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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (15/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de noviembre de 2006 332861 72 SCELCA 1.72 Por tener el Módulo cerrado y en estado de abandono . 10%Retención y Revocación de Autorización.340 73 SCELCA 1.73Por no cumplir con las medidas aprobadas del módulo o variar el área o zona autorizada .10%Revocación de autorización.340 74 SCELCA 1.74 Por ejercer el comercio ambulatorio pasadas las 21 horas. 5%Revocación de autorización.170 75 SCELCA 1.75 Por carecer del uniforme reglamentario. SI 2% 68 76 SCELCA 1.76Por no contar con deposito adherido al modulo de venta, para ser utilizado como basurero público.SI 3% 102 77 SCELCA 1.77Por no exhibir en lugar visible la Autorización de Comercio Ambulatorio.Si 3% 102 78 SCELCA 1.78Por fomentar escándalos en los puestos de venta ambulatoria o alterar el Orden Publico (Ordenanza Nº 132-2005-MSI)10% 340 79 SCELCA 1.79 Por permitir y/o pernoctar en el módulo de venta. SI 5% 170 80 SCELCA 1.80Por beber licor dentro del módulo de venta ocasionando escándalo en Vía Pública.10% 340 81 SCELCA 1.81Por expender comida en el interior de un módulo o permitir comensales dentro de él.5% 170 82 SCELCA 1.82Por dejar su módulo, kiosco u otro análogo pernoctar en la vía pública, si la debida autorización.5% 170 83 SCELCA 1.83 Por dejar el modulo de venta a cargo de un menor de edad. 10% 340 84 SCELCA 1.84 Por realizar necesidades fi siológicas adentro del módulo. 10% 340 85 SCELCA 1.85Módulos de venta de golosina en estado de abandono en vía pública.10% Retiro y retención. 340 86 SCELCA 1.86Por permitir que los lavadores y cuidadores de autos realicen el lavado de vehículos en la vía pública (Propietario y/o conductor)SI 10% 340 87 SCELCA 1.87 Descuidar la limpieza del medio de venta y del espacio circundante. SI 5% 170 88 SCELCA 1.88 Adulterar y/o modi fi car la Autorización Municipal. 20%Revocatoria ( sin perjuicio de la denuncia penal)680 ATENCIÓN PREFERENTE MUJERES EMBRAZADAS, NIÑA(O)S, ADULTOS MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD 89 SCELCA 1.89No brindar atención preferente a las mujeres embrazadas, niñas, niños, personas adultas mayores y personas con discapacidad en los lugares de atención al público.20% 680 90 SCELCA 1.90Omitir consignar en lugar visible, de fácil acceso y con caracteres legibles el texto de la Ley Nº 28683.SI 3% 102 91 SCELCA 1.91No emitir directivas para el adecuado cumplimiento de la Ley y/u omitir publicarlas en su portal electrónico.SI 2% 68 92 SCELCA 1.92No implementar un mecanismo de presentación de quejas, contra funcionarios públicos, servidores o empleados, que incumplan su obligación de otorgar atención preferente.SI 4% 136 93 SCELCA 1.93 No llevar un registro de control de sanciones que se impongan. SI 3% 102 94 SCELCA 1.94No exonerar de turnos o cualquier otro mecanismo de espera a a las mujeres embrazadas, niñas, niños, personas adultas mayores y personas con discapacidad en los lugares de atención al público a los bene fi ciarios de la Ley Nº 28683.25% 850 95 SCELCA 1.95Reincidencia por no exonerar de turnos o cualquier otro mecanismo de espera a a las mujeres embrazadas, niñas, niños, personas adultas mayores y personas con discapacidad en los lugares de atención al público a los bene fi ciarios de la Ley Nº 28683.30% 1,020