIEC, el Informe Nº 253-2006/SGR/GPP/RENIEC,