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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de noviembre de 2006 332839 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a sitios, zona y complejo arqueológicos ubicados en los departamentos de La Libertad, Puno, Cusco y Arequipa RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1817/INC Lima, 27 de octubre de 2006VISTO, el O fi cio Nº 1440-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 20 de setiembre de 2006 del Ing. Roberto M. Koc Galleguillos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, y; CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante O fi cio Nº 1440-2006-AG-PETT-DE- DTSL de fecha 20 de setiembre de 2006 el Ing. Roberto M. Koc Galleguillos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, remite expedientes técnicos de sitios arqueológicos registrados en el departamento de La Libertad, elaborados por la Lic. María del Rosario Guerrero Sarmiento; Que, mediante Informe Nº 1062-2006-INC/DREPH/ DA/SDIC/JJNG de fecha 4 de setiembre de 2006, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, mani fi esta que de los expedientes técnicos remitidos, el único que no presenta observaciones es el expediente técnico del sitio arqueológico Cerro Ulcha, así como no se encuentra declarado Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 890 de fecha 13 de octubre 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Cerro Ulcha, ubicado en los distritos de La Cuesta y Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; - Aprobar el Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cerro Ulcha Nº 176-INC-PETT-2005, a escala 1/2500, de fecha setiembre de 2005, con un área de 24.7210 Ha. y un perímetro de 2124.29 m. ubicado en los distritos de La Cuesta y Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la O fi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Cerro Ulcha, ubicado en los distritos de La Cuesta y Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cerro Ulcha Nº 176-INC-PETT-2005, a escala 1/2500, de fecha setiembre de 2005, con un área de 24.7210 Ha y un perímetro de 2124.29 m. ubicado en los distritos de La Cuesta y Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación del sitio arqueológico mencionado en el Artículo 1º y del plano señalado en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 5583-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1842/INC Lima, 2 de noviembre de 2006VISTO, el O fi cio Nº 1421-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 14 de setiembre de 2006 del Ing. Roberto M. Koc Galleguillos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante O fi cio Nº 1421-2006-AG-PETT-DE- DTSL de fecha 14 de setiembre de 2006 el Ing. Roberto M. Koc Galleguillos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, remite expedientes técnicos de sitios arqueológicos registrados en el departamento de Puno, elaborados por el Lic. Adam Umire Álvarez; Que, mediante Informe Nº 1031-2006-INC/DREPH/ DA/SDIC/JJNG de fecha 26 de setiembre de 2006, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, informa que los expedientes técnicos no presentan observaciones y que los sitios arqueológicos no se encuentran declarados Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 845 de fecha 29 de setiembre 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: