Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2006 (15/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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Que, la mision de los Gobiernos Regionales es organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, por D.S. Nº 022-2003-ED, el Ministerio de Educacion creo la Direccion Regional de Educacion de Lima-Provincias, conforme a la disposicion contenida en la Duodecima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, la Ley del Profesorado Nº 24029, su modificatoria la Ley Nº 25212, D.S. Nº 019-90-ED, preve el desplazamiento del profesorado a niveles superiores a traves del sistema de evaluacion, el mismo que es permanente, integro, sistematico y acumulativo, valorando el MORDAZA del desarrollo profesional continuo en el cumplimiento de sus funciones; Que, la Ley Nº 24029 y su modificatoria Ley Nº 25212, establecen que la MORDAZA Publica del Profesorado esta estructurada por niveles y areas magisteriales y se registra en el Escalafon correspondiente, precisandose en su articulo 30º los cinco (5) niveles del I al V; Que, en la MORDAZA Publica del Profesorado, el Ascenso del Primer al MORDAZA Nivel es automatico y selectivo del MORDAZA al MORDAZA Nivel Magisterial, despues de cumplir con el tiempo minimo de permanencia cinco (5) anos prestados en forma real y efectiva mediante el sistema de evaluacion; Que, en atencion a la Ley del Profesorado Nº 24029; modificada por la Ley Nº 25212, es necesario tramitar las solicitudes para el Ascenso del Nivel Magisterial, habiendose dado por unica vez el MORDAZA de incorporacion a la MORDAZA en los cinco niveles en funcion al tiempo de servicios oficiales computados al 21 de MORDAZA de 1990; Que, asimismo segun Resoluciones Ministeriales Nº 1041-2003-ED y Nº 1078-2003-ED, se establecio que las Direcciones Regionales de Educacion y Direcciones de las Unidades de Gestion Educativa Local, formulen el correspondiente listado de docentes con mas de cinco (5) anos de servicios en su actual nivel; Que, mediante Oficio Nº 003503-2006-GRL/DREL/D de Vistos, la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA ­ Provincias, remite el Cuadro Consolidado de Ascenso de Nivel Magisterial de la Jurisdiccion de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA - Provincias; a fin de que se le de el tratamiento respectivo; Que, por las consideraciones legales expuestas se hace necesario expedir la Resolucion Ejecutiva Regional correspondiente que reconozca el derecho de ascenso de nivel de los docentes magisteriales que cumplan con los requisitos legales senalados en la legislacion vigente, como una forma de MORDAZA reivindicacion a su trascendental aporte al desarrollo de la Nacion y de la poblacion escolar de la Region Lima; Con la conformidad de la Gerencia General Regional, de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la visacion de la Subgerencia Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Lima; En uso de las facultades conferidas por los incisos a) y d) del articulo 21º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y de conformidad con la Ley del Profesorado Nº 24029, su modificatoria la Ley Nº 25212, su Reglamento D.S. Nº 019-90-ED; SE RESUELVE: Articulo Primero: Disponer que las nueve Unidades de Gestion Educativas Locales pertenecientes a la jurisdiccion de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Provincias del Gobierno Regional de MORDAZA, adopten las acciones administrativas que permita otorgar el ascenso al nivel inmediato superior al que se encuentren los docentes magisteriales, del Nivel II al Nivel III, del Nivel III al Nivel IV, del Nivel IV al Nivel V, a partir del 1 de enero del 2007 y en aplicacion al articulo 191º del D.S. Nº 019-90, siempre que cumplan con los requisitos legales establecidos por las normas vigentes, en atencion al cuadro adjunto al documento de Vistos, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolucion Ejecutiva Regional. Articulo Segundo: Establecer que los docentes comprendidos en el Articulo Primero de la presente

Resolucion Ejecutiva Regional, tendran MORDAZA su derecho para solicitar el reconocimiento de pagos por ascensos de nivel magisterial solo en la medida en que exista la disponibilidad presupuestal que al respecto y en forma expresa asigne la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y siempre que no colisione con las normas presupuestales que dicte el Gobierno Central. Articulo Tercero: Comunicar el contenido de la presente Resolucion Ejecutiva Regional a la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA - Provincias del Gobierno Regional de MORDAZA y a las nueve Unidades de Gestion Educativas Locales de la jurisdiccion, para su atencion y ejecucion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MUFARECH NEMY Presidente 5645-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de licencias Software Microsoft Desktop School Premiun para proyecto educativo a ejecutarse en las provincias MORDAZA y Sechura
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 363-2006/GRP-CR MORDAZA, 4 de noviembre de 2006 VISTOS: - El Oficio Nº 871-2006/GOB-REG. PIURA-480000, de fecha 18 de octubre del 2006, la Oficina Regional de Administracion, solicita Exoneracion del MORDAZA de Seleccion. - Informe Nº 166-2006/GRP-480400, de fecha 11 de septiembre del 2006, la Oficina de Abastecimiento, Servicios Auxiliares y Control Patrimonial opina sobre exoneracion en adquisicion de Licencias de Software Microsoft Desktop School Premiun para los equipos del computo del proyecto "Mejoramiento del Servicio Educativo en el area de Informatica en la Infraestructura Educativa a nivel Primaria de la Region Piura". - Informe Nº 1095-2006/GRP-460000, de fecha 11 de octubre del 2006, de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, sobre opinion legal sobre Adquisicion de Licencia de Software Microsoft Desktop School Premiun para el Proyecto de Mejoramiento del Servicio Educativo en el area de Informatica en la Infraestructura Educativa a nivel Primario de la Region Piura; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal e) del articulo 19º, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, que dispone que se pueden exonerar de los procesos de seleccion la adquisicion de los bienes o contratacion de servicios cuando no admiten sustitutos y exista proveedor unico, concordante con el articulo 144º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, con Carta de fecha 11 de agosto del 2006, el Gerente de Educacion de Microsoft, remite MORDAZA que certifica que COSAPI DATA S.A. tiene la categoria de proveedor unico directo para los contratos Microsoft School Agreement hasta el ano 2007; Que, del Informe Nº 166-2006/GRP-480400, de fecha 11 de septiembre del 2006, la Oficina de Abastecimiento, servicios Auxiliares y Control Patrimonial, se pronuncia sobre adquisicion de Licencias de Software Microsoft

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