Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2006 (10/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES
ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS VIVERES REQUERIDOS

332543

ESPECIFICACIONES TECNICAS GRUPO I DE ALIMENTOS: CARNES, EMBUTIDOS Y DERIVADOS LACTEOS. OBJETIVO. Asegurar el abastecimiento oportuno de Carnes, Embutidos y Derivados Lacteos a los comedores universitarios, los cuales deberan garantizar la seguridad alimentaria en los mismos, con productos de muy buena calidad. DE LOS ALIMENTOS
PRODUCTOS UNIDAD DE MEDIDA Kilo ESPECIFICACIONES TECNICAS

Pollo congelado entero con menudencia

Menudencia de pollo (Higado, Corazon y Molleja)

Kilo

Huevo

Kilo

Hamburguesa de pollo

Unidad

Filete de pescado MORDAZA (perico, toyo MORDAZA o reyneta)

Kilo

Filete de pescado jurel

Kilo

Pescado eviscerado sin MORDAZA, sin aletas y sin cola

Kilo

Carne de vacuno congelada para todos los cortes. (Bola de lomo, punta de MORDAZA, churrasco redondo)

Kilo

MORDAZA : Clasificacion A segun NPT 201.54 Pollo entero, con menudencia sin pulmon, perfectamente procesado, congelado o fresco, el cual no debera tener mas de 30 dias de procesada. MORDAZA : Carcasa limpia eviscerada sin pulmon con la menudencia perfectamente tratada. Peso promedio mayor a 2,00 kilogramos (carcasa + menudencia). Calidad : De primera, color y olor caracteristicos, de conformacion optima (pechuga bien conformada, piernas y alas normales, esternon recto) sin hematomas, magulladuras ni signos de quemadura por frio o por escaldado. Debera estar empaquetado individualmente con envases de material impermeable, resistente a la manipulacion y de acuerdo a estandares internacionales, los envases deberan estar rigurosamente limpios, inocuos y no deberan comunicar olores, MORDAZA o sabores extranos al producto. El envase debera presentar rotulado los siguientes datos: MORDAZA, MORDAZA del Producto, Condicion y Calidad, Fecha de Faenamiento, Peso Neto y Peso Bruto. Debera cumplir las Normas Tecnicas Peruanas Nºs. 011.214, 011.215, 201.054 y Legislacion Sanitaria. MORDAZA : Clase A. Menudencia perfectamente procesada, congelada, el cual no debera tener mas de 30 dias de procesada. No debera presentar magulladuras, ni signos de quemaduras por frio o por escaldado, ni laceraciones, limpios. Debera estar empaquetados con envases de material impermeable, resistente a la manipulacion y de acuerdo a estandares internacionales, los envases deberan estar rigurosamente limpios, inocuos y no deberan comunicar olores, MORDAZA o sabores extranos al producto. MORDAZA : Fresco, MORDAZA de gallina MORDAZA : Tamano mediano, limpios, frescos sin rajaduras en el cascaron. Paquetes conteniendo separadores de carton. Calidad : De primera. Requisitos : Registro sanitario vigente. MORDAZA : De pollo, fresca peso promedio de 80 gramos cada una. MORDAZA : Paquetes debidamente cerrados y rotulados. Calidad : De primera, apariencia marmorea, olor sui generis. Requisitos : Vencimiento minimo seis meses. Registro Sanitario Vigente Sujeto a control bromatologico y microbiologico Deberan ser transportados en un vehiculo especialmente acondicionado para su transporte. MORDAZA : Fresco, MORDAZA y magro. El pescado debera ser fileteado en dos y debera sacarse la piel y los huesos presentando un color y olor sui generis con una textura de la carne dura a la presion con los dedos. Debera presentarse el registro sanitario vigente. Estara sujeto a control bromatologico y microbiologico. Debera presentarse en recipientes que no transmitan color, olor ni sabor extrano. MORDAZA : Fresco o congelado El pescado debera ser fileteado en dos y debera sacarse la piel y los huesos presentando un color y olor sui generis con una textura de la carne dura a la presion con los dedos. Debera presentarse el registro sanitario vigente. Estara sujeto a control bromatologico y microbiologico. Debera presentarse en recipientes que no transmitan color, olor ni sabor extrano. MORDAZA : Eviscerado HG Es el pescado que ha sufrido la extraccion de las visceras y las aletas asi como la MORDAZA y cola y que ha sufrido un MORDAZA de congelacion en forma individual o en bloques. El pescado debera presentar un eje longitudinal recto , el producto debera estar exento de sustancias toxicas o nocivas, el producto debera estar glaseado o previsto de un empaque adecuado que lo proteja. Debera presentar color y olor sui generis, no debera estar deshidratado, los defectos no deberan exceder el 5%. El envase debera ser de material que proteja al producto de la deshidratacion, decoloracion, rancidez, contaminacion y dano fisico. El rotulado debera cumplir con las N.T. ITINTEC Nº 204 .020, ademas se indicara el nombre comun de la especie de acuerdo a la MORDAZA tecnica ITINTEC Nº 041.003; ademas de cumplir con la MORDAZA Tecnica Peruana Nº 041.005; 204.020 y La Legislacion Sanitaria. MORDAZA : Congelada. La carne congelada es aquella que se somete a congelacion y se mantiene a temperaturas de -14ª C o inferiores a una humedad relativa entre 70% y 85%, y que conserva sus cualidades organolepticas, quimicas con PH entre 5.5 y 6.4, el animal no debera tener mas de 90 dias de beneficio. La carne debera pertenecer a bovinos machos engordados de hasta seis dientes permanentes, con buena conformacion y grado acabado con carne de color MORDAZA o MORDAZA MORDAZA, que demuestre aspecto tierno, con grasa de reserva, de consistencia firme y esbozo de grasa de cobertura minima. La carne debera proceder de camales autorizados y haber sido declarada apta para consumo humano por la autoridad competente MORDAZA y post morten. Las carnes importadas deberan cumplir con los requisitos anteriormente mencionados y ademas deberan adquirirse con su correspondiente Certificado que garantice la sanidad y calidad del producto ademas de estar autorizados por la entidad oficial del MORDAZA exportador. Deberan presentarse embaladas y envasadas e identificadas adecuadamente, con la descripcion del producto, fecha de faenado, asi como un sello y/o etiquetado que permita comprobar que se ha realizado la inspeccion veterinaria en el MORDAZA exportador. Debera cumplir con las Normas Tecnicas Peruanas Nºs. 201.001; 201.002; 209.038 y Legislacion Sanitaria.

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